/ martes 9 de enero de 2024

Una nueva ministra en la Suprema Corte de Justicia de la Nación

Después de dos intentos, el Senado de la República no pudo nombrar a una de las Ministras en la terna que envío el Presidente de la República al Senado para elegir a la sucesora del Ministro Arturo Zaldívar, quién se sumó a la campaña presidencial de la Doctora Claudia Sheinbaum.

El artículo 96 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos es claro que cuando no se reúne la votación de las dos terceras partes de los miembros del Senado la facultad constitucional recae en el Presidente de la República, como sucedió en días pasados y por primera vez en la historia del Poder Judicial Federal para dar validez y formalidad constitucional al nombramiento de la Ministra Licenciada Lenia Batres Guadarrama, quién se desempeñaba en la Consejería Jurídica de la Presidencia de la República.

El Presidente de la República ha expuesto que para ocupar cargos públicos dentro de la Administración Pública Federal no es necesaria la experiencia ni los conocimientos, ya que no son fundamentales para la designación de la responsabilidad política y administrativa, lo que importa en su gobierno es un diez por ciento de conocimientos y experiencia y un noventa por ciento de lealtad a la Presidencia en su proyecto de la Cuarta Transformación.

Ante esto, la Ministra Lenia fue nombrada por el Presidente de la República, y en días posteriores, la Ministra Norma Piña Presidenta de la Suprema Corte de Justicia de la Nación le otorgó la toga que es parte del protocolo formal de los Ministros, la que tiene un significado de honestidad, responsabilidad, imparcialidad, transparencia y capacidad jurídica en la habilidad del pensamiento y conocimiento del desarrollo de la ciencia del Derecho representando el valor de la justicia en el proceso de la discusión y votación de los proyectos jurídicos que se someten al Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación para aprobar o desaprobar la justicia constitucional.

La Ministra Lenia en su toma de protesta hizo uso de la voz lanzando criticas al Poder Judicial de la Federación, así como a los sueldos y prestaciones de los Ministros, posteriormente se reunió con el Presidente de la República quién la nombró con el adjetivo de “La Ministra del pueblo”.

Días posteriores la Ministra solicito a la Corte la reducción de su salario la que no rebase en el sueldo del salario del Presidente, de la misma manera solicito su incorporación al ISSTE, prestación a la que ya se tiene derecho como funcionario del Poder Judicial Federal.

La solicitud que hace para la reducción de su sueldo, la Corte no puede disminuir un centavo de su salario, pero ella está en su derecho de hacer una devolución a la Tesorería de la Corte o bien donarlos a obras piadosas y de filantropía, ante la necesidad de muchas casas de huérfanos, ancianos y enfermos que existen en el país y el gobierno de la República no les otorga un solo centavo.

Los juzgadores de la Suprema Corte de Justicia de la Nación enfrentan problemas muy serios al momento de resolver los conflictos que se les plantean, ya que están partiendo de litigios en posiciones encontradas en las partes y por la premura para resolver dichos litigios en cumplimiento a la garantía prevista en el artículo 17 constitucional en brindar una justicia, expedita, pronta, completa e imparcial.

Por lo que ocupar el nombramiento de Ministra de la Suprema Corte de Justicia de la Nación es de una gran responsabilidad jurídica, política, social y económica.


Profesor de Derecho de la Universidad de Guadalajara, Miembro de la Asociación Nacional de Doctores en Derecho. Capítulo Jalisco. *

Correo electrónico: antonio_dejesus@hotmail.com

Después de dos intentos, el Senado de la República no pudo nombrar a una de las Ministras en la terna que envío el Presidente de la República al Senado para elegir a la sucesora del Ministro Arturo Zaldívar, quién se sumó a la campaña presidencial de la Doctora Claudia Sheinbaum.

El artículo 96 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos es claro que cuando no se reúne la votación de las dos terceras partes de los miembros del Senado la facultad constitucional recae en el Presidente de la República, como sucedió en días pasados y por primera vez en la historia del Poder Judicial Federal para dar validez y formalidad constitucional al nombramiento de la Ministra Licenciada Lenia Batres Guadarrama, quién se desempeñaba en la Consejería Jurídica de la Presidencia de la República.

El Presidente de la República ha expuesto que para ocupar cargos públicos dentro de la Administración Pública Federal no es necesaria la experiencia ni los conocimientos, ya que no son fundamentales para la designación de la responsabilidad política y administrativa, lo que importa en su gobierno es un diez por ciento de conocimientos y experiencia y un noventa por ciento de lealtad a la Presidencia en su proyecto de la Cuarta Transformación.

Ante esto, la Ministra Lenia fue nombrada por el Presidente de la República, y en días posteriores, la Ministra Norma Piña Presidenta de la Suprema Corte de Justicia de la Nación le otorgó la toga que es parte del protocolo formal de los Ministros, la que tiene un significado de honestidad, responsabilidad, imparcialidad, transparencia y capacidad jurídica en la habilidad del pensamiento y conocimiento del desarrollo de la ciencia del Derecho representando el valor de la justicia en el proceso de la discusión y votación de los proyectos jurídicos que se someten al Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación para aprobar o desaprobar la justicia constitucional.

La Ministra Lenia en su toma de protesta hizo uso de la voz lanzando criticas al Poder Judicial de la Federación, así como a los sueldos y prestaciones de los Ministros, posteriormente se reunió con el Presidente de la República quién la nombró con el adjetivo de “La Ministra del pueblo”.

Días posteriores la Ministra solicito a la Corte la reducción de su salario la que no rebase en el sueldo del salario del Presidente, de la misma manera solicito su incorporación al ISSTE, prestación a la que ya se tiene derecho como funcionario del Poder Judicial Federal.

La solicitud que hace para la reducción de su sueldo, la Corte no puede disminuir un centavo de su salario, pero ella está en su derecho de hacer una devolución a la Tesorería de la Corte o bien donarlos a obras piadosas y de filantropía, ante la necesidad de muchas casas de huérfanos, ancianos y enfermos que existen en el país y el gobierno de la República no les otorga un solo centavo.

Los juzgadores de la Suprema Corte de Justicia de la Nación enfrentan problemas muy serios al momento de resolver los conflictos que se les plantean, ya que están partiendo de litigios en posiciones encontradas en las partes y por la premura para resolver dichos litigios en cumplimiento a la garantía prevista en el artículo 17 constitucional en brindar una justicia, expedita, pronta, completa e imparcial.

Por lo que ocupar el nombramiento de Ministra de la Suprema Corte de Justicia de la Nación es de una gran responsabilidad jurídica, política, social y económica.


Profesor de Derecho de la Universidad de Guadalajara, Miembro de la Asociación Nacional de Doctores en Derecho. Capítulo Jalisco. *

Correo electrónico: antonio_dejesus@hotmail.com