/ sábado 18 de enero de 2020

Diputado de Morena propone legalizar alquiler de vientres

Arturo Lemus Herrera presentó una iniciativa para regular la maternidad subrogada

Con el objetivo de disminuir prácticas ilegales o la explotación de mujeres con fines reproductivos, el diputado local de Morena, Arturo Lemus Herrera presentó una iniciativa para regular la maternidad subrogada, también conocida como "alquiler de vientres".

El legislador refirió que el derecho a la reproducción humana está reconocido en el país como un derecho humano establecido en la Constitución Política, sin embargo, la infertilidad afecta al 15 por ciento de las parejas, y es que de ahí se crea la necesidad de legalizar el préstamo de vientre o métodos de reproducción asistida, con sus respectivas reglas.

"Cabe mencionar que existen estados de la república que han regulado esta figura, a través de sus congresos locales, como lo son Sinaloa, Tabasco, Querétaro y Ciudad de México, por mencionar algunos".


Chécalo:

No obstante, detalló que de acuerdo a datos de la Cofepris, en 2013, se reconoció en México 52 establecimientos autorizados para aplicar las técnicas de reproducción humana asistida, en contra parte de los más de 100 centros que operan sin apego a ninguna regulación sobre la materia.

Por ello, la propuesta plantea modificación a la Ley de Salud y al Código Civil de Jalisco, para que la maternidad subrogada quede como práctica auxiliar para la procreación entre personas unidas en matrimonio o concubinato y que estén impedidas a tener hijos.

Establece además, que las técnicas de reproducción asistida serán todos los procedimientos que incluyan la manipulación de espermatozoides o embriones humanos para lograr el embarazo. Para acceder a este tipo de tratamiento se deberá ser mayor de edad y otorgar consentimiento de todas las personas involucradas por escrito.

La subrogación de vientre deberá ser altruista, preferentemente con lazos de amor o amistad. Además, las mujeres gestantes deberán tener entre 25 y 35 años, haber sido madres con anterioridad, no haber estado embarazadas durante 365 días antes, y solo podrán ofrecerse a realizarlo un máximo dos veces.

El tratamiento de la subrogación gestacional será por contrato suscrito ante notario público, en el cual se establecerá el acuerdo de voluntades a título gratuito, mediante el cual la mujer con capacidad se compromete a gestar el producto en su útero hasta las 40 semanas o antes, y entregarlo después de su nacimiento. A su vez, las contrapartes se comprometerán a cubrir los gastos generados durante y después del proceso de gestación.

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Con el objetivo de disminuir prácticas ilegales o la explotación de mujeres con fines reproductivos, el diputado local de Morena, Arturo Lemus Herrera presentó una iniciativa para regular la maternidad subrogada, también conocida como "alquiler de vientres".

El legislador refirió que el derecho a la reproducción humana está reconocido en el país como un derecho humano establecido en la Constitución Política, sin embargo, la infertilidad afecta al 15 por ciento de las parejas, y es que de ahí se crea la necesidad de legalizar el préstamo de vientre o métodos de reproducción asistida, con sus respectivas reglas.

"Cabe mencionar que existen estados de la república que han regulado esta figura, a través de sus congresos locales, como lo son Sinaloa, Tabasco, Querétaro y Ciudad de México, por mencionar algunos".


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No obstante, detalló que de acuerdo a datos de la Cofepris, en 2013, se reconoció en México 52 establecimientos autorizados para aplicar las técnicas de reproducción humana asistida, en contra parte de los más de 100 centros que operan sin apego a ninguna regulación sobre la materia.

Por ello, la propuesta plantea modificación a la Ley de Salud y al Código Civil de Jalisco, para que la maternidad subrogada quede como práctica auxiliar para la procreación entre personas unidas en matrimonio o concubinato y que estén impedidas a tener hijos.

Establece además, que las técnicas de reproducción asistida serán todos los procedimientos que incluyan la manipulación de espermatozoides o embriones humanos para lograr el embarazo. Para acceder a este tipo de tratamiento se deberá ser mayor de edad y otorgar consentimiento de todas las personas involucradas por escrito.

La subrogación de vientre deberá ser altruista, preferentemente con lazos de amor o amistad. Además, las mujeres gestantes deberán tener entre 25 y 35 años, haber sido madres con anterioridad, no haber estado embarazadas durante 365 días antes, y solo podrán ofrecerse a realizarlo un máximo dos veces.

El tratamiento de la subrogación gestacional será por contrato suscrito ante notario público, en el cual se establecerá el acuerdo de voluntades a título gratuito, mediante el cual la mujer con capacidad se compromete a gestar el producto en su útero hasta las 40 semanas o antes, y entregarlo después de su nacimiento. A su vez, las contrapartes se comprometerán a cubrir los gastos generados durante y después del proceso de gestación.

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