/ martes 28 de agosto de 2018

Congreso del Estado aprueba la Ley del Notariado en Jalisco

Con 30 votos a favor, tres en contra y dos abstenciones fue aprobada la Ley del Notariado en Jalisco, que establece que los notarios públicos ya no serán vitalicios

Con las acusaciones del diputado Hugo Rodríguez Díaz, que señaló que varias notarías están convertidas “en centros del crimen organizado y lo digo con conocimiento de causa e innumerables notarios son verdaderos bandidos”, el Pleno del Congreso del Estado aprobó con 30 votos a favor, tres en contra y dos abstenciones la Ley del Notariado en Jalisco, que establece que los notarios públicos ya no serán vitalicios.


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Fue motivo de polémica esta reforma a la Ley del Notariado Público, ya que el diputado ligado a Morena, Hugo Rodríguez, cuestionó la premura de aprobar una ley sin que aún no se tenga la federal, “no es posible votar esta ley por componendas políticas y haciendo a un lado lo que señala la ley. Ya debería el secretario general de Gobierno sancionar a innumerables notarios que son verdaderos delincuentes. No es posible que diputados atendamos razones políticas”.

La diputada del PRI Rocío Corona Nakamura salió en defensa de la ley y dijo que era válida, factible y con sustento con el quinto transitorio que se incluyó: “La legislación procesal civil y familiar de la Federación y entidades federativas continuará vigente hasta que entre en vigor la legislación del artículo 73 fracción XXX”. Es decir, en tanto no haya algún cambio en las leyes secundarias civiles y familiares tendrá vigencia esta reforma.


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A Rodríguez le reviró Corona: “No somos omisos de lo que ha estado pasando por primera vez en su historia el Gobierno retira los fiat y varios notarios se encuentran suspendidos, sujetos a investigación, hay que ver completo el documento”.

Ya no habrá notariados vitalicios

Las reformas que implica esta Ley del Notariado: se terminan los notarios públicos vitalicios, se les retira el fiat a los 80 años de edad; se establece que el servidor público que aspire a ser fedatario tendrá que separarse un año antes de su registro y se le dan facultades para llevar juicios de tramitación especial, como divorcios administrativos, sucesiones y rectificación de actas.

“Tiene que ser a petición de parte ante notario que ellos decidan, siempre que no haya controversias o pleito entre las partes”.

En el caso de los divorcios administrativos se requiere que no haya menores de edad, ni que los hijos sean mayores de edad y estén estudiando; en las sucesiones, que son intestados, ya no tendrán que ir ante el órgano jurisdiccional, un juez, todo el procedimiento se hará ante el notario público, igual con la rectificación de actas.


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El diputado independiente Pedro Kumamoto lamentó que en pleno Día del Adulto Mayor los diputados incurran en actos discriminatorios por edad, al establecer que al contar con 80 años de edad ya no serán notarios, cuando en lugar de poner la edad como limitante debería ser la capacidad profesional, deberían haberse puesto exámenes de oposición para ser evaluados.

El diputado de Movimiento Ciudadano Augusto Valencia criticó el que Rodríguez desacreditara el trabajo de muchas semanas para elaborar la ley, de desacreditar a las notarías y al diputado Kumamoto al plantear posturas que nunca dio cuando se trabajó en la reforma.

Con las acusaciones del diputado Hugo Rodríguez Díaz, que señaló que varias notarías están convertidas “en centros del crimen organizado y lo digo con conocimiento de causa e innumerables notarios son verdaderos bandidos”, el Pleno del Congreso del Estado aprobó con 30 votos a favor, tres en contra y dos abstenciones la Ley del Notariado en Jalisco, que establece que los notarios públicos ya no serán vitalicios.


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La diputada del PRI Rocío Corona Nakamura salió en defensa de la ley y dijo que era válida, factible y con sustento con el quinto transitorio que se incluyó: “La legislación procesal civil y familiar de la Federación y entidades federativas continuará vigente hasta que entre en vigor la legislación del artículo 73 fracción XXX”. Es decir, en tanto no haya algún cambio en las leyes secundarias civiles y familiares tendrá vigencia esta reforma.


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Las reformas que implica esta Ley del Notariado: se terminan los notarios públicos vitalicios, se les retira el fiat a los 80 años de edad; se establece que el servidor público que aspire a ser fedatario tendrá que separarse un año antes de su registro y se le dan facultades para llevar juicios de tramitación especial, como divorcios administrativos, sucesiones y rectificación de actas.

“Tiene que ser a petición de parte ante notario que ellos decidan, siempre que no haya controversias o pleito entre las partes”.

En el caso de los divorcios administrativos se requiere que no haya menores de edad, ni que los hijos sean mayores de edad y estén estudiando; en las sucesiones, que son intestados, ya no tendrán que ir ante el órgano jurisdiccional, un juez, todo el procedimiento se hará ante el notario público, igual con la rectificación de actas.


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