/ viernes 13 de julio de 2018

Deben reparar el daño a fallecidos en atentado a Nájera: CEDHJ

Señala directamente a los gobiernos de Jalisco y de Zapopan

Deberán gobierno del Estado y el gobierno municipal de Zapopan reparar el daño por la vía económica a deudos del niño Tadeo y el trabajador alcanzado por una bala perdida, que murieron tras el fallido atentado contra el hoy ex secretario del Trabajo, Luis Carlos Nájera Gutiérrez de Velasco, según la recomendación emitida este mediodía por la Comisión Estatal de Derechos Humanos Jalisco (CEDHJ) bajo el número 21/2018.

Reconoce la dependencia el tiempo breve para emitir tal determinación, pero por la gravedad del asunto es necesario respaldar a los familiares de los fallecidos. Hay cuatro investigaciones más por separado, donde se incluye a quienes resultaron lesionados y también ameritan atención médica especializada, como es la propia mamá de Tadeo que se encuentra en Galveston.

Como recordará, los hechos ocurrieron el 21 de mayo pasado, cuando en un restaurante de la zona de Chapultepec comía el entonces funcionario. Los conceptos de violación son el derecho a la vida, a la legalidad, a la seguridad jurídica y a la seguridad y está dirigida a la Fiscalía General del Estado y a la Comisaría de Seguridad Pública del Ayuntamiento de Zapopan.

Detalla la CEDHJ que al día siguiente, el 22 de mayo de 2018, la defensoría abrió una queja a favor de las víctimas que perdieron la vida en dos acontecimientos diferentes. El primero fue un hombre que recibió una bala perdida cuando cruzaba por un puente peatonal cercano a donde se desarrollaba una persecución y balacera para detener a los participantes del atentado.

El segundo suceso consistió en tres bloqueos, donde fueron incendiados vehículos, entre ellos un camión de transporte público en el que viajaban una mujer y su hijo, quienes no pudieron salir y resultaron con quemaduras en 90 por ciento de su cuerpo. Tras la atención brindada, el menor de ocho meses falleció y su madre quedó en estado grave.

Krystian Felype Luis Navarro, coordinador general de Quejas y Atención a Víctimas de la Comisión, explicó que esta Recomendación tiene como principal objetivo atender a las dos personas que perdieron la vida: “La Recomendación dice que, si bien no se encuentra una responsabilidad directa al derecho fundamental, es decir, algún servidor público que haya sido encontrado omiso o culpable de esta violación, se entiende que la obligación de garantizar la vida y la seguridad es de todas las autoridades, en concreto de los tres niveles de gobierno; en este caso del Gobierno de Jalisco y del Ayuntamiento de Zapopan”, explicó.

Fernando Zambrano, coordinador de Seguimiento a Recomendaciones, dijo que la resolución se hizo en un corto plazo por el grado de afectación sufrida y para otorgarles de manera pronta la protección que establece la Ley de la CEDHJ y la Ley Estatal de Víctimas. Al respecto agregó: “La Comisión ya documentó esa violación por parte tanto de la autoridad estatal como la municipal, pero a través de eso se les da un reconocimiento a los familiares en calidad de víctimas indirectas. Con este reconocimiento, ambas autoridades están obligadas a generar esta reparación del daño integral que consiste en el aspecto económico, la atención médica, psicológica, asesoría jurídica”.

Deberán gobierno del Estado y el gobierno municipal de Zapopan reparar el daño por la vía económica a deudos del niño Tadeo y el trabajador alcanzado por una bala perdida, que murieron tras el fallido atentado contra el hoy ex secretario del Trabajo, Luis Carlos Nájera Gutiérrez de Velasco, según la recomendación emitida este mediodía por la Comisión Estatal de Derechos Humanos Jalisco (CEDHJ) bajo el número 21/2018.

Reconoce la dependencia el tiempo breve para emitir tal determinación, pero por la gravedad del asunto es necesario respaldar a los familiares de los fallecidos. Hay cuatro investigaciones más por separado, donde se incluye a quienes resultaron lesionados y también ameritan atención médica especializada, como es la propia mamá de Tadeo que se encuentra en Galveston.

Como recordará, los hechos ocurrieron el 21 de mayo pasado, cuando en un restaurante de la zona de Chapultepec comía el entonces funcionario. Los conceptos de violación son el derecho a la vida, a la legalidad, a la seguridad jurídica y a la seguridad y está dirigida a la Fiscalía General del Estado y a la Comisaría de Seguridad Pública del Ayuntamiento de Zapopan.

Detalla la CEDHJ que al día siguiente, el 22 de mayo de 2018, la defensoría abrió una queja a favor de las víctimas que perdieron la vida en dos acontecimientos diferentes. El primero fue un hombre que recibió una bala perdida cuando cruzaba por un puente peatonal cercano a donde se desarrollaba una persecución y balacera para detener a los participantes del atentado.

El segundo suceso consistió en tres bloqueos, donde fueron incendiados vehículos, entre ellos un camión de transporte público en el que viajaban una mujer y su hijo, quienes no pudieron salir y resultaron con quemaduras en 90 por ciento de su cuerpo. Tras la atención brindada, el menor de ocho meses falleció y su madre quedó en estado grave.

Krystian Felype Luis Navarro, coordinador general de Quejas y Atención a Víctimas de la Comisión, explicó que esta Recomendación tiene como principal objetivo atender a las dos personas que perdieron la vida: “La Recomendación dice que, si bien no se encuentra una responsabilidad directa al derecho fundamental, es decir, algún servidor público que haya sido encontrado omiso o culpable de esta violación, se entiende que la obligación de garantizar la vida y la seguridad es de todas las autoridades, en concreto de los tres niveles de gobierno; en este caso del Gobierno de Jalisco y del Ayuntamiento de Zapopan”, explicó.

Fernando Zambrano, coordinador de Seguimiento a Recomendaciones, dijo que la resolución se hizo en un corto plazo por el grado de afectación sufrida y para otorgarles de manera pronta la protección que establece la Ley de la CEDHJ y la Ley Estatal de Víctimas. Al respecto agregó: “La Comisión ya documentó esa violación por parte tanto de la autoridad estatal como la municipal, pero a través de eso se les da un reconocimiento a los familiares en calidad de víctimas indirectas. Con este reconocimiento, ambas autoridades están obligadas a generar esta reparación del daño integral que consiste en el aspecto económico, la atención médica, psicológica, asesoría jurídica”.

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