/ miércoles 27 de noviembre de 2019

Diputados avalan castigar las terapias de reconversión y crímenes de odio

Las propuestas son del legislador Salvador Caro Cabrera de Movimiento Ciudadano, Mariana Fernández del PRI y Héctor Pizano Ramos de MC

Diputados de la Comisión de Puntos Constitucionales aprobaron castigar con 1 a 3 años de prisión e inhabilitación del ejercicio profesional a quien fomente, obligue y financie terapias de reconversión y prácticas no quirúrgica para modificar o anular la orientación sexual de las personas; también el castigar por crímenes de odio por orientación sexual, raza, grupo étnico, religión y creencias. Así mismo, avalaron el reconocer la identidad de género.


Chécalo:


Las propuestas son del diputado Salvador Caro Cabrera de Movimiento Ciudadano, de la diputada Mariana Fernández del PRI y Héctor Pizano Ramos de MC.

Caro Cabrera, dijo que se busca erradicar en el Estado las terapias de reconversión, sancionándolas con prisión de 1 a 3 años y caso de que se trate de menores que implique un efecto nocivo en ellos se incrementará la pena en una tercera parte.

"Hay personas con las que estuve trabajando la iniciativa (LGTB) y fueron obligadas por sus familiares a acudir con este tipo de terapias con efectos adversos para su estabilidad, que traen como consecuencia: depresión, suicidio y pérdida de tiempo", subrayó el legislador que rechazó que se castigará a los padres de familia, pero sí se hará contra quienes promuevan y financian este tipo de terapias de reconversión.


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“No tienen identificados lugares donde se realice, no es un tema persecutorio, es disuasivo para que todos podamos vivir en libertad", puntualizó.

Identidad de género 1 año "congelada"

Tras 1 año y 25 días en la "congeladora", la Comisión de Puntos Constitucionales que preside la diputada del PAN, Claudia Murguía Torres, avaló la propuesta de los diputados Héctor Pizano Ramos y Enrique Velázquez del PRD de reconocer la identidad de género.



Pizano Ramos, destacó que es, " reconocer la identidad de género a personas que hoy se asumen en otras circunstancias a la original que consta en su documento de identificación, y puedan tener la posibilidad de identificarse con esa nueva circunstancia que ellos viven y que son discriminados de una forma permanente e impide realizar su vida de forma normal". Agregó que es un tema donde "se va muy tarde en reconocimiento de derechos".


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Agregó que ahora las personas que "han determinado cambiar de sexo, particularmente los transexuales, que tienen un gran problema para identificarse en la sociedad, al presentarse con su pasaporte continúan manteniendo una imagen y una asignación de género diferente al que ya viven y es una complejidad enorme poder contener los documentos originales y hacer la anotación en el acta. En el acta de nacimiento original permanecerá con los registros de origen, y toda su circunstancia, pero se hará la anotación de los cambios quedará reservada para protección de sus datos". Y con ello podrá hacer todos los trámites correspondientes para que cuente con nuevas identificaciones de acuerdo a su circunstancia". El INE no tendrá problema al llegar la persona con su acta de nacimiento modificada y sacar su identificación, señaló Pizano.

Crímenes de odio

La propuesta de la diputada del PRI, Mariana Fernández, es la reforma al artículo 219 del Código Penal del Estado para castigar a quienes cometan crímenes de odio por su orientación sexual, su identidad o expresión de género, su condición social y económica, su origen étnico o apariencia física, nacionalidad o lugar de origen, su religión o creencias, su ideología y militancia política, su color de piel o discapacidad.

Dijo que se presume que existen crímenes de odio cuando el sujeto activo del delito se ha expresado de manera personal por redes sociales o por algún otro medio de difusión, rechazo, repudio, desprecio e intolerancia contra el colectivo de personas al que pertenezca la víctima o cuando existan antecedentes o datos previos al hecho delictivo, que indicien que hubo amenazas o acoso contra la víctima por razón de su pertenencia a dichos.

Diputados de la Comisión de Puntos Constitucionales aprobaron castigar con 1 a 3 años de prisión e inhabilitación del ejercicio profesional a quien fomente, obligue y financie terapias de reconversión y prácticas no quirúrgica para modificar o anular la orientación sexual de las personas; también el castigar por crímenes de odio por orientación sexual, raza, grupo étnico, religión y creencias. Así mismo, avalaron el reconocer la identidad de género.


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Las propuestas son del diputado Salvador Caro Cabrera de Movimiento Ciudadano, de la diputada Mariana Fernández del PRI y Héctor Pizano Ramos de MC.

Caro Cabrera, dijo que se busca erradicar en el Estado las terapias de reconversión, sancionándolas con prisión de 1 a 3 años y caso de que se trate de menores que implique un efecto nocivo en ellos se incrementará la pena en una tercera parte.

"Hay personas con las que estuve trabajando la iniciativa (LGTB) y fueron obligadas por sus familiares a acudir con este tipo de terapias con efectos adversos para su estabilidad, que traen como consecuencia: depresión, suicidio y pérdida de tiempo", subrayó el legislador que rechazó que se castigará a los padres de familia, pero sí se hará contra quienes promuevan y financian este tipo de terapias de reconversión.


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Pizano Ramos, destacó que es, " reconocer la identidad de género a personas que hoy se asumen en otras circunstancias a la original que consta en su documento de identificación, y puedan tener la posibilidad de identificarse con esa nueva circunstancia que ellos viven y que son discriminados de una forma permanente e impide realizar su vida de forma normal". Agregó que es un tema donde "se va muy tarde en reconocimiento de derechos".


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Crímenes de odio

La propuesta de la diputada del PRI, Mariana Fernández, es la reforma al artículo 219 del Código Penal del Estado para castigar a quienes cometan crímenes de odio por su orientación sexual, su identidad o expresión de género, su condición social y económica, su origen étnico o apariencia física, nacionalidad o lugar de origen, su religión o creencias, su ideología y militancia política, su color de piel o discapacidad.

Dijo que se presume que existen crímenes de odio cuando el sujeto activo del delito se ha expresado de manera personal por redes sociales o por algún otro medio de difusión, rechazo, repudio, desprecio e intolerancia contra el colectivo de personas al que pertenezca la víctima o cuando existan antecedentes o datos previos al hecho delictivo, que indicien que hubo amenazas o acoso contra la víctima por razón de su pertenencia a dichos.

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