/ martes 31 de marzo de 2020

De la emergencia a la contingencia sanitaria

Ante la declaración de la emergencia sanitaria que se inicia con la publicación del Diario Oficial de la Federación y termina el 30 de abril del presente año, los empresarios y los trabajadores vivirán diferentes experiencias económicas en materia laboral ante el resguardo domiciliario de los trabajadores, por el riesgo sanitario del coronavirus que nos pone en estado de alerta ante esta emergencia sanitaria establecida en el artículo 427 Fracción Primera de la Ley Federal del Trabajo y que obliga a las empresas al pago de los salarios a sus trabajadores y evitar el despido de los mismos.

El Decreto presidencial de suspender todas las actividades no esenciales de los sectores públicos y privados que el día de la publicación del Diario Oficial de la Federación, el Poder Ejecutivo Federal nombrará cuáles son esas actividades no esenciales, que afectan a la cadena productiva en los mercados financieros, al perder el poder de la compra-venta de los productos, servicios y mercancías dentro de los esenciales para la vida de los seres humanos, la crisis sanitaria comienza a apoderarse de los miedos y prejuicios por esta enfermedad que ya asomo sus daños en países europeos como en Italia y España, así como en Estados Unidos.

Los enfermos se reproducen día con día y la muerte con ellos, así los hospitales en esos países avanzados no tienen las camas suficientes ni los respiradores para el tratamiento de esta enfermedad que ha causado la muerte de miles de personas.

En México se comienza con esta crisis sanitaria con un número menor de infectados comparados con los países europeos, más sin embargo las medidas adoptadas por el Consejo de Salubridad establecidas en el artículo 4º. de la Ley General de Salud ha declarado emergencia sanitaria ante este problema de salud pública en el país, por lo que los empresarios se pueden ver afectados en su inversión del capital y trabajo humano, ante esta declaratoria de emergencia y no de contingencia sanitaria prevista en el artículo 427 Fracción séptima de la Ley Federal del Trabajo, en donde se habla de suspensión de labores con un salario íntegro a cuenta de la indemnización de los trabajadores, los empresarios previa solicitud ante las Juntas o Juzgados laborales deberán de hacer esta solicitud por las pérdidas económicas de las empresas que son ajenas a sus causas productivas y son parte de la responsabilidad del Estado y así establecer una suspensión colectiva en las relaciones de trabajo dentro de un procedimiento especial por esta causa de emergencia o contingencia sanitaria como se estableció en el año 2012 en materia laboral.

El país necesita en estos momentos de la unidad de los mexicanos donde las ideologías y las diferencias políticas en estos momentos de enfermedad se eliminen y lleguen a los consensos por esta crisis sanitaria que se puede desbordar en una crisis económica que mucho lamentaríamos si se diera, pero unidos podemos hacer frente a esta enfermedad que nos tiene en resguardo domiciliario, por el temor que se llegue a desbordar la curva epidémica, pero unidos venceremos a esta enfermedad.

* Profesor de Derecho de la Universidad de Guadalajara.

* Miembro fundador de la Asociación Nacional de Doctores en Derecho. Capítulo Jalisco.

antonio_dejesus@hotmail.com

twitter@mendozaAntoio

Ante la declaración de la emergencia sanitaria que se inicia con la publicación del Diario Oficial de la Federación y termina el 30 de abril del presente año, los empresarios y los trabajadores vivirán diferentes experiencias económicas en materia laboral ante el resguardo domiciliario de los trabajadores, por el riesgo sanitario del coronavirus que nos pone en estado de alerta ante esta emergencia sanitaria establecida en el artículo 427 Fracción Primera de la Ley Federal del Trabajo y que obliga a las empresas al pago de los salarios a sus trabajadores y evitar el despido de los mismos.

El Decreto presidencial de suspender todas las actividades no esenciales de los sectores públicos y privados que el día de la publicación del Diario Oficial de la Federación, el Poder Ejecutivo Federal nombrará cuáles son esas actividades no esenciales, que afectan a la cadena productiva en los mercados financieros, al perder el poder de la compra-venta de los productos, servicios y mercancías dentro de los esenciales para la vida de los seres humanos, la crisis sanitaria comienza a apoderarse de los miedos y prejuicios por esta enfermedad que ya asomo sus daños en países europeos como en Italia y España, así como en Estados Unidos.

Los enfermos se reproducen día con día y la muerte con ellos, así los hospitales en esos países avanzados no tienen las camas suficientes ni los respiradores para el tratamiento de esta enfermedad que ha causado la muerte de miles de personas.

En México se comienza con esta crisis sanitaria con un número menor de infectados comparados con los países europeos, más sin embargo las medidas adoptadas por el Consejo de Salubridad establecidas en el artículo 4º. de la Ley General de Salud ha declarado emergencia sanitaria ante este problema de salud pública en el país, por lo que los empresarios se pueden ver afectados en su inversión del capital y trabajo humano, ante esta declaratoria de emergencia y no de contingencia sanitaria prevista en el artículo 427 Fracción séptima de la Ley Federal del Trabajo, en donde se habla de suspensión de labores con un salario íntegro a cuenta de la indemnización de los trabajadores, los empresarios previa solicitud ante las Juntas o Juzgados laborales deberán de hacer esta solicitud por las pérdidas económicas de las empresas que son ajenas a sus causas productivas y son parte de la responsabilidad del Estado y así establecer una suspensión colectiva en las relaciones de trabajo dentro de un procedimiento especial por esta causa de emergencia o contingencia sanitaria como se estableció en el año 2012 en materia laboral.

El país necesita en estos momentos de la unidad de los mexicanos donde las ideologías y las diferencias políticas en estos momentos de enfermedad se eliminen y lleguen a los consensos por esta crisis sanitaria que se puede desbordar en una crisis económica que mucho lamentaríamos si se diera, pero unidos podemos hacer frente a esta enfermedad que nos tiene en resguardo domiciliario, por el temor que se llegue a desbordar la curva epidémica, pero unidos venceremos a esta enfermedad.

* Profesor de Derecho de la Universidad de Guadalajara.

* Miembro fundador de la Asociación Nacional de Doctores en Derecho. Capítulo Jalisco.

antonio_dejesus@hotmail.com

twitter@mendozaAntoio