/ lunes 19 de julio de 2021

Valores de los Mediadores, en el marco de una Cultura de Paz

Delia Pérez / Blas Jasso*

Como una generalidad, hemos aceptado que los mediadores pueden llegar a ser abogados, psicólogos, trabajadoras sociales, o un concepto híbrido tripartito de profesiones, entre otros profesionistas que la ley considera.

Al respecto, en el Código de ética de los prestadores de servicio de los métodos alternos de solución de conflictos contenido en la normatividad expresa de la Ley de Justicia Alternativa del Estado de Jalisco, señala parte de las competencias a detentar: confidencialidad, neutralidad, imparcialidad y excelencia profesional; pero en su artículo 13º añade una serie significativa de cualidades del prestador de servicio, según dicha ordenanza, derivadas de la capacitación diaria para enaltecer: justicia, pertinencia, responsabilidad, fortaleza, compromiso social, lealtad, orden, respeto, decoro, laboriosidad, perseverancia, humildad, sencillez, sobriedad y honestidad.

Este listado de probidades, comportamientos rectos y ecuánimes, delinean un personaje cuasi sobre natural, características denominadas como polimatía o dominio de diversas disciplinas, siendo básicamente las artes, las humanidades y las ciencias. En la antigüedad era un preciado anhelo para artistas y filósofos adquirir tan elevado título.

Hoy día, las necesidades de un nuevo profesionista en la solución de conflictos apuntan a la polimatía de los mediadores, un multitask en la extensión de la palabra. Añadiremos a estos saberes, la pericia deontológica, axiológica y ontológica, sabiendo que posiblemente se acumulen otras destrezas relativas. Entonces ¿la acepción convencional del mediador ha quedado corta a la realidad? Todo indica que sí y es menester tomar las providencias profesionales y académicas antes de ser rebasados por las complejas necesidades sociales que ya están presentes, no son situaciones que nos demos el lujo de vislumbrar como próximas experiencias.

Los valores a que hace referencia la ley en cuestión, es una pauta académica para elaborar e impartir seminarios, cursos, talleres, propedéuticos, diplomados, etc., Entonces es un urgente inaplazable el diseño curricular de programas formativos para especializar a los nuevos mediadores interdisciplinares, actuales y futuros, así como involucrar a más instituciones de enseñanza y centros de mediación certificados con personal altamente capacitado, no solo temas jurídicos, sino los conceptos de valores citados.


*Delia Pérez Guerrero. Psicoterapeuta y mediadora certificada.

*Miembros del Órgano Técnico para la implementación de la Ley de Cultura de Paz del Estado de Jalisco.

Correo: psic.deliaperez@gmail.com


*Blas Sergio Jasso Hinojosa. Miembro Integrante del Observatorio sobre seguridad y justicia, Centro de Investigación del CUCSH de la Universidad de Guadalajara. *Miembro del Órgano Técnico para la implementación de la Ley de Cultura de Paz del Estado de Jalisco.

Correo: blasjaso@yahoo.com.mx

Delia Pérez / Blas Jasso*

Como una generalidad, hemos aceptado que los mediadores pueden llegar a ser abogados, psicólogos, trabajadoras sociales, o un concepto híbrido tripartito de profesiones, entre otros profesionistas que la ley considera.

Al respecto, en el Código de ética de los prestadores de servicio de los métodos alternos de solución de conflictos contenido en la normatividad expresa de la Ley de Justicia Alternativa del Estado de Jalisco, señala parte de las competencias a detentar: confidencialidad, neutralidad, imparcialidad y excelencia profesional; pero en su artículo 13º añade una serie significativa de cualidades del prestador de servicio, según dicha ordenanza, derivadas de la capacitación diaria para enaltecer: justicia, pertinencia, responsabilidad, fortaleza, compromiso social, lealtad, orden, respeto, decoro, laboriosidad, perseverancia, humildad, sencillez, sobriedad y honestidad.

Este listado de probidades, comportamientos rectos y ecuánimes, delinean un personaje cuasi sobre natural, características denominadas como polimatía o dominio de diversas disciplinas, siendo básicamente las artes, las humanidades y las ciencias. En la antigüedad era un preciado anhelo para artistas y filósofos adquirir tan elevado título.

Hoy día, las necesidades de un nuevo profesionista en la solución de conflictos apuntan a la polimatía de los mediadores, un multitask en la extensión de la palabra. Añadiremos a estos saberes, la pericia deontológica, axiológica y ontológica, sabiendo que posiblemente se acumulen otras destrezas relativas. Entonces ¿la acepción convencional del mediador ha quedado corta a la realidad? Todo indica que sí y es menester tomar las providencias profesionales y académicas antes de ser rebasados por las complejas necesidades sociales que ya están presentes, no son situaciones que nos demos el lujo de vislumbrar como próximas experiencias.

Los valores a que hace referencia la ley en cuestión, es una pauta académica para elaborar e impartir seminarios, cursos, talleres, propedéuticos, diplomados, etc., Entonces es un urgente inaplazable el diseño curricular de programas formativos para especializar a los nuevos mediadores interdisciplinares, actuales y futuros, así como involucrar a más instituciones de enseñanza y centros de mediación certificados con personal altamente capacitado, no solo temas jurídicos, sino los conceptos de valores citados.


*Delia Pérez Guerrero. Psicoterapeuta y mediadora certificada.

*Miembros del Órgano Técnico para la implementación de la Ley de Cultura de Paz del Estado de Jalisco.

Correo: psic.deliaperez@gmail.com


*Blas Sergio Jasso Hinojosa. Miembro Integrante del Observatorio sobre seguridad y justicia, Centro de Investigación del CUCSH de la Universidad de Guadalajara. *Miembro del Órgano Técnico para la implementación de la Ley de Cultura de Paz del Estado de Jalisco.

Correo: blasjaso@yahoo.com.mx