/ viernes 6 de julio de 2018

Confirma tribunal monopolio en taxis del Aeropuerto de la CdMx

El tribunal colegiado notificó su sentencia, en la que negó al Aeropuerto todos los argumentos con los que quiso desvirtuar la conclusión de Cofece

El Primer Tribunal Colegiado Especializado en Telecomunicaciones y Competencia Económica confirmó en definitiva que el Aeropuerto Internacional de la Ciudad de México (AICM) incurrió en prácticas monopólicas relativas por el manejo del servicio de taxis, en el periodo de 2009 a 2015, aunque anuló la multa de 63.1 millones de pesos que la Comisión Federal de Competencia Económica (Cofece) impuso al AICM en septiembre de 2016, pues no justificó legalmente la gravedad de la conducta, por lo que tendrá que dictar una nueva resolución.

En septiembre de 2016, la Cofece impuso una multa de 63. 1 millones de pesos a la administración del Aeropuerto Internacional de la Ciudad de México (AICM) por prácticas discriminatorias en el otorgamiento de contratos a taxistas en la terminal.

Ayer, el tribunal colegiado notificó su sentencia, en la que negó al Aeropuerto todos los argumentos con los que quiso desvirtuar la conclusión de Cofece de que cometió prácticas monopólicas relativas.

Dichas prácticas consistieron en cláusulas discriminatorias en los convenios firmados con cinco empresas para repartirse las nuevas unidades que pueden prestar el servicio de taxi desde el AICM.

En su resolución, el tribunal anuló la multa que impuso la Cofece al AICM en septiembre de 2016, pues dicha autoridad no justificó legalmente la gravedad de la conducta ni la afectación en los costos que pagan los usuarios del aeropuerto.

La Cofece tendrá que dictar una nueva resolución en la que funde y motive correctamente estos puntos, y resuelva si vuelve a multar al AICM, o si considera que la práctica monopólica no amerita sanción.


El Primer Tribunal Colegiado Especializado en Telecomunicaciones y Competencia Económica confirmó en definitiva que el Aeropuerto Internacional de la Ciudad de México (AICM) incurrió en prácticas monopólicas relativas por el manejo del servicio de taxis, en el periodo de 2009 a 2015, aunque anuló la multa de 63.1 millones de pesos que la Comisión Federal de Competencia Económica (Cofece) impuso al AICM en septiembre de 2016, pues no justificó legalmente la gravedad de la conducta, por lo que tendrá que dictar una nueva resolución.

En septiembre de 2016, la Cofece impuso una multa de 63. 1 millones de pesos a la administración del Aeropuerto Internacional de la Ciudad de México (AICM) por prácticas discriminatorias en el otorgamiento de contratos a taxistas en la terminal.

Ayer, el tribunal colegiado notificó su sentencia, en la que negó al Aeropuerto todos los argumentos con los que quiso desvirtuar la conclusión de Cofece de que cometió prácticas monopólicas relativas.

Dichas prácticas consistieron en cláusulas discriminatorias en los convenios firmados con cinco empresas para repartirse las nuevas unidades que pueden prestar el servicio de taxi desde el AICM.

En su resolución, el tribunal anuló la multa que impuso la Cofece al AICM en septiembre de 2016, pues dicha autoridad no justificó legalmente la gravedad de la conducta ni la afectación en los costos que pagan los usuarios del aeropuerto.

La Cofece tendrá que dictar una nueva resolución en la que funde y motive correctamente estos puntos, y resuelva si vuelve a multar al AICM, o si considera que la práctica monopólica no amerita sanción.


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