/ miércoles 13 de septiembre de 2023

Juicio político a los senadores

La Suprema Corte de Justicia de la Nación resolvió el pasado 23 de agosto del presente años que los senadores, al negarse a nombrar a los comisionados del Instituto Nacional de Transparencia y Acceso a la Información Pública (INAI), están violado de manera sistemática el derecho humano fundamental de los mexicanos de poder acceder a la información pública.

La omisión por parte de los senadores para nombrar a los comisionados implica una responsabilidad política. Los artículos 109 y 110 de la Constitución establecen que se impondrán mediante juicio político, la destitución e inhabilitación hasta por veinte años para desempeñar funciones, empleos, cargos o comisiones de cualquier naturaleza en el servicio público, entre ortos servidores públicos, a los senadores y diputados al Congreso de la Unión, cuando en el ejercicio de sus funciones incurran en actos u omisiones que redunden en perjuicio de los intereses públicos fundamentales o de su buen despacho.

En tanto que el artículo 7 de la Ley Federal de Responsabilidades de los Servidores Públicos dispone que redundan en perjuicio de los intereses públicos fundamentales y de su buen despacho, entre otras causales, el ataque a las instituciones democráticas; las violaciones a los derechos humanos; cualquier infracción a la Constitución o a las leyes federales cuando cause perjuicios graves a la federación, a uno o varios estados de la misma o de la sociedad, o motive algún trastorno en el funcionamiento normal de las instituciones; las omisiones de carácter grave, en los términos de la fracción anterior.

De acuerdo con la resolución de la Corte, la omisión de los senadores encuadra en varios supuestos: en primer lugar, el INAI es un órgano esencial para la democracia, al ser el que garantiza que los ciudadanos podamos acceder a la información pública gubernamental y se protejan nuestros datos personales. Es evidente que, al no poder sesionar el INAI por la omisión del senado para nombrar a los comisionados, existe un ataque a una de las instituciones democráticas del país.

Segundo, existe una violación sistemática a los derechos humanos, como ya lo determinó la Suprema Corte de Justicia, al impedir que los mexicanos podamos ejercer nuestro derecho fundamental a conocer la actividad de nuestros gobernantes.

Tercero, es evidente que la omisión del senado no solo se está causando una infracción a la Constitución y a las leyes federales que causan un prejuicio grave a la sociedad, sino que también se está trastocando el funcionamiento normal de una institución esencial para la democracia.

El problema de un juicio político a los senadores es que se pierde en una irresponsabilidad parlamentaria, como lo hizo ver Escipion Sighele en su famosa obra La Muchedumbre Delincuente (1892), en donde encuentra en los parlamentos residuos de una irresponsabilidad colectiva a causa de la inmunidad parlamentaria, en virtud de la cual un diputado o un senador no puede ser procesado sin la autorización de la asamblea de la que forma parte, como si ésta se considerase responsable con él.

Es, precisamente, el obstáculo que enfrenta el juicio político para los senadores, ya que la acusación la debe hacer la cámara de diputados ante la cámara de senadores, quien por mayoría de las dos terceras partes de los miembros presentes y erigida en jurado de sentencia debe resolver sobre la sanción correspondiente. No obstante, ello no óbice para afirmar que los senadores de MORENA y sus aliados están violando de manera flagrante y sistemática la Constitución y los derechos humanos.


*Integrante del Observatorio sobre Seguridad y Justicia del CUCSH y miembro del Sistema Nacional de Investigadores

Twitter: @jorgechaires

Correo electrónico: jchairesz@hotmail.com

La Suprema Corte de Justicia de la Nación resolvió el pasado 23 de agosto del presente años que los senadores, al negarse a nombrar a los comisionados del Instituto Nacional de Transparencia y Acceso a la Información Pública (INAI), están violado de manera sistemática el derecho humano fundamental de los mexicanos de poder acceder a la información pública.

La omisión por parte de los senadores para nombrar a los comisionados implica una responsabilidad política. Los artículos 109 y 110 de la Constitución establecen que se impondrán mediante juicio político, la destitución e inhabilitación hasta por veinte años para desempeñar funciones, empleos, cargos o comisiones de cualquier naturaleza en el servicio público, entre ortos servidores públicos, a los senadores y diputados al Congreso de la Unión, cuando en el ejercicio de sus funciones incurran en actos u omisiones que redunden en perjuicio de los intereses públicos fundamentales o de su buen despacho.

En tanto que el artículo 7 de la Ley Federal de Responsabilidades de los Servidores Públicos dispone que redundan en perjuicio de los intereses públicos fundamentales y de su buen despacho, entre otras causales, el ataque a las instituciones democráticas; las violaciones a los derechos humanos; cualquier infracción a la Constitución o a las leyes federales cuando cause perjuicios graves a la federación, a uno o varios estados de la misma o de la sociedad, o motive algún trastorno en el funcionamiento normal de las instituciones; las omisiones de carácter grave, en los términos de la fracción anterior.

De acuerdo con la resolución de la Corte, la omisión de los senadores encuadra en varios supuestos: en primer lugar, el INAI es un órgano esencial para la democracia, al ser el que garantiza que los ciudadanos podamos acceder a la información pública gubernamental y se protejan nuestros datos personales. Es evidente que, al no poder sesionar el INAI por la omisión del senado para nombrar a los comisionados, existe un ataque a una de las instituciones democráticas del país.

Segundo, existe una violación sistemática a los derechos humanos, como ya lo determinó la Suprema Corte de Justicia, al impedir que los mexicanos podamos ejercer nuestro derecho fundamental a conocer la actividad de nuestros gobernantes.

Tercero, es evidente que la omisión del senado no solo se está causando una infracción a la Constitución y a las leyes federales que causan un prejuicio grave a la sociedad, sino que también se está trastocando el funcionamiento normal de una institución esencial para la democracia.

El problema de un juicio político a los senadores es que se pierde en una irresponsabilidad parlamentaria, como lo hizo ver Escipion Sighele en su famosa obra La Muchedumbre Delincuente (1892), en donde encuentra en los parlamentos residuos de una irresponsabilidad colectiva a causa de la inmunidad parlamentaria, en virtud de la cual un diputado o un senador no puede ser procesado sin la autorización de la asamblea de la que forma parte, como si ésta se considerase responsable con él.

Es, precisamente, el obstáculo que enfrenta el juicio político para los senadores, ya que la acusación la debe hacer la cámara de diputados ante la cámara de senadores, quien por mayoría de las dos terceras partes de los miembros presentes y erigida en jurado de sentencia debe resolver sobre la sanción correspondiente. No obstante, ello no óbice para afirmar que los senadores de MORENA y sus aliados están violando de manera flagrante y sistemática la Constitución y los derechos humanos.


*Integrante del Observatorio sobre Seguridad y Justicia del CUCSH y miembro del Sistema Nacional de Investigadores

Twitter: @jorgechaires

Correo electrónico: jchairesz@hotmail.com