La Comisión Estatal de Derechos Humanos Jalisco (CEDHJ) exhorta a los 125 ayuntamientos atender las acciones implementadas por el Gobierno Federal y estatal para evitar la propagación del Covid-19.
Además, recomienda a las y los presidentes municipales seis acciones para contener la enfermedad en tanto no se levante la declaratoria de emergencia (tentativamente señalada hasta el 30 de abril de 2020).
Entre estas medidas se señala: girar instrucciones para que se lleven a cabo sólo actividades consideradas esenciales.
Primera Atender en forma inmediata y cabal los lineamientos federales y estatales para que dentro de su territorio únicamente se lleven a cabo actividades consideradas esenciales.
Segunda Toda obra pública y privada que no resulte esencial o indispensable realizarse durante esta contingencia, deberá ser prorrogada para ejecutarse con posteridad al periodo señalado.
Tercera La expedición de autorizaciones, dictámenes o licencias municipales que no resulten indispensables realizar durante esta declaratoria de emergencia como parte de las actividades esenciales, deberán ser aplazadas hasta que se regularice la situación de salud que hoy prevalece.
Cuarta Con el fin de evitar la ejecución de obras que pudiesen afectar de manera negativa el medio ambiente, se sugiere aplazar la emisión de autorizaciones en materia de impacto ambiental, y otras cuya dictaminación dependa de la existencia de diversas autorizaciones del orden municipal, estatal o federal que también se encuentren con una actividad disminuida debido a la estrategia de prevención ante la pandemia.
Quinta Se garanticen los derechos humanos de las personas de escasos recursos, las y los trabajadores formales e informales, quienes han resentido la reducción de sus ingresos, dependientes en su totalidad del intercambio comercial directo.
Sexta Con el fin de salvaguardar el Estado de derecho, aunado a los datos del avance de la pandemia, de deberán generar instrumentos de divulgación que permitan la comprensión,por parte de la sociedad, de los alcances de instrumentos como los Principios de Siracusa sobre las Disposiciones de Limitación y Derogación del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, así como los comentarios de excepciones durante un Estado de emergencia del Comité de Derechos Humanos de la ONU (CDH), que entre otras cosas, establecen que las limitaciones al ejercicio de los derechos humanos no serán arbitrarias o irrazonables, por lo que un Estado no utilizará medios más restrictivos de lo que sea necesario para lograr el propósito de la limitación.
Lo anterior con el propósito de contribuir en aplanar la curva de la epidemia y evitar sobrecargar los servicios de salud con el propósito de atender de manera pronta a quienes lo requieran.
"Para esta CEDHJ es de suma importancia que los municipios de Jalisco, en el ámbito de sus competencias, atiendan los lineamientos para hacer frente a esta emergencia sanitaria nacional, en apego a los derechos humanos y con un fuerte compromiso con la seguridad, salud e integridad no sólo de su comunidad, sino de la entidad y del país", se indica a través de un comunicado.
Lo anterior con el propósito de contribuir en aplanar la curva de la epidemia y evitar sobrecargar los servicios de salud con el propósito de atender de manera pronta a quienes lo requieran.
"Para esta CEDHJ es de suma importancia que los municipios de Jalisco, en el ámbito de sus competencias, atiendan los lineamientos para hacer frente a esta emergencia sanitaria nacional, en apego a los derechos humanos y con un fuerte compromiso con la seguridad, salud e integridad no sólo de su comunidad, sino de la entidad y del país" se indica a través de un comunicado.