/ miércoles 27 de marzo de 2019

Tira Cofepris negocio de la marihuana

La dependencia, adscrita a la Secretaría de Salud, plantea realizar acciones para concretar una armonización reglamentaria y normativa apegada a la legalidad

La Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios (Cofepris), revocó los Lineamientos en materia de control sanitario de la cannabis y derivados de la misma”, publicados el 30 de octubre de 2018, por el anterior comisionado Julio Sánchez y Tepoz.

Con ello, la dependencia, adscrita a la Secretaría de Salud (SSa), plantea realizar acciones para concretar una armonización reglamentaria y normativa apegada a la legalidad, pues menciona que estos lineamientos contravienen la Ley General de Salud, que se reformó en 2017, al autorizar la comercialización de diversos productos con derivado de la cannabis (THC) en usos distintos a los médicos y científicos.

La Cofepris consideró que estas sustancias se encuentran clasificadas como estupefacientes o psicotrópicos de acuerdo con lo dispuesto en la misma ley.

Así mismo, la Subsecretaría de Industria y Comercio de la Secretaría de Economía, a través de la Dirección General de Comercio Exterior, concluyó que los lineamientos emitidos al final del sexenio de Enrique Peña Nieto, contravienen también, la normatividad en materia del establecimiento de regulaciones no arancelarias al comercio exterior, previsto en la Ley de Comercio Exterior y su Reglamento.

Esto, porque no contó con la aprobación de la Comisión de Comercio Exterior –de la que Cofepris forma parte en representación de la SSa -, no haberse publicado en el Diario Oficial de la Federación y, no haberse modificado el Acuerdo de regulaciones no arancelarias de la Secretaría de Salud en términos de las fracciones arancelarias y nomenclatura que les corresponde, según la Tarifa de la Ley de los Impuestos Generales de Importación y de Exportación.

Además, menciona que tales lineamientos involucran mercancías actualmente prohibidas en su comercio por dicha tarifa.

Cabe señalar, que el pasado 21 de noviembre, la Cofepris inauguró el mercado de productos a base de cannabis y sus derivados, con la aprobación de 38 productos, entre alimentos, suplementos y cosméticos.

Para ese entonces la Cofepris avaló los productos de cuatro empresas mexicanas, una de España y dos de Estados Unidos, como parte de la “primera liberación de productos de cannabis y sus derivados”.

En su momento, el entonces comisionado de la Cofepris, Sánchez y Tépoz resaltó que estos productos no contaban con efectos psicotrópicos, ni psicoactivos, a no superar el el 1% de THC.

La Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios (Cofepris), revocó los Lineamientos en materia de control sanitario de la cannabis y derivados de la misma”, publicados el 30 de octubre de 2018, por el anterior comisionado Julio Sánchez y Tepoz.

Con ello, la dependencia, adscrita a la Secretaría de Salud (SSa), plantea realizar acciones para concretar una armonización reglamentaria y normativa apegada a la legalidad, pues menciona que estos lineamientos contravienen la Ley General de Salud, que se reformó en 2017, al autorizar la comercialización de diversos productos con derivado de la cannabis (THC) en usos distintos a los médicos y científicos.

La Cofepris consideró que estas sustancias se encuentran clasificadas como estupefacientes o psicotrópicos de acuerdo con lo dispuesto en la misma ley.

Así mismo, la Subsecretaría de Industria y Comercio de la Secretaría de Economía, a través de la Dirección General de Comercio Exterior, concluyó que los lineamientos emitidos al final del sexenio de Enrique Peña Nieto, contravienen también, la normatividad en materia del establecimiento de regulaciones no arancelarias al comercio exterior, previsto en la Ley de Comercio Exterior y su Reglamento.

Esto, porque no contó con la aprobación de la Comisión de Comercio Exterior –de la que Cofepris forma parte en representación de la SSa -, no haberse publicado en el Diario Oficial de la Federación y, no haberse modificado el Acuerdo de regulaciones no arancelarias de la Secretaría de Salud en términos de las fracciones arancelarias y nomenclatura que les corresponde, según la Tarifa de la Ley de los Impuestos Generales de Importación y de Exportación.

Además, menciona que tales lineamientos involucran mercancías actualmente prohibidas en su comercio por dicha tarifa.

Cabe señalar, que el pasado 21 de noviembre, la Cofepris inauguró el mercado de productos a base de cannabis y sus derivados, con la aprobación de 38 productos, entre alimentos, suplementos y cosméticos.

Para ese entonces la Cofepris avaló los productos de cuatro empresas mexicanas, una de España y dos de Estados Unidos, como parte de la “primera liberación de productos de cannabis y sus derivados”.

En su momento, el entonces comisionado de la Cofepris, Sánchez y Tépoz resaltó que estos productos no contaban con efectos psicotrópicos, ni psicoactivos, a no superar el el 1% de THC.

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