/ lunes 18 de diciembre de 2023

Scooters: Proliferan sin ninguna regulación

Todavía no existe un padrón y reglas básicas para hacerlo; sólo se recomienda circular por las ciclovías

Los patines eléctricos (también conocidos como scooter) serán uno de los regalos más codiciados esta Navidad por su sencilla forma para trasladarse y economía en un estado donde existen más de 4 millones de vehículos y su parque vehicular crece 5.2 por ciento cada año, según el último censo del INEGI. Utilizar vehículos motorizados prácticos convierte al scooter en un medio de transporte bastante cotizado.

Además de ser un medio práctico, adquirir uno de estos patines eléctricos también es económico ya que sus precios en el mercado oscilan entre los que han tenido un crecimiento anual del 12.7 por ciento lo que significa que se han adquirido más motos que automóviles Samir Espinoza requiere de un vehículo económico y que lo pueda llevar con rapidez a su trabajo. Consideró adquirir una motocicleta pero a voz de sus conocidos le recomendaron comprar un patín eléctrico ya que estos son más económicos y fáciles de llevar, además de no requerir emplacarlo y contar con licencia de manejo.

Te recomendamos:

“Tenía 20 mil pesos para comprarme una motocicleta pero finalmente opté por un scooter, me salió en 12 mil 900 pesos; es plegable, trae luz para andar de noche, buen frenado, de carga rápida y alcanza unos 30 kilómetros por hora y con eso me basta para ir y venir a mi trabajo así me quité el peligro de una moto además del precio porque son mucho más caras”, indicó Samir Espinoza.

Lo grave es que pese a que cada día es más frecuente ver a personas trasladarse en un scooter aún no existe un padrón de estos, además de no estar regulados por las autoridades, es decir no existen reglas básicas para circular por la ciudad. Al momento sólo se recomienda andar por las ciclovías.

Aunque la nueva Ley de Movilidad, Seguridad Vial y Transporte Público considera a los scooter como un vehículo no motorizado siempre y cuando no superen los 25 kilómetros por hora, según el artículo 5 de la ley, en el 195 de la legislación se especifica y clasifica como vehículos de movilidad activa a los que lleven motor de baja potencia no susceptible de alcanzar velocidades mayores a los 25 kilómetros por hora.

SIN REGULACIÓN

La regulación de este medio de transporte se ha buscado desde el 2020 por el Instituto Metropolitano de Planeación (IMEPLAN) de Guadalajara. Sin embargo no se ha logrado estipular normas oficiales. La presidenta de la Comisión de Movilidad en el Congreso de Jalisco, Mónica Magaña reconoció que existen reportes de scooter que pueden alcanzar los 100 kilómetros por hora por lo que urge comenzar con su regularización ya que la Ley de Movilidad establece que para no ser considerado como vehículo no motorizado no debe rebasar los 25 kilómetros por hora. Especialistas urgen a que debe reglamentarse, pero lo cierto es que aún no se da el regularlos.

Usuarios no utilizan ninguna protección. Foto. David Tamayo | El Occidental

ES MÁS COMÚN ESTE MEDIO DE TRANSPORTE: DIEGO MONRAZ

Por el otro lado el Secretario de Transporte de Jalisco Diego Monraz Villaseñor aceptó que cada vez es más común ver a las personas utilizado scooter por las calles de la ciudad pero que su regulaciónde la Ley de Movilidad de Jalisco ya que su competencia es de carácter municipal.

“Es una regulación municipal ya que no son medios de transporte público y la Secretaría de Transporte regula al transporte público no a lo individual, entonces son los municipios los que ya hicieron un intento a través del IMEPLAN de regularización pero parece que no se convirtieron en una práctica de modalidad regulada, pero desde su junta de regulación pueden regularlos”, indicó.

Pese que aún no existen reglas para su operación la recomendación de los expertos es que toda persona que utilice uno de estos medios de transporte práctico circulen por las ciclovías, no por calles y banquetas, utilicen casco protector y den prioridad al peatón como marca la jerarquía de la movilidad. Se sigue observando a usuarios circular sin casco protector.

Los patines eléctricos (también conocidos como scooter) serán uno de los regalos más codiciados esta Navidad por su sencilla forma para trasladarse y economía en un estado donde existen más de 4 millones de vehículos y su parque vehicular crece 5.2 por ciento cada año, según el último censo del INEGI. Utilizar vehículos motorizados prácticos convierte al scooter en un medio de transporte bastante cotizado.

Además de ser un medio práctico, adquirir uno de estos patines eléctricos también es económico ya que sus precios en el mercado oscilan entre los que han tenido un crecimiento anual del 12.7 por ciento lo que significa que se han adquirido más motos que automóviles Samir Espinoza requiere de un vehículo económico y que lo pueda llevar con rapidez a su trabajo. Consideró adquirir una motocicleta pero a voz de sus conocidos le recomendaron comprar un patín eléctrico ya que estos son más económicos y fáciles de llevar, además de no requerir emplacarlo y contar con licencia de manejo.

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“Tenía 20 mil pesos para comprarme una motocicleta pero finalmente opté por un scooter, me salió en 12 mil 900 pesos; es plegable, trae luz para andar de noche, buen frenado, de carga rápida y alcanza unos 30 kilómetros por hora y con eso me basta para ir y venir a mi trabajo así me quité el peligro de una moto además del precio porque son mucho más caras”, indicó Samir Espinoza.

Lo grave es que pese a que cada día es más frecuente ver a personas trasladarse en un scooter aún no existe un padrón de estos, además de no estar regulados por las autoridades, es decir no existen reglas básicas para circular por la ciudad. Al momento sólo se recomienda andar por las ciclovías.

Aunque la nueva Ley de Movilidad, Seguridad Vial y Transporte Público considera a los scooter como un vehículo no motorizado siempre y cuando no superen los 25 kilómetros por hora, según el artículo 5 de la ley, en el 195 de la legislación se especifica y clasifica como vehículos de movilidad activa a los que lleven motor de baja potencia no susceptible de alcanzar velocidades mayores a los 25 kilómetros por hora.

SIN REGULACIÓN

La regulación de este medio de transporte se ha buscado desde el 2020 por el Instituto Metropolitano de Planeación (IMEPLAN) de Guadalajara. Sin embargo no se ha logrado estipular normas oficiales. La presidenta de la Comisión de Movilidad en el Congreso de Jalisco, Mónica Magaña reconoció que existen reportes de scooter que pueden alcanzar los 100 kilómetros por hora por lo que urge comenzar con su regularización ya que la Ley de Movilidad establece que para no ser considerado como vehículo no motorizado no debe rebasar los 25 kilómetros por hora. Especialistas urgen a que debe reglamentarse, pero lo cierto es que aún no se da el regularlos.

Usuarios no utilizan ninguna protección. Foto. David Tamayo | El Occidental

ES MÁS COMÚN ESTE MEDIO DE TRANSPORTE: DIEGO MONRAZ

Por el otro lado el Secretario de Transporte de Jalisco Diego Monraz Villaseñor aceptó que cada vez es más común ver a las personas utilizado scooter por las calles de la ciudad pero que su regulaciónde la Ley de Movilidad de Jalisco ya que su competencia es de carácter municipal.

“Es una regulación municipal ya que no son medios de transporte público y la Secretaría de Transporte regula al transporte público no a lo individual, entonces son los municipios los que ya hicieron un intento a través del IMEPLAN de regularización pero parece que no se convirtieron en una práctica de modalidad regulada, pero desde su junta de regulación pueden regularlos”, indicó.

Pese que aún no existen reglas para su operación la recomendación de los expertos es que toda persona que utilice uno de estos medios de transporte práctico circulen por las ciclovías, no por calles y banquetas, utilicen casco protector y den prioridad al peatón como marca la jerarquía de la movilidad. Se sigue observando a usuarios circular sin casco protector.

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