/ jueves 22 de septiembre de 2022

Impulsarán que acoso sexual callejero se tipifique como delito

En la actualidad es considerado solo como falta administrativa

La diputada local de Movimiento Ciudadano (MC), Dolores López Jara, presentará una iniciativa para que el acoso sexual callejero se tipifique como delito, ya que en la actualidad es considerado solo como falta administrativa; se podría sancionar hasta con 4 años de prisión.

A decir de la también presidenta de la Comisión de Igualdad, en el Congreso de Jalisco, con esto se busca sancionar y de verdad evitar estas prácticas que han pasado a formar parte de la violencia comunitaria mayormente en contra de niñas y mujeres.

Te recomendamos:

Con reformas al Código Penal para tipificar este delito, de aprobarse este se podría sancionar de 3 meses a 4 años de prisión y con una multa que iría de los 9 mil 600, hasta los 48 mil pesos. Además, también se contemplaría la creación de un registro público de personas sancionadas, con modificaciones a la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia.

"Se propone adición al artículo 176 Bis 4 para sancionar de tres meses a cuatro años de prisión y multa por el importe de 100 a 500 veces el valor diario de la UMA. Y establecer mecanismos de reparación integral y medidas de no repetición, esto también va en aumento cuando se trate de un funcionario público".

La emecista explicó que en todos los casos la autoridad judicial, cuando haya ya una condena, ordenará al infractor disculparse públicamente, a realizar trabajo en favor de la comunidad y a acudir a programas de reeducación integral con perspectiva de género.

Además, detalló, se dotarán de atribuciones a las policías estatal y municipal para que puedan actuar en contra de este tipo de delitos y llevar a cabo operativos permanentes.

Con las modificaciones se agregaría al Código Penal que el acoso sexual callejero lo cometerán "quienes realicen conductas físicas, gestuales o verbales de naturaleza o connotación sexual, dirigida hacia otra persona que no desea o rechaza esas conductas por considerar que afectan su dignidad, integridad, libertad, libre circulación o permanencia y sus derechos humanos, creando en ellas intimidación, hostilidad, degradación, humillación o un ambiente ofensivo en los espacios públicos".

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  • La diputada local de Movimiento Ciudadano (MC), Dolores López Jara, presentará una iniciativa para que el acoso sexual callejero se tipifique como delito, ya que en la actualidad es considerado solo como falta administrativa; se podría sancionar hasta con 4 años de prisión.

    A decir de la también presidenta de la Comisión de Igualdad, en el Congreso de Jalisco, con esto se busca sancionar y de verdad evitar estas prácticas que han pasado a formar parte de la violencia comunitaria mayormente en contra de niñas y mujeres.

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    Con reformas al Código Penal para tipificar este delito, de aprobarse este se podría sancionar de 3 meses a 4 años de prisión y con una multa que iría de los 9 mil 600, hasta los 48 mil pesos. Además, también se contemplaría la creación de un registro público de personas sancionadas, con modificaciones a la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia.

    "Se propone adición al artículo 176 Bis 4 para sancionar de tres meses a cuatro años de prisión y multa por el importe de 100 a 500 veces el valor diario de la UMA. Y establecer mecanismos de reparación integral y medidas de no repetición, esto también va en aumento cuando se trate de un funcionario público".

    La emecista explicó que en todos los casos la autoridad judicial, cuando haya ya una condena, ordenará al infractor disculparse públicamente, a realizar trabajo en favor de la comunidad y a acudir a programas de reeducación integral con perspectiva de género.

    Además, detalló, se dotarán de atribuciones a las policías estatal y municipal para que puedan actuar en contra de este tipo de delitos y llevar a cabo operativos permanentes.

    Con las modificaciones se agregaría al Código Penal que el acoso sexual callejero lo cometerán "quienes realicen conductas físicas, gestuales o verbales de naturaleza o connotación sexual, dirigida hacia otra persona que no desea o rechaza esas conductas por considerar que afectan su dignidad, integridad, libertad, libre circulación o permanencia y sus derechos humanos, creando en ellas intimidación, hostilidad, degradación, humillación o un ambiente ofensivo en los espacios públicos".

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