/ lunes 19 de junio de 2023

Va en aumento la violencia digital de índole sexual en Jalisco

En este año van 167 carpetas de investigación

Durante el 2022 se registraron 492 denuncias por el delito de violación a la intimidad sexual, lo que representa un incremento del 32% en comparación a las carpetas de investigación que se contabilizaron en el 2021.

Datos de la Fiscalía del Estado obtenidos por transparencia señalan que en el 2021 se registraron 372 denuncias por el mencionado delito, mientras que en el 2022 fueron 492. De enero a abril de este año suman 167 carpetas de investigación abiertas por dicha falta.

Te recomendamos:

Este delito que entró en vigor en Jalisco en septiembre del 2020 como resultado de un conjunto de reformas legislativas que los diputados de la LXII Legislatura del Estado aprobaron a la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia y al Código Penal de Jalisco para establecer el concepto de violencia digital y constituir como delito el ciberacoso.

En los cambios a la ley penal se añade el delito de ciberacoso conceptualizándolo como “la violación a la intimidad sexual quien por cualquier medio que difunda, exponga, divulgue, almacene, comparta entre otros, imágenes, audios o videos de contenido real, manipulado y alterado de una persona desnuda parcial o sin el consentimiento de la víctima”.

Esto se puede dar difundiendo y publicando a través de redes sociales fotografías, videos o imágenes íntimas (reales o alteradas) de las personas sin su consentimiento.

Guadalupe Ramos, coordinadora de Cladem México, señaló que el incremento de denuncias se debe a que poco a poco las víctimas de este tipo de conductas se han dado cuenta de que se trata de un delito que debe ser denunciado ante las autoridades para que el responsable sea castigado.

Hasta el momento solamente hay cinco personas vinculadas a proceso penal por este delito. Foto. David Tamayo | El Occidental

“Sí, efectivamente tienen un aumento considerable porque una vez que se tipifican y con esta difusión que se hace sobre que esto es sancionable y hay que castigarlo y hay que denunciarlo; entonces hay quienes se dan cuenta de que esa conducta que están viviendo es parte de este de este delito y que lo pueden denunciar”.

Sin embargo, hasta el momento solamente hay cinco personas vinculadas a proceso penal por este delito, pero ninguno sentenciado, a pesar de que son poco más de 1000 denuncias en dos años y cuatro meses.

“Y no hay sancionados, no hay sentenciados, que eso es lo grave, o sea, de todas esas denuncias cuántas llegan a una conclusión, pero sobre todo a una sanción. Que exista una sanción, una penalidad, y que con esto se mande el mensaje de decir: esto no se puede hacer, porque si no te puede pasar esto, vas a tener esta esta penalidad. Yo creo que esa es la parte que toca aplicar a las instituciones”.

Las sanciones en el código Penal van de los cuatro a los ocho años de prisión y multa de mil a dos mil unidades de medida de actualización. Además, prevé que el Ministerio Público o en su caso la autoridad judicial competente ordene a las empresas prestadoras de servicios digitales el retiro inmediato de la publicación realizada sin consentimiento de la víctima.

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Lupita Ramos señaló que este delito puede causar daños emocionales, psicológicos y demás a quienes viven ese tipo de agresiones, motivo por el cual no hay que minimizarlos estos delitos ya que anteriormente estas conductas estaban naturalizadas, muchas de las violencias que viven las mujeres históricamente, han estado invisibilizadas.

En situaciones más graves, dijo la víctima puede atentar contra su vida. “Una vez que lo deciden hablar pue-den ser, puede llegar hasta la máxima, digamos, situación de violencia pueda vivir, que es autoagredirse, ¿no? Es decir, hasta el suicidio. Hay quien no puede vivir con esta situación de la violencia sexual, no es capaz de hablarlo, de comunicarlos, de denunciarlo y prefiere atentar contra su vida.

En otros casos, los daños emocionales impiden a las víctimas relacionarse o socializar en su propia vida cotidiana, con sus familiares, amigos y hasta para establecer unas relaciones de pareja.

Datos del Módulo sobre Ciberacoso (Mociba) del Instituto de Información Estadística y Geográfica (IIEG), señalan en 2021 (el dato más reciente) un 1 millón 182 mil 162 personas de 12 años y más fue víctima de ciberacoso, es decir el 20.4 por ciento de los de los 5 millones 783 mil 468 que utilizaron Internet o celular en ese mismo periodo.

En febrero pasado la Diputada Federal de Morena por Jalisco, Laura Imelda Pérez Segura presentó un punto de acuerdo en la Cámara de Diputadas y Diputados en el que exhortó a la Fiscalía de Jalisco para que integre las carpetas de investigación sobre ciberacoso y violación a la intimidad sexual en contra de las mujeres conforme al debido proceso.

“Las denuncias y el debido proceso de investigación juegan un papel esencial para la prevención, atención, sanción y erradicación de este tipo de violencia contra las mujeres.

La realidad que viven las mujeres jaliscienses que son víctimas de ciberacoso y violación a la intimidad sexual está marcada por la impunidad, la injusticia y las irregularidades que cometen las autoridades de Jalisco”, señaló la legisladora federal por el Distrito 16 de San Pedro Tlaquepaque, Jalisco.

Ciberacoso en el Código Penal de Jalisco: Comete el delito de ciberacoso la persona que por medio de las tecnologías de la información y comunicación, hostigue, acose, persiga, moleste o incomode a otra de forma tal que cause un daño en la integridad psicológica y/o en la dignidad personal.

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Datos de la Fiscalía del Estado obtenidos por transparencia señalan que en el 2021 se registraron 372 denuncias por el mencionado delito, mientras que en el 2022 fueron 492. De enero a abril de este año suman 167 carpetas de investigación abiertas por dicha falta.

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En los cambios a la ley penal se añade el delito de ciberacoso conceptualizándolo como “la violación a la intimidad sexual quien por cualquier medio que difunda, exponga, divulgue, almacene, comparta entre otros, imágenes, audios o videos de contenido real, manipulado y alterado de una persona desnuda parcial o sin el consentimiento de la víctima”.

Esto se puede dar difundiendo y publicando a través de redes sociales fotografías, videos o imágenes íntimas (reales o alteradas) de las personas sin su consentimiento.

Guadalupe Ramos, coordinadora de Cladem México, señaló que el incremento de denuncias se debe a que poco a poco las víctimas de este tipo de conductas se han dado cuenta de que se trata de un delito que debe ser denunciado ante las autoridades para que el responsable sea castigado.

Hasta el momento solamente hay cinco personas vinculadas a proceso penal por este delito. Foto. David Tamayo | El Occidental

“Sí, efectivamente tienen un aumento considerable porque una vez que se tipifican y con esta difusión que se hace sobre que esto es sancionable y hay que castigarlo y hay que denunciarlo; entonces hay quienes se dan cuenta de que esa conducta que están viviendo es parte de este de este delito y que lo pueden denunciar”.

Sin embargo, hasta el momento solamente hay cinco personas vinculadas a proceso penal por este delito, pero ninguno sentenciado, a pesar de que son poco más de 1000 denuncias en dos años y cuatro meses.

“Y no hay sancionados, no hay sentenciados, que eso es lo grave, o sea, de todas esas denuncias cuántas llegan a una conclusión, pero sobre todo a una sanción. Que exista una sanción, una penalidad, y que con esto se mande el mensaje de decir: esto no se puede hacer, porque si no te puede pasar esto, vas a tener esta esta penalidad. Yo creo que esa es la parte que toca aplicar a las instituciones”.

Las sanciones en el código Penal van de los cuatro a los ocho años de prisión y multa de mil a dos mil unidades de medida de actualización. Además, prevé que el Ministerio Público o en su caso la autoridad judicial competente ordene a las empresas prestadoras de servicios digitales el retiro inmediato de la publicación realizada sin consentimiento de la víctima.

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En situaciones más graves, dijo la víctima puede atentar contra su vida. “Una vez que lo deciden hablar pue-den ser, puede llegar hasta la máxima, digamos, situación de violencia pueda vivir, que es autoagredirse, ¿no? Es decir, hasta el suicidio. Hay quien no puede vivir con esta situación de la violencia sexual, no es capaz de hablarlo, de comunicarlos, de denunciarlo y prefiere atentar contra su vida.

En otros casos, los daños emocionales impiden a las víctimas relacionarse o socializar en su propia vida cotidiana, con sus familiares, amigos y hasta para establecer unas relaciones de pareja.

Datos del Módulo sobre Ciberacoso (Mociba) del Instituto de Información Estadística y Geográfica (IIEG), señalan en 2021 (el dato más reciente) un 1 millón 182 mil 162 personas de 12 años y más fue víctima de ciberacoso, es decir el 20.4 por ciento de los de los 5 millones 783 mil 468 que utilizaron Internet o celular en ese mismo periodo.

En febrero pasado la Diputada Federal de Morena por Jalisco, Laura Imelda Pérez Segura presentó un punto de acuerdo en la Cámara de Diputadas y Diputados en el que exhortó a la Fiscalía de Jalisco para que integre las carpetas de investigación sobre ciberacoso y violación a la intimidad sexual en contra de las mujeres conforme al debido proceso.

“Las denuncias y el debido proceso de investigación juegan un papel esencial para la prevención, atención, sanción y erradicación de este tipo de violencia contra las mujeres.

La realidad que viven las mujeres jaliscienses que son víctimas de ciberacoso y violación a la intimidad sexual está marcada por la impunidad, la injusticia y las irregularidades que cometen las autoridades de Jalisco”, señaló la legisladora federal por el Distrito 16 de San Pedro Tlaquepaque, Jalisco.

Ciberacoso en el Código Penal de Jalisco: Comete el delito de ciberacoso la persona que por medio de las tecnologías de la información y comunicación, hostigue, acose, persiga, moleste o incomode a otra de forma tal que cause un daño en la integridad psicológica y/o en la dignidad personal.

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