/ miércoles 16 de septiembre de 2020

Emite recomendación la CEDHJ por un caso de tortura de la ex Procuraduría General de Justicia del Estado

La inconforme presentó una queja en 2019 en la que señaló que el año 2006 fue objeto de agresiones físicas

Por diversos actos de tortura realizados en 2006 en contra de una mujer que se encontraba privada de su libertad por parte de elementos de la Policía Investigadora del área de Secuestros, de la entonces Procuraduría General de Justicia del Estado, la Comisión Estatal de Derechos Humanos Jalisco (CEDHJ) emitió la Recomendación 33/2020, dirigida al fiscal de Jalisco.

La inconforme presentó una queja en 2019 en la que señaló que el año 2006 fue objeto de agresiones físicas, psicológicas y sexuales, acompañadas de amenazas de muerte, y que fue forzada por los policías investigadores a admitir ante las cámaras de medios de comunicación que había realizado un secuestro y que le habían pagado por ello, por lo que, finalmente, la trasladaron al Reclusorio Femenil de Puente Grande.

Chécalo:

Admitida la queja, los policías investigadores involucrados rindieron sus informes y negaron haber maltratado a la detenida; sin embargo, concatenadas las evidencias obtenidas de las declaraciones, los partes médicos de lesiones, la historia clínica elaborada al ingreso del reclusorio y durante su estancia, y los dictámenes periciales especializados basados en el protocolo de Estambul, emitidos por peritos del IJCF ante el juez de la causa y de la Comisión, concluyeron que “se encontraron los indicios para establecer una correlación entre los datos recabados y lo narrado durante la entrevista, referente a posibles casos de tortura y otros tratos crueles, inhumanos o degradantes, presentando sintomatología del trastorno de estrés postraumático”.

A la inconforme también le fue violado su derecho humano a la legalidad en relación con el incumplimiento de la función pública, así como al trato digno, debido a que el actuar de la autoridad fue irregular, pues sus funciones no se ajustaron a la forma y términos que la ley le señala.

Por ello la CEDHJ emitió puntos recomendatorios al titular de la Fiscalía del Estado, Gerardo Octavio Solís, en los que se solicita: Realizar en favor de la víctima directa la atención y reparación integral, para lo cual deberá otorgar todas las medidas de restitución, rehabilitación, compensación, satisfacción y garantías de no repetición que resulten procedentes.

Además de que se ofrezca atención psicológica especializada por el tiempo que sea necesario a la víctima, a fin de que supere el trauma y afectaciones emocionales que pudiera estar sufriendo.

Igualmente se pide que se inicie el trámite y concluya procedimiento de responsabilidad administrativa en contra de los agentes de la Policía Investigadora involucrados, así como que se inicie, tramite y concluya la carpeta de investigación que deberá integrarse en contra de los elementos debido a su probable responsabilidad penal en la comisión de los delitos de abuso de autoridad, tortura, lesiones y los que resulten, por los hechos analizados.


Por diversos actos de tortura realizados en 2006 en contra de una mujer que se encontraba privada de su libertad por parte de elementos de la Policía Investigadora del área de Secuestros, de la entonces Procuraduría General de Justicia del Estado, la Comisión Estatal de Derechos Humanos Jalisco (CEDHJ) emitió la Recomendación 33/2020, dirigida al fiscal de Jalisco.

La inconforme presentó una queja en 2019 en la que señaló que el año 2006 fue objeto de agresiones físicas, psicológicas y sexuales, acompañadas de amenazas de muerte, y que fue forzada por los policías investigadores a admitir ante las cámaras de medios de comunicación que había realizado un secuestro y que le habían pagado por ello, por lo que, finalmente, la trasladaron al Reclusorio Femenil de Puente Grande.

Chécalo:

Admitida la queja, los policías investigadores involucrados rindieron sus informes y negaron haber maltratado a la detenida; sin embargo, concatenadas las evidencias obtenidas de las declaraciones, los partes médicos de lesiones, la historia clínica elaborada al ingreso del reclusorio y durante su estancia, y los dictámenes periciales especializados basados en el protocolo de Estambul, emitidos por peritos del IJCF ante el juez de la causa y de la Comisión, concluyeron que “se encontraron los indicios para establecer una correlación entre los datos recabados y lo narrado durante la entrevista, referente a posibles casos de tortura y otros tratos crueles, inhumanos o degradantes, presentando sintomatología del trastorno de estrés postraumático”.

A la inconforme también le fue violado su derecho humano a la legalidad en relación con el incumplimiento de la función pública, así como al trato digno, debido a que el actuar de la autoridad fue irregular, pues sus funciones no se ajustaron a la forma y términos que la ley le señala.

Por ello la CEDHJ emitió puntos recomendatorios al titular de la Fiscalía del Estado, Gerardo Octavio Solís, en los que se solicita: Realizar en favor de la víctima directa la atención y reparación integral, para lo cual deberá otorgar todas las medidas de restitución, rehabilitación, compensación, satisfacción y garantías de no repetición que resulten procedentes.

Además de que se ofrezca atención psicológica especializada por el tiempo que sea necesario a la víctima, a fin de que supere el trauma y afectaciones emocionales que pudiera estar sufriendo.

Igualmente se pide que se inicie el trámite y concluya procedimiento de responsabilidad administrativa en contra de los agentes de la Policía Investigadora involucrados, así como que se inicie, tramite y concluya la carpeta de investigación que deberá integrarse en contra de los elementos debido a su probable responsabilidad penal en la comisión de los delitos de abuso de autoridad, tortura, lesiones y los que resulten, por los hechos analizados.


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