/ martes 4 de septiembre de 2018

Expresión ciudadana / Rectificación administrativa de actas del registro civil, iniciativa con sentido social

Luego de que a finales de agosto el Congreso del Estado aprobara reformas a la Ley del Notariado del Estado de Jalisco mediante las cuales se amplían facultades a los Notarios Públicos para tramitar divorcios administrativos, correcciones de actas de nacimiento, e intestados (al parecer para que siga siendo lucrativo ser notario, ante la masificación de esa profesión); el actual director general del Registro Civil del Estado de Jalisco, Javier Gamboa Béjar, acompañado de diferentes servidores públicos del Registro Civil del Estado y algunos municipios presentaron al Congreso del Estado una propuesta de reforma legislativa a los artículos 758 y 759 del Código de Procedimientos Civiles del Estado de Jalisco, así como del 122 y 123 de la Ley del Registro Civil del Estado.

La propuesta tiene como objetivo principal desjudicializar los tramites de rectificación de actas del Registro Civil y consecuentemente, con ello disminuir la tramitología, los costos y la carga laboral para los juzgados.

La iniciativa es un gran acierto, pues se presenta aprovechando las reformas a la Ley del Notariado. Las mismas razones que tuvieron los legisladores locales para otorgar facultades a los notarios para rectificar las actas, las tienen para otorgar dichas facultades a los encarados del Registro Civil, con la enorme diferencia que el costo ante las instituciones del registro Civil sería ínfimo comparado con el de los Notarios.

Resulta además justificable si consideramos la corresponsabilidad del estado en los errores y omisiones de sus funcionarios al elaborar las actas del estado civil. Desde esa óptica no debería costarle al ciudadano la corrección de los errores, pues ya de por sí, paga en carne propia las consecuencias de los mismos.

Es lógico suponer que el servidor público que ostenta la facultar para elaborar las actas es porque tiene la capacidad para ello, sin embargo, los errores y omisiones en las actas Civil se cuentan por montones, sin que se tenga noticia de que se haya sancionado a algún servidor público por esos actos, o de que el Estado haya resarcido el daño al afectado. Lamentablemente quienes más sufren las consecuencias de los errores en las actas del estado civil es la gente de las poblaciones rurales y la de escasos recursos. Esos errores les ocasionan el menoscabo en algunos derechos como negativa de pensiones, de beneficios de programas sociales, problemas para heredar, para cobrar algún dinero, para viajar y en general para demandar ante los tribunales algún derecho.

Otro argumento sólido de la iniciativa es que todos los documentos a corregir, los libros y los archivos se encuentran en la base de datos de las oficinas del Registro Civil, lo que agiliza, facilita y economiza el procedimiento; situación que no acontece con los notarios.

Enhorabuena esta iniciativa con gran sentido social, que de concretarse dará el goce de otros derechos a aquellos ciudadanos que por falta de recursos económicos no han podido aclarar o rectificar ciertos errores en sus actas del estado civil que actualmente solo se pueden hacer por la vía judicial y más recientemente ante los Notarios.


Luego de que a finales de agosto el Congreso del Estado aprobara reformas a la Ley del Notariado del Estado de Jalisco mediante las cuales se amplían facultades a los Notarios Públicos para tramitar divorcios administrativos, correcciones de actas de nacimiento, e intestados (al parecer para que siga siendo lucrativo ser notario, ante la masificación de esa profesión); el actual director general del Registro Civil del Estado de Jalisco, Javier Gamboa Béjar, acompañado de diferentes servidores públicos del Registro Civil del Estado y algunos municipios presentaron al Congreso del Estado una propuesta de reforma legislativa a los artículos 758 y 759 del Código de Procedimientos Civiles del Estado de Jalisco, así como del 122 y 123 de la Ley del Registro Civil del Estado.

La propuesta tiene como objetivo principal desjudicializar los tramites de rectificación de actas del Registro Civil y consecuentemente, con ello disminuir la tramitología, los costos y la carga laboral para los juzgados.

La iniciativa es un gran acierto, pues se presenta aprovechando las reformas a la Ley del Notariado. Las mismas razones que tuvieron los legisladores locales para otorgar facultades a los notarios para rectificar las actas, las tienen para otorgar dichas facultades a los encarados del Registro Civil, con la enorme diferencia que el costo ante las instituciones del registro Civil sería ínfimo comparado con el de los Notarios.

Resulta además justificable si consideramos la corresponsabilidad del estado en los errores y omisiones de sus funcionarios al elaborar las actas del estado civil. Desde esa óptica no debería costarle al ciudadano la corrección de los errores, pues ya de por sí, paga en carne propia las consecuencias de los mismos.

Es lógico suponer que el servidor público que ostenta la facultar para elaborar las actas es porque tiene la capacidad para ello, sin embargo, los errores y omisiones en las actas Civil se cuentan por montones, sin que se tenga noticia de que se haya sancionado a algún servidor público por esos actos, o de que el Estado haya resarcido el daño al afectado. Lamentablemente quienes más sufren las consecuencias de los errores en las actas del estado civil es la gente de las poblaciones rurales y la de escasos recursos. Esos errores les ocasionan el menoscabo en algunos derechos como negativa de pensiones, de beneficios de programas sociales, problemas para heredar, para cobrar algún dinero, para viajar y en general para demandar ante los tribunales algún derecho.

Otro argumento sólido de la iniciativa es que todos los documentos a corregir, los libros y los archivos se encuentran en la base de datos de las oficinas del Registro Civil, lo que agiliza, facilita y economiza el procedimiento; situación que no acontece con los notarios.

Enhorabuena esta iniciativa con gran sentido social, que de concretarse dará el goce de otros derechos a aquellos ciudadanos que por falta de recursos económicos no han podido aclarar o rectificar ciertos errores en sus actas del estado civil que actualmente solo se pueden hacer por la vía judicial y más recientemente ante los Notarios.


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