/ martes 1 de agosto de 2023

Uso de drones en actividades delictivas podría alcanzar una pena de 53 años de prisión

El ejecutivo Federal envío una iniciativa al Congreso para reformar el Código Penal Federal y castigar a quienes usen drones o naves dirigidas para delinquir

La Comisión Permanente del Congreso de la Unión recibió del Ejecutivo federal una iniciativa con proyecto de decreto para reformar el Código Penal Federal y la Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos, y establecer agravantes en delitos cometidos con el uso de drones y naves dirigidas.

La iniciativa propone penas de hasta 53 años de prisión a quienes delincan con drones o naves dirigidas y las utilice para enviar droga, explosivos, atacar, cometer alguna agresión contra personas, instituciones o particulares.

Te recomendamos: Comisión de seguridad del Senado aprueba regular el uso de drones

El proyecto está dirigido al presidente de la Cámara de Diputados, Santiago Creel Miranda, como cámara de origen, la cual tiene como objetivo establecer agravantes a delitos cometidos en contra de las personas o bienes, mediante el uso de aeronaves piloteadas a distancia, también conocidas como drones, en el Código Penal Federal.

Se busca prevenir, evitar y castigar el uso de este tipo de aeronaves en actos en contra de bienes, servicios públicos o privados; en contra de la integridad física, emocional o vida de las personas; que produzcan alarma, temor, terror en la población para intentar contra la seguridad nacional, presionar u obligar a la autoridad o a un particular a que tome una determinación.

Dicha iniciativa pretende incorporar en la Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos, a las aeronaves piloteadas a distancia adaptadas para transportar, activar o detonar explosivos como armas, municiones y materiales para uso exclusivo del Ejercito, Armada y Fuerza Aérea.

Además, el documento señala también la incorporación de agravantes para quienes cometan delitos con las aeronaves piloteadas a distancia, se busca combatir impunidad en el uso de estos aparatos, así como garantizar la paz y la seguridad de los mexicanos en armonía con las buenas prácticas internacionales en materia y el respeto a los derechos humanos.

La reforma propone incrementar como máximo a 55 años a quienes cometan delitos con los drones o naves dirigidas, en contra de quienes ejecuten actos contra bienes, servicios o privados; en contra de la integridad física, emocional o vida de las personas; que introduzca alarma, temor o terror en la población para atentar contra la seguridad nacional, presionar a la autoridad o a un particular para que tomen una determinación.

Prisión de 10 años a 20 a quien mediante del uso de estas aeronaves arrojen artefactos explosivos, artefactos explosivos improvisados, armas, sustancias químicas que sean susceptibles de ser empleadas como explosivos sobre personas o bienes.

De 5 a 10 años de prisión será para quienes importen, manufacturen, arme, adquiera o adapte aeronaves piloteadas a distancia para el transporte de artefactos explosivos improvisados, armas, narcóticos, drogas sintéticas o demás materiales regulados en la Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos.

También se sancionará a quienes usen drones para fotografiar, realizar grabaciones de audio o video, de forma física o empleando medios electrónicos para vigilar las actividades de personas servidoras públicas, con el fin de conocer o reportar su ubicación para evadir su acción o ejecutar agresiones en su contra.

A estos, se les impondrá una pena de 3 a 10 años de prisión, el decomiso de los aparatos, equipo y objeto producto del delito y multa de 50 a 400 veces el salario diario de la Unidad de Medida y Actualización.

El crimen organizado y el uso de drones

El presidente de la República reconoce que en los últimos años las organizaciones delictivas han utilizado los drones para fines criminales, mismos que se han registrado en diversos estados del país como Michoacán, Baja California, Guanajuato, Guerrero y Ciudad de México, entre otras entidades.

El uso de drones y aeronaves dirigidas, representan también un avance tecnológico para la política, economía y en lo social en beneficio del desarrollo, contribuye a la seguridad operacional, a la prevención y control de incendios y los desastres naturales, rescate de personas heridas, envío de víveres y equipo médico, patrullaje en zona fronteriza, en la conservación de la flora y la fauna, en la caza ilegal, la tala, y misiones de paz y ayuda humanitaria, también se usa para hacer el mal.

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Destaca que hoy es más fácil adquirir una nave piloteada a distancia debido a la disminución de costos, pero su uso y operación tiene mayores probabilidades de causar alguna afectación a las personas y sus bienes, así como problemas de seguridad aérea.

Sin embargo, organizaciones delictivas realizan actividades en las que utilizan artefactos aéreos no piloteados que adaptan para transportar explosivos que son lanzados a personas, utilizados en enfrentamientos y contra autoridades de los distintos órdenes de gobierno; también, se usan para el transporte de droga y en el espionaje para obtener información privada de personas, fundamentalmente del orden público.

La Comisión Permanente del Congreso de la Unión recibió del Ejecutivo federal una iniciativa con proyecto de decreto para reformar el Código Penal Federal y la Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos, y establecer agravantes en delitos cometidos con el uso de drones y naves dirigidas.

La iniciativa propone penas de hasta 53 años de prisión a quienes delincan con drones o naves dirigidas y las utilice para enviar droga, explosivos, atacar, cometer alguna agresión contra personas, instituciones o particulares.

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El proyecto está dirigido al presidente de la Cámara de Diputados, Santiago Creel Miranda, como cámara de origen, la cual tiene como objetivo establecer agravantes a delitos cometidos en contra de las personas o bienes, mediante el uso de aeronaves piloteadas a distancia, también conocidas como drones, en el Código Penal Federal.

Se busca prevenir, evitar y castigar el uso de este tipo de aeronaves en actos en contra de bienes, servicios públicos o privados; en contra de la integridad física, emocional o vida de las personas; que produzcan alarma, temor, terror en la población para intentar contra la seguridad nacional, presionar u obligar a la autoridad o a un particular a que tome una determinación.

Dicha iniciativa pretende incorporar en la Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos, a las aeronaves piloteadas a distancia adaptadas para transportar, activar o detonar explosivos como armas, municiones y materiales para uso exclusivo del Ejercito, Armada y Fuerza Aérea.

Además, el documento señala también la incorporación de agravantes para quienes cometan delitos con las aeronaves piloteadas a distancia, se busca combatir impunidad en el uso de estos aparatos, así como garantizar la paz y la seguridad de los mexicanos en armonía con las buenas prácticas internacionales en materia y el respeto a los derechos humanos.

La reforma propone incrementar como máximo a 55 años a quienes cometan delitos con los drones o naves dirigidas, en contra de quienes ejecuten actos contra bienes, servicios o privados; en contra de la integridad física, emocional o vida de las personas; que introduzca alarma, temor o terror en la población para atentar contra la seguridad nacional, presionar a la autoridad o a un particular para que tomen una determinación.

Prisión de 10 años a 20 a quien mediante del uso de estas aeronaves arrojen artefactos explosivos, artefactos explosivos improvisados, armas, sustancias químicas que sean susceptibles de ser empleadas como explosivos sobre personas o bienes.

De 5 a 10 años de prisión será para quienes importen, manufacturen, arme, adquiera o adapte aeronaves piloteadas a distancia para el transporte de artefactos explosivos improvisados, armas, narcóticos, drogas sintéticas o demás materiales regulados en la Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos.

También se sancionará a quienes usen drones para fotografiar, realizar grabaciones de audio o video, de forma física o empleando medios electrónicos para vigilar las actividades de personas servidoras públicas, con el fin de conocer o reportar su ubicación para evadir su acción o ejecutar agresiones en su contra.

A estos, se les impondrá una pena de 3 a 10 años de prisión, el decomiso de los aparatos, equipo y objeto producto del delito y multa de 50 a 400 veces el salario diario de la Unidad de Medida y Actualización.

El crimen organizado y el uso de drones

El presidente de la República reconoce que en los últimos años las organizaciones delictivas han utilizado los drones para fines criminales, mismos que se han registrado en diversos estados del país como Michoacán, Baja California, Guanajuato, Guerrero y Ciudad de México, entre otras entidades.

El uso de drones y aeronaves dirigidas, representan también un avance tecnológico para la política, economía y en lo social en beneficio del desarrollo, contribuye a la seguridad operacional, a la prevención y control de incendios y los desastres naturales, rescate de personas heridas, envío de víveres y equipo médico, patrullaje en zona fronteriza, en la conservación de la flora y la fauna, en la caza ilegal, la tala, y misiones de paz y ayuda humanitaria, también se usa para hacer el mal.

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Destaca que hoy es más fácil adquirir una nave piloteada a distancia debido a la disminución de costos, pero su uso y operación tiene mayores probabilidades de causar alguna afectación a las personas y sus bienes, así como problemas de seguridad aérea.

Sin embargo, organizaciones delictivas realizan actividades en las que utilizan artefactos aéreos no piloteados que adaptan para transportar explosivos que son lanzados a personas, utilizados en enfrentamientos y contra autoridades de los distintos órdenes de gobierno; también, se usan para el transporte de droga y en el espionaje para obtener información privada de personas, fundamentalmente del orden público.

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