El Itei ha emitido 58 amonestaciones en lo que va del año

De acuerdo al comisionado Salvador Romero Espinosa, la primera amonestación fue en contra de Ricardo Ramírez Ruelas, presidente del ayuntamiento de Tecolotlán

Elizabeth Ríos | El Occidental

  · miércoles 11 de diciembre de 2019

Foto: Cortesía | @CynthiaCanteroP

En sesión del Instituto de Transparencia, Información Pública y Protección de Datos Personales del Estado de Jalisco (Itei), de este miércoles, comisionados aprobaron amonestar al alcalde de Tecolotlán y a la encargada de la unidad de transparencia de San Cristóbal de la Barranca. Con estas, ya suman 58 amonestaciones públicas que ha emitido el organismo.


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De acuerdo al comisionado Salvador Romero Espinosa, la primera amonestación fue en contra de Ricardo Ramírez Ruelas, presidente del ayuntamiento de Tecolotlán, porque no se dio cumplimiento a la publicación y difusión de información pública fundamental en el portal de transparencia del municipio, a pesar de que se le requirió en tiempo y forma para que lo hiciera.

"Hay que recordar que cuando son recursos de transparencia, es decir, denuncias por falta de la publicación de obligaciones en los portales o la plataforma nacional, las sanciones son directamente contra los titulares del sujeto obligado, y en ese sentido aquí tendría que ser contra quien funge como presidente municipal".

En el otro caso, de San Cristóbal de la Barranca, dijo que derivó de un recurso de revisión en el cual ni se dio respuesta al solicitante de la información, ni se rindió informe ante el Instituto de Transparencia después de que se le requirió la entrega de información. En este caso la amonestación se dio en contra de María Guadalupe Solís Casillas, directora de Transparencia del Ayuntamiento.



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"En ese sentido se le apercibió de que en caso de no entregar la información, procedería a una amonestación y pues no la entregó, digamos que fue reiterativo en su incumplimiento, y lo que procede aquí es requerirle nuevamente y apercibirlo para una multa de 12 y 120 mil pesos en caso de que persista el incumplimiento".

En ambos casos se darán diez días hábiles, una vez se les notifique, para el cumplimiento de lo solicitado, en caso de que no quieran acceder a las multas ya enunciadas.

En cuanto al proceso, el comisionado recordó que estas multas se aplican directamente a la persona y no a la institución que representan y se establecen como crédito fiscal. En caso de que persista la omisión, se puede determinar arrestos administrativos de hasta 36 horas.


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Sin embargo, señaló que no han llegado a este tipo de términos, pues en lo que va del año los sujetos obligados han cumplido con transparentar la información. Refirió que hasta el momento no se han determinados multas ni mucho menos arrestos administrativos.

"Este año no impusimos ninguna multa, solo 58 amonestaciones, pero ya con la amonestación entienden afortunadamente y no llegamos a la multa y mucho menos al arresto", agregó.