/ lunes 6 de noviembre de 2023

Automovilistas que no tengan para pagar su multa podrán realizar jornadas de trabajo

El año pasado los dispositivos de fotoinfracción emitieron un millón 529 mil 213 multas

La Ley de Movilidad y Transporte del Estado de Jalisco establece que los automovilistas podrán gozar del 50% de descuento dentro de los primeros 10 días hábiles desde la notificación.

Así mismo será el 25% de descuento entre el día 11 y 29 después de la notificación de la multa.

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El artículo 200 de la misma ley indica que "si las percepciones del infractor no exceden el salario mínimo vigente en la zona económica correspondiente, no podrá ser sancionado, con multa mayor a un día de su ingreso".

Mientras que el artículo 201 indica que cuando el infractor acredite ante la autoridad competente que "no puede pagar la multa o solamente puede cubrir parte de ella, la propia autoridad podrá sustituirla total o parcialmente por la prestación de jornadas de trabajo en favor de la comunidad. Cada jornada de trabajo, que no será mayor de tres horas, tendrá que pagar un día de multa".

Casos de incumplimiento

En los casos de sanciones alternativas en que el infractor opte por el trabajo en favor de la comunidad y no la cumpla sin tener justificación alguna, será sancionado con el arresto administrativo.

En este tenor el artículo 202 señala que "cuando se imponga un arresto administrativo se comunicará la resolución a la autoridad competente para que ejecute la sanción impuesta".

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En días pasados la diputada morenista Leticia Pérez informó que durante el año pasado los dispositivos de fotoinfracción emitieron un millón 529 mil 213 multas que representaron una recaudación superior a los 600 millones de pesos, mientras que en el 2021 la captación fue de un millón 296 mil 810 que en dinero significaron 550 millones de pesos, respectivamente.

La Ley de Movilidad y Transporte del Estado de Jalisco establece que los automovilistas podrán gozar del 50% de descuento dentro de los primeros 10 días hábiles desde la notificación.

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Casos de incumplimiento

En los casos de sanciones alternativas en que el infractor opte por el trabajo en favor de la comunidad y no la cumpla sin tener justificación alguna, será sancionado con el arresto administrativo.

En este tenor el artículo 202 señala que "cuando se imponga un arresto administrativo se comunicará la resolución a la autoridad competente para que ejecute la sanción impuesta".

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En días pasados la diputada morenista Leticia Pérez informó que durante el año pasado los dispositivos de fotoinfracción emitieron un millón 529 mil 213 multas que representaron una recaudación superior a los 600 millones de pesos, mientras que en el 2021 la captación fue de un millón 296 mil 810 que en dinero significaron 550 millones de pesos, respectivamente.

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