/ miércoles 20 de noviembre de 2019

Diputados aprueban La Ley de Amnistía para Mujeres Víctimas de Violencia

Esta garantizará su integridad para evitar represalias por parte de los familiares de las personas fallecidas

En acuerdo con el Poder Ejecutivo, los diputados aprobaron la Ley de Amnistía para Mujeres Víctimas de Violencia de Género, que mantiene el perdón de manera condicionada, ya que deberán pagar la reparación del daño para acceder a su libertad.


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La mayoría de las mujeres tienen el perdón de las familias de las víctimas, lo que no será obstáculo para que salgan libres, se habla que pudieran ser 5 y estar con sus familias antes de Navidad. Descartan un nuevo “veto” del ejecutivo, indicó el diputado, Salvador Caro Cabrera, promotor de la citada Ley.




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Aunque el ejecutivo estatal pedía una amnistía lisa y llana, se acordó que debido al contexto de la Constitución Política Federal no es posible que se diera, obligadamente debe darse la reparación del daño, ya que no se puede dejar de lado los derechos de las víctimas.

Con 35 votos el Pleno dio “luz verde” a la Ley de Amnistía y las observaciones hechas por el ejecutivo estatal, aunque se consideraron “se construyó la versión final que deja a salvo el tema de las víctimas como estaba en la versión original”.

El diputado del PAN, Gustavo Macías Zambrano, indicó que los abogados del ejecutivo no tenían la razón, “esta ley estaba bien hecha y gozó del visto bueno de todos los asesores de los diputados y sí debe publicarla el Gobernador”. Defendió la Ley de Amnistía, el panista. “Se hicieron modificaciones, pero prácticamente va como la aprobamos (antes del veto del Gobernador)”, refirió.

La Ley de Amnistía establece

-Garantizar la integridad de las mujeres para evitar represalias por parte de los familiares de las personas fallecidas y la Secretaría de Igualdad Sustantiva deberá dar una vigilancia hacia las beneficiarias.

-Se decreta la extinción de la acción penal y responsabilidad penal de las mujeres sentenciadas por el delito de lesiones, homicidio o parricidio.

-Para gozar de la Amnistía debe estar sentenciada por el delito de lesiones, homicidio o parricidio.

-Acreditar tener antecedentes de sufrir violencia sistemática por parte del sujeto pasivo y que haya sido su cónyuge o pareja y que por dicha violencia la motivó a cometer el delito.

-Cubrir o garantizar el pago de la reparación del daño integral.

-Que el delito haya sido cometido antes del 16 de junio del 2016.

-La sentenciada, su abogado o el ministerio público podrá promover la aplicación de la amnistía ante el juez de ejecución de penas, que resolverá en audiencia única el decretar la libertad de inmediato y eliminar el antecedente criminal.

-No podrán ser interrogadas, citadas a declarar en el futuro, ni detenidas sí se trata del mismo caso.

-Se amplía la amnistía a quienes hayan compurgado la pena y se les extinga su responsabilidad y antecedente penal.

En acuerdo con el Poder Ejecutivo, los diputados aprobaron la Ley de Amnistía para Mujeres Víctimas de Violencia de Género, que mantiene el perdón de manera condicionada, ya que deberán pagar la reparación del daño para acceder a su libertad.


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El diputado del PAN, Gustavo Macías Zambrano, indicó que los abogados del ejecutivo no tenían la razón, “esta ley estaba bien hecha y gozó del visto bueno de todos los asesores de los diputados y sí debe publicarla el Gobernador”. Defendió la Ley de Amnistía, el panista. “Se hicieron modificaciones, pero prácticamente va como la aprobamos (antes del veto del Gobernador)”, refirió.

La Ley de Amnistía establece

-Garantizar la integridad de las mujeres para evitar represalias por parte de los familiares de las personas fallecidas y la Secretaría de Igualdad Sustantiva deberá dar una vigilancia hacia las beneficiarias.

-Se decreta la extinción de la acción penal y responsabilidad penal de las mujeres sentenciadas por el delito de lesiones, homicidio o parricidio.

-Para gozar de la Amnistía debe estar sentenciada por el delito de lesiones, homicidio o parricidio.

-Acreditar tener antecedentes de sufrir violencia sistemática por parte del sujeto pasivo y que haya sido su cónyuge o pareja y que por dicha violencia la motivó a cometer el delito.

-Cubrir o garantizar el pago de la reparación del daño integral.

-Que el delito haya sido cometido antes del 16 de junio del 2016.

-La sentenciada, su abogado o el ministerio público podrá promover la aplicación de la amnistía ante el juez de ejecución de penas, que resolverá en audiencia única el decretar la libertad de inmediato y eliminar el antecedente criminal.

-No podrán ser interrogadas, citadas a declarar en el futuro, ni detenidas sí se trata del mismo caso.

-Se amplía la amnistía a quienes hayan compurgado la pena y se les extinga su responsabilidad y antecedente penal.

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