/ domingo 27 de septiembre de 2020

Importante actualizar los datos personales para obtener una pensión: IMSS

Para iniciar el trámite de pensión por cesantía o vejez ante el IMSS, lo primero es obtener la baja laboral

Corregir y actualizar los datos personales y laborales es importante para iniciar con el proceso de obtención de una pensión, ya sea de cesantía como de vejez ante el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) en Jalisco, a fin de evitar contratiempos.

El titular del Departamento de Supervisión a Prestaciones Económicas del IMSS, Javier Cruz Castro refirió que el asegurado debe tener sus datos completos y correctos, tales como CURP, RFC y nombre ante el IMSS.

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De la misma manera, verificar que estén homologados con otras instituciones, como el Registro Nacional de Población (RENAPO), Registro Civil y AFORE.

Para iniciar el trámite de pensión por cesantía o vejez ante el IMSS, lo primero es obtener la baja laboral, Cruz Castro describió el proceso.

“Si actualmente está trabajando, lo primero es que se dé de baja con su patrón ante el régimen obligatorio, para que ante nuestros sistemas en el Instituto aparezca dado de baja. Posteriormente, presentarse ante la clínica que le corresponde, de acuerdo a su domicilio, y llevando la documentación requerida que es su identificación original y copia, acta de nacimiento original, estado de cuenta o contrato bancario que tengan con su clave interbancaria a 18 dígitos, su CURP y su Número de Seguro Social”.

Otro aspecto, el cual indicó como “importante e indispensable” es contar con la edad requerida para iniciar estos procesos.

“Se otorga al asegurado habiendo cumplido los 60 para cesantía y los 65 años de edad para vejez, que cuente con el periodo mínimo de cotización que está establecido en la Ley del Seguro Social y, claro, causando baja ante el régimen obligatorio”.

Además, asegurarse que cuente con el mínimo de semanas cotizadas reglamentarias para pensionarse que en el caso de la ley 73 es de 500 semanas, y en el caso de trabajadores con la ley 97 es de mil 250 semanas a partir del 1 de julio de ese mismo año.

En caso de tener dudas de con cuántas semanas se cuenta y de si se cumple o no con los requisitos, puede solicitar una revisión en la ventanilla de Prestaciones Económicas de la Unidad de Medicina Familiar (UMF) que le corresponde por domicilio, con su Número de Seguridad Social, IFE y acta de nacimiento original.

“Les hacen un diagnóstico en su clínica y les pueden decir si va a tener o no derecho a la pensión”, comentó.

Añadió que “si le faltan semanas puede seguir cotizando ante el IMSS, o si tiene las semanas, pero perdió su conservación de derechos, debe volver a cotizar por lo menos un año”.


Corregir y actualizar los datos personales y laborales es importante para iniciar con el proceso de obtención de una pensión, ya sea de cesantía como de vejez ante el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) en Jalisco, a fin de evitar contratiempos.

El titular del Departamento de Supervisión a Prestaciones Económicas del IMSS, Javier Cruz Castro refirió que el asegurado debe tener sus datos completos y correctos, tales como CURP, RFC y nombre ante el IMSS.

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De la misma manera, verificar que estén homologados con otras instituciones, como el Registro Nacional de Población (RENAPO), Registro Civil y AFORE.

Para iniciar el trámite de pensión por cesantía o vejez ante el IMSS, lo primero es obtener la baja laboral, Cruz Castro describió el proceso.

“Si actualmente está trabajando, lo primero es que se dé de baja con su patrón ante el régimen obligatorio, para que ante nuestros sistemas en el Instituto aparezca dado de baja. Posteriormente, presentarse ante la clínica que le corresponde, de acuerdo a su domicilio, y llevando la documentación requerida que es su identificación original y copia, acta de nacimiento original, estado de cuenta o contrato bancario que tengan con su clave interbancaria a 18 dígitos, su CURP y su Número de Seguro Social”.

Otro aspecto, el cual indicó como “importante e indispensable” es contar con la edad requerida para iniciar estos procesos.

“Se otorga al asegurado habiendo cumplido los 60 para cesantía y los 65 años de edad para vejez, que cuente con el periodo mínimo de cotización que está establecido en la Ley del Seguro Social y, claro, causando baja ante el régimen obligatorio”.

Además, asegurarse que cuente con el mínimo de semanas cotizadas reglamentarias para pensionarse que en el caso de la ley 73 es de 500 semanas, y en el caso de trabajadores con la ley 97 es de mil 250 semanas a partir del 1 de julio de ese mismo año.

En caso de tener dudas de con cuántas semanas se cuenta y de si se cumple o no con los requisitos, puede solicitar una revisión en la ventanilla de Prestaciones Económicas de la Unidad de Medicina Familiar (UMF) que le corresponde por domicilio, con su Número de Seguridad Social, IFE y acta de nacimiento original.

“Les hacen un diagnóstico en su clínica y les pueden decir si va a tener o no derecho a la pensión”, comentó.

Añadió que “si le faltan semanas puede seguir cotizando ante el IMSS, o si tiene las semanas, pero perdió su conservación de derechos, debe volver a cotizar por lo menos un año”.


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