/ lunes 20 de abril de 2020

Sólo en casos extremos habrá arrestos contra quienes no cumplan las nuevas medidas sanitarias

Estos se podrán realizar únicamente después del apercibimiento y si la persona sigue mostrándose renuente a usar el cubreboca obligatorio o agresiva con los uniformados

Aclara la Policía de Guadalajara que sólo en casos extremos habrá arrestos administrativos en contra de personas que se encuentren en la calle realizando actividades no esenciales y que no cumplan con las medidas sanitarias. Estos se podrán realizar únicamente después del apercibimiento y si la persona sigue mostrándose renuente a usar el cubreboca obligatorio o agresiva con los uniformados.

Chécalo:

El titular de Comunicación Social de la Comisaría de la Policía de Guadalajara, Jorge Montiel, señaló cómo será la actuación de la corporación en caso de que se detecte a una persona que no cumple con las nuevas medidas preventivas para evitar contagios de Covid-19 que se implementaron a partir de este lunes.

"Durante el recorrido de vigilancia de las unidades si ven a una persona que no tenga cubrebocas llega y se les pregunta, se les recomienda que lo usen y en caso de no traerlo, los oficiales les entregarán uno".

También descartó la detención inmediata de quienes no portan el referido artículo protector: "Ahorita hay mucha confusión de que si no traen los van a detener, no. El caso es que estamos apelando la corresponsabilidad con la ciudadanía, que es muy importante que nos apoyen".

Recalcó que en los casos en donde se pueda dar una sanción, es cuando se trate de una persona reincidente, la cual se negara y realice alguna agresión contra las oficiales, por lo cual la falta administrativa sería por este último concepto.

"Por ejemplo en los reportes que hemos atendido donde hay congregación de personas y fiestas en la calle, ahí es cuando varias personas se molestan al momento de recomendarles que se retiren o que porten cubreboca, y ahí es donde ya se pudiera ejecutar una falta administrativa en contra de éstas por no acatar esa situación", indicó.

Se puede salir a realizar actividades esenciales siempre cuando se use cubreboca

El presidente municipal de Guadalajara, Ismael del Toro Castro dejó en claro este lunes que se puede salir a realizar actividades indispensables como llevar a las mascotas al veterinario, ir a comprar alimentos, asistir a sucursales bancarias y trasladarse siempre y cuando se utilice el cubreboca.


Conoce más

En el decreto publicado este domingo en el Periódico Oficial del Estado de Jalisco, se establece que las sanciones que contemplan los dos artículos de la Ley de Salud, 417 y 427 van desde el apercibimiento, multa, clausura temporal y arresto hasta por 36 horas.

Aclara la Policía de Guadalajara que sólo en casos extremos habrá arrestos administrativos en contra de personas que se encuentren en la calle realizando actividades no esenciales y que no cumplan con las medidas sanitarias. Estos se podrán realizar únicamente después del apercibimiento y si la persona sigue mostrándose renuente a usar el cubreboca obligatorio o agresiva con los uniformados.

Chécalo:

El titular de Comunicación Social de la Comisaría de la Policía de Guadalajara, Jorge Montiel, señaló cómo será la actuación de la corporación en caso de que se detecte a una persona que no cumple con las nuevas medidas preventivas para evitar contagios de Covid-19 que se implementaron a partir de este lunes.

"Durante el recorrido de vigilancia de las unidades si ven a una persona que no tenga cubrebocas llega y se les pregunta, se les recomienda que lo usen y en caso de no traerlo, los oficiales les entregarán uno".

También descartó la detención inmediata de quienes no portan el referido artículo protector: "Ahorita hay mucha confusión de que si no traen los van a detener, no. El caso es que estamos apelando la corresponsabilidad con la ciudadanía, que es muy importante que nos apoyen".

Recalcó que en los casos en donde se pueda dar una sanción, es cuando se trate de una persona reincidente, la cual se negara y realice alguna agresión contra las oficiales, por lo cual la falta administrativa sería por este último concepto.

"Por ejemplo en los reportes que hemos atendido donde hay congregación de personas y fiestas en la calle, ahí es cuando varias personas se molestan al momento de recomendarles que se retiren o que porten cubreboca, y ahí es donde ya se pudiera ejecutar una falta administrativa en contra de éstas por no acatar esa situación", indicó.

Se puede salir a realizar actividades esenciales siempre cuando se use cubreboca

El presidente municipal de Guadalajara, Ismael del Toro Castro dejó en claro este lunes que se puede salir a realizar actividades indispensables como llevar a las mascotas al veterinario, ir a comprar alimentos, asistir a sucursales bancarias y trasladarse siempre y cuando se utilice el cubreboca.


Conoce más

En el decreto publicado este domingo en el Periódico Oficial del Estado de Jalisco, se establece que las sanciones que contemplan los dos artículos de la Ley de Salud, 417 y 427 van desde el apercibimiento, multa, clausura temporal y arresto hasta por 36 horas.

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