/ lunes 2 de octubre de 2023

Se deslinda Consejo Regulador de cualquier publicidad en detrimento del tequila certificado

El CRT a través de la certificación ofrece a los consumidores, certeza y veracidad

El Consejo Regulador del Tequila A.C. (CRT) se deslinda de cualquier publicidad que señale y/o hable en detrimento de nuestra bebida nacional por excelencia, es importante precisar que TODO el tequila debidamente CERTIFICADO que se comercializa en el mundo cumple con las leyes y normativa que le aplica y es inspeccionado, analizado y certificado por el CRT.

Así lo expresó mediante un comunicado haciendo referencia que el Consejo Regulador del Tequila desde 1994 es el organismo acreditado y aprobado por el Gobierno Mexicano para inspeccionar y certificar el tequila que se produce en el territorio de la Denominación de Origen; desde su creación el CRT tiene como objetivos el salvaguardar la Denominación de Origen Tequila tanto a nivel nacional como internacional, asegurar el cumplimiento de su Norma Oficial Mexicana (NOM 006-SCFI-2012), garantizar al consumidor la autenticidad de la bebida y generar información oportuna y veraz a todos los sectores de esta cadena productiva.

Podría interesarte:

Cuenta de lo anterior lo aclara gracias a 29 años de trabajo conjunto y coordinado entre Consejo Regulador del Tequila A.C. y todos los integrantes de la Cadena Productiva Agave Tequila y con las autoridades; Hoy el tequila es reconocido en 57 países y ha aumentado en más de 500% sus principales indicadores el consumo de agave, la producción y exportación.

Actualmente hay quien desinforma y lucra con la información de las empresas y sus marcas, creando confusión en los consumidores, haciéndoles creer que el uso de abocantes en el tequila es algo malo, incorrecto o insalubre, situación que no es así, ya que en el Tequila, su uso está debidamente regulado, inspeccionado y certificado con base a normas de carácter nacional e internacional cumpliendo con todos los estándares de calidad e inocuidad, aclaró el CRT.

El proceso de abocamiento del tequila está regulado por la Norma del Tequila[1] ya que el uso de cualquiera de los 4 permitidos por la norma no debe ser mayor del 1% en relación con el peso total que tiene el tequila antes de su envasado y el productor deberá llevar los registros correspondientes de la materia prima utilizada, sin que esto signifique que exista una obligatoriedad del productor de declarar en la etiqueta el uso de alguno de estos abocantes no obstante si se utiliza algún componente distinto a estos y que esté debidamente permitido por la Secretaria de Salud, en estos casos la NOM 006 del Tequila lo contempla y lo regula en el apartado 6.1.1.1 que a la letra dice:

“...6.1.1.1 Cuando a los Tequilas definidos en los incisos 4.36.1, 4.36.2, 4.36.3, 4.36.4 y 4.36.5 se les agregue edulcorantes, colorantes, aromatizantes y/o saborizantes permitidos por la Secretaría de Salud, con objeto de proporcionar o intensificar su color, aroma y/o sabor, pueden tener como máximo 75 g/L de azúcares o azúcares reductores totales de acuerdo a la NMX-V-006-NORMEX y 85 g/L de extracto seco a la NMX-V-017-NORMEX (véase capítulo 3, Referencias). Para lo establecido en este párrafo se debe cumplir con lo dispuesto en el literal c) del inciso 11.1 de la presente NOM…

11. Información comercial

11.1 Marcado y etiquetado…

¿Qué establece la Norma del Tequila sobre los abocantes?

NOM-006-SCFI-2012, Bebidas alcohólicas-Tequila-Especificaciones define como abocantes en el Anexo “A”, y refiere:

4.1 Abocado

Procedimiento para suavizar el sabor del Tequila, mediante la adición de uno o más de los siguientes ingredientes: Color caramelo. Extracto de roble o encino natural. Glicerina. Jarabe a base de azúcar.

c)En el caso de los tequilas a que se refiere el apartado 6.1.1.1 de esta norma, el nombre del o los sabores, aromas añadidos o de aquel que predomine en el producto, también se deberá declarar el nombre del color, en su caso. El nombre del color debe aparecer y puede incorporarse en cualquier parte de la etiqueta o envase…”.

Te recomendamos → Urge una política pública para impulsar denominaciones de origen: Presidente CRT

El CRT como Organismo Evaluador de la Conformidad del Tequila, NO COMPARTE la opinión de quienes señalan que el uso de abocantes “compromete la calidad de la bebida” y reiteramos que el TEQUILA que está debidamente certificado por el CRT, cuenta con la garantía de ser un producto INOCUO y AUTÉNTICO.

Hoy en día sus más de dos mil marcas son un abanico de opciones para los consumidores. Lo que el Consejo Regulador del Tequila a través de la certificación ofrece como organismo técnico imparcial a los consumidores, es certeza y veracidad. Finalizó el comunicado.

El Consejo Regulador del Tequila A.C. (CRT) se deslinda de cualquier publicidad que señale y/o hable en detrimento de nuestra bebida nacional por excelencia, es importante precisar que TODO el tequila debidamente CERTIFICADO que se comercializa en el mundo cumple con las leyes y normativa que le aplica y es inspeccionado, analizado y certificado por el CRT.

Así lo expresó mediante un comunicado haciendo referencia que el Consejo Regulador del Tequila desde 1994 es el organismo acreditado y aprobado por el Gobierno Mexicano para inspeccionar y certificar el tequila que se produce en el territorio de la Denominación de Origen; desde su creación el CRT tiene como objetivos el salvaguardar la Denominación de Origen Tequila tanto a nivel nacional como internacional, asegurar el cumplimiento de su Norma Oficial Mexicana (NOM 006-SCFI-2012), garantizar al consumidor la autenticidad de la bebida y generar información oportuna y veraz a todos los sectores de esta cadena productiva.

Podría interesarte:

Cuenta de lo anterior lo aclara gracias a 29 años de trabajo conjunto y coordinado entre Consejo Regulador del Tequila A.C. y todos los integrantes de la Cadena Productiva Agave Tequila y con las autoridades; Hoy el tequila es reconocido en 57 países y ha aumentado en más de 500% sus principales indicadores el consumo de agave, la producción y exportación.

Actualmente hay quien desinforma y lucra con la información de las empresas y sus marcas, creando confusión en los consumidores, haciéndoles creer que el uso de abocantes en el tequila es algo malo, incorrecto o insalubre, situación que no es así, ya que en el Tequila, su uso está debidamente regulado, inspeccionado y certificado con base a normas de carácter nacional e internacional cumpliendo con todos los estándares de calidad e inocuidad, aclaró el CRT.

El proceso de abocamiento del tequila está regulado por la Norma del Tequila[1] ya que el uso de cualquiera de los 4 permitidos por la norma no debe ser mayor del 1% en relación con el peso total que tiene el tequila antes de su envasado y el productor deberá llevar los registros correspondientes de la materia prima utilizada, sin que esto signifique que exista una obligatoriedad del productor de declarar en la etiqueta el uso de alguno de estos abocantes no obstante si se utiliza algún componente distinto a estos y que esté debidamente permitido por la Secretaria de Salud, en estos casos la NOM 006 del Tequila lo contempla y lo regula en el apartado 6.1.1.1 que a la letra dice:

“...6.1.1.1 Cuando a los Tequilas definidos en los incisos 4.36.1, 4.36.2, 4.36.3, 4.36.4 y 4.36.5 se les agregue edulcorantes, colorantes, aromatizantes y/o saborizantes permitidos por la Secretaría de Salud, con objeto de proporcionar o intensificar su color, aroma y/o sabor, pueden tener como máximo 75 g/L de azúcares o azúcares reductores totales de acuerdo a la NMX-V-006-NORMEX y 85 g/L de extracto seco a la NMX-V-017-NORMEX (véase capítulo 3, Referencias). Para lo establecido en este párrafo se debe cumplir con lo dispuesto en el literal c) del inciso 11.1 de la presente NOM…

11. Información comercial

11.1 Marcado y etiquetado…

¿Qué establece la Norma del Tequila sobre los abocantes?

NOM-006-SCFI-2012, Bebidas alcohólicas-Tequila-Especificaciones define como abocantes en el Anexo “A”, y refiere:

4.1 Abocado

Procedimiento para suavizar el sabor del Tequila, mediante la adición de uno o más de los siguientes ingredientes: Color caramelo. Extracto de roble o encino natural. Glicerina. Jarabe a base de azúcar.

c)En el caso de los tequilas a que se refiere el apartado 6.1.1.1 de esta norma, el nombre del o los sabores, aromas añadidos o de aquel que predomine en el producto, también se deberá declarar el nombre del color, en su caso. El nombre del color debe aparecer y puede incorporarse en cualquier parte de la etiqueta o envase…”.

Te recomendamos → Urge una política pública para impulsar denominaciones de origen: Presidente CRT

El CRT como Organismo Evaluador de la Conformidad del Tequila, NO COMPARTE la opinión de quienes señalan que el uso de abocantes “compromete la calidad de la bebida” y reiteramos que el TEQUILA que está debidamente certificado por el CRT, cuenta con la garantía de ser un producto INOCUO y AUTÉNTICO.

Hoy en día sus más de dos mil marcas son un abanico de opciones para los consumidores. Lo que el Consejo Regulador del Tequila a través de la certificación ofrece como organismo técnico imparcial a los consumidores, es certeza y veracidad. Finalizó el comunicado.

Local

Tercer debate a la gubernatura de Jalisco será en Puerto Vallarta

El formato de este tercer debate será de bolsa de tiempo y participación de niñas, niños y adolescentes

Local

En ceremonia del Día del Trabajo, Alfaro asegura que cerrará su gobierno con paz laboral

Destacó que en este sexenio se lograron romper todos los récords productivos con ayuda de los sindicatos y centrales obreras

Local

Promete Kumamoto apoyo para niños y niñas de Zapopan

Pedro Kumamoto aseguró que trabajará para recuperar los espacios públicos

Local

Sindicalistas se reunieron para pedir mejores condiciones laborales

En el centro tapatío se concentraron varios sindicalistas, entre ellos miembros del Sindicato de Telefonistas de la República Mexicana