/ viernes 16 de octubre de 2020

Tipifican como delito el suicidio feminicida y violencia política contra las mujeres en razón de género

Al agresor se le podrá llevar a prisión hasta por seis años

El Pleno de la LXII Legislatura aprobó tipificar como delito la inducción o ayuda al suicidio feminicida, también entra en este catálogos de delitos la Violencia Política Contra las Mujeres en Razón de Género con seis años de prisión y sanciones económicas de ocho mil 688 a 17 mil 376 pesos.

También avalaron los legisladores de Jalisco que a consecuencia de una violación, naciera un bebé, se podrá decretar como parte de la reparación del daño una indemnización equivalente a la obligación de dar alimentos a este y a la madre hasta la mayoría de edad del menor.

La presidenta de la Mesa Directiva, la diputada Sofía García Mosqueda, expuso que estas reformas son un avance contra la violencia de género.

Hizo un llamado a "respetar el cuerpo de las mujeres y evitar conductas agresivas en contra de ellas".

La violencia de género refleja la asimetría existente en las relaciones de poder entre varones y mujeres y perpetúa la sumisión y degradación de lo femenino frente a lo masculino, indicó.

Te recomendamos:

En el caso del delito de violencia política contra las mujeres en razón de género, significa: “A quien por cualquier medio cause daño físico, psicológico, económico o sexual en contra de una o varias mujeres y/o de cualquier miembro de su familia, para restringir, suspender, impedir, menoscabar o anular el reconocimiento, goce o ejercicio de los derechos políticos-electorales o de las prerrogativas inherentes a un cargo público, o inducirla u obligarla a tomar decisiones de la misma índole en contra de su voluntad”.

Al agresor se le podrá llevar a prisión hasta por seis años, aunado a una sanción de 100 a 200 veces el valor diario de la Unidad de Medida de Actualización (UMA) que van de los 8 mil a 17 mil pesos.

Así mismo, los diputados y diputadas incluyeron en este listado de delitos la Inducción o Ayuda al Suicidio Feminicida, que señala “a quien indujere u obligue a una mujer al suicidio o le prestaré ayuda para cometerlo”.

Se agregan penas de prisión a quienes violen las órdenes de protección preventiva o de emergencia, así como castigos a los servidores públicos que dejen de custodiar injustificadamente el lugar de los hechos u obstaculicen, violen o infrinjan una orden de protección preventiva o de emergencia de las establecidas en la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia.

Manifestaron que existe preoucpación por el aumento de casos de violación en Jalisco y la insuficiencia de las sanciones para este tipo de ilícitos,de ahí que aumentan hasta por 25 años de cárcel las sanciones y se establece que, si como consecuencia del ultraje naciera una persona, se podrá decretar como parte de la reparación del daño una indemnización equivalente a la obligación de dar alimentos a éste y a la madre hasta la mayoría de edad del menor.

El Pleno de la LXII Legislatura aprobó tipificar como delito la inducción o ayuda al suicidio feminicida, también entra en este catálogos de delitos la Violencia Política Contra las Mujeres en Razón de Género con seis años de prisión y sanciones económicas de ocho mil 688 a 17 mil 376 pesos.

También avalaron los legisladores de Jalisco que a consecuencia de una violación, naciera un bebé, se podrá decretar como parte de la reparación del daño una indemnización equivalente a la obligación de dar alimentos a este y a la madre hasta la mayoría de edad del menor.

La presidenta de la Mesa Directiva, la diputada Sofía García Mosqueda, expuso que estas reformas son un avance contra la violencia de género.

Hizo un llamado a "respetar el cuerpo de las mujeres y evitar conductas agresivas en contra de ellas".

La violencia de género refleja la asimetría existente en las relaciones de poder entre varones y mujeres y perpetúa la sumisión y degradación de lo femenino frente a lo masculino, indicó.

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En el caso del delito de violencia política contra las mujeres en razón de género, significa: “A quien por cualquier medio cause daño físico, psicológico, económico o sexual en contra de una o varias mujeres y/o de cualquier miembro de su familia, para restringir, suspender, impedir, menoscabar o anular el reconocimiento, goce o ejercicio de los derechos políticos-electorales o de las prerrogativas inherentes a un cargo público, o inducirla u obligarla a tomar decisiones de la misma índole en contra de su voluntad”.

Al agresor se le podrá llevar a prisión hasta por seis años, aunado a una sanción de 100 a 200 veces el valor diario de la Unidad de Medida de Actualización (UMA) que van de los 8 mil a 17 mil pesos.

Así mismo, los diputados y diputadas incluyeron en este listado de delitos la Inducción o Ayuda al Suicidio Feminicida, que señala “a quien indujere u obligue a una mujer al suicidio o le prestaré ayuda para cometerlo”.

Se agregan penas de prisión a quienes violen las órdenes de protección preventiva o de emergencia, así como castigos a los servidores públicos que dejen de custodiar injustificadamente el lugar de los hechos u obstaculicen, violen o infrinjan una orden de protección preventiva o de emergencia de las establecidas en la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia.

Manifestaron que existe preoucpación por el aumento de casos de violación en Jalisco y la insuficiencia de las sanciones para este tipo de ilícitos,de ahí que aumentan hasta por 25 años de cárcel las sanciones y se establece que, si como consecuencia del ultraje naciera una persona, se podrá decretar como parte de la reparación del daño una indemnización equivalente a la obligación de dar alimentos a éste y a la madre hasta la mayoría de edad del menor.

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