Tipificar como delito el fraude familiar en Jalisco: Cortés Berumen

Rosario Bareño Domínguez

  · domingo 2 de abril de 2017

Isaías Cortés, dejó en claro que el delito se comete en contra de menores de edad.

Tipificar como delito en el Código Penal del Estado  el“fraude familiar”, el cual se configura  sin causa justificaday en perjuicio de la sociedad conyugal o patrimonio común generadodurante el matrimonio o el concubinato "uno de ellos, oculte,transfiera o adquiera bienes a nombre de terceros", propuso eldiputado del PAN, Isaías Cortés Berumen.

Dijo en entrevista el legislador local que se pretende evitarque una persona "simule, en perjuicio de su cónyuge o hijos,durante los procesos de divorcio y/o pensión alimenticia, tenermenos bienes o percibir recursos inferiores a los reales,a efectode otorgar una pensión más baja a la que legalmente correspondeen caso de divorcio, bienes menores a los que tendría derecho lacontraparte". Esta iniciativa, surge de la necesidad de que enJalisco se proteja el interés superior de la niñez, ya que deacuerdo a la Primera Visitaduría General de la Comisión Nacionalde Derechos Humanos ha señalado que en México,3 de 4 hijos depadres separados no recibe pensión alimenticia.

Cortés Berumen, sostuvo que se considera que este tipo dedelito "se comete principalmente en contra de menores de edad yafecta gravemente las posibilidades de sustento y desarrollo queestos puedan tener sin contar con lo que legalmente tendría quecorresponderles en función del haber patrimonial de lospadres."

Expuso que en el contexto internacional, México ha firmadovarios acuerdos, entre los que se encuentran la DeclaraciónUniversal de los Derechos Humanos y el Pacto Internacional sobreDerechos Económicos, Sociales y Culturales que en sus artículos25 y 11, respectivamente, reconocen el derecho que toda persona ysu familia tienen a la alimentación, el vestido, la vivienda,entre otros derechos.

La Convención de los Derechos del Niño, en su artículo 3,menciona que en todas las medidas aplicables a los niños y a lasniñas que tomen las instituciones públicas y privadas debienestar social, los tribunales, las autoridades administrativas olos órganos legislativos, deberá tenerse como una consideraciónprimordial la atención del interés superior del niño.

Existe jurisprudencia que reconoce que el interés superior delmenor debe primar frente a los demás,procurando la concordancia einterpretación de las normas jurídicas, buscando favorecer almenor sobre el principio consagrado en el artículo 4to.constitucional.

Señaló el panista que este delito ya se encuentra tipificadoen el Código Penal Federal, así como en diversos estados de larepública, como lo son Coahuila, Estado de México, Nayarit, yrecientemente Tamaulipas, entre otros.

Por eso, manifestó que Jalisco no se puede quedar atrás en latipificación de este delito que tiene como finalidad principal"velar por el interés superior de la niñez, garantizando lasatisfacción de sus necesidades básicas para su desarrollo, comolo es la alimentación, educación, salud, vivienda y recreación,entre otros".

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