/ domingo 18 de agosto de 2019

Riesgo de abuso en extinción de dominio

Investigadora de UdeG asegura que el dinero de la casa de Zhenli Ye Gon debería emplearse en salud y no en promoción del deporte

La ley de Extinción de Dominio creada en 2008 y reformada once años después, sí representa un grave riesgo de abuso para las personas, por parte del agente del Ministerio Público o el Gobierno Federal, concluye investigadora de la Universidad de Guadalajara que advierte que a nivel estatal se puede aplicar con alta discrecionalidad. Sobre el dinero producto de la venta de la casa del chino Zhenli Ye Gon dijo que, conforme a la ley, debió haberse ido a temas de seguridad y resarcimiento del daño a las víctimas, no a la promoción del deporte.

Recordó la especialista que la mencionada ley se creó y se incorporó a la legislación mexicana la figura de Extinción de Dominio para quitarle al crimen organizado los recursos adquiridos de manera ilícita. “Durante casi una década no logró funcionar de manera óptima, y por eso el 25 de julio de 2019 el Congreso de la Unión aprobó el dictamen que creó la nueva Ley de Extinción de Dominio, en la que se han puesto muchas expectativas”, explicó la maestra Claudia Torres Rodríguez, abogada litigante, con especialización en Derecho Penal, y profesora del Centro Universitario de los Altos (CUAltos), de la Universidad de Guadalajara.

Lo ideal, expresa la especialista, es que conforme a esta ley, todos esos bienes que las personas han obtenido como fruto del trabajo ilícito puedan ser retenidos y destinados -idealmente- a obras públicas, reparación del daño y aquellos actos que consideren un beneficio para la sociedad afectada por los actos delictivos.

Sin embargo, agregó que siempre será el Gobierno Federal quien tenga la última palabra sobre el destino de los mismos.





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“COOPELAS O…..”

La maestra Claudia Torres de igual manera dio a conocer que en el gremio de la impartición de justicia en el país no vio con buenos ojos el que los recursos, fruto de la subasta de la casa incautada vía Extinción de Dominio al empresario chino Zhenli Ye Gon, fueran a dar a la promoción del deporte y no a resarcir el daño a las víctimas del crimen organizado.

La especialista señala que la Ley tiene bien especificadas las rutas que se deben de seguir para realizar una investigación concerniente a la extinción de dominio y cómo la habilidad de los ministerios públicos será determinante. Agregó que organismos como el Instituto para Devolverle al Pueblo lo Robado estará abocado cien por ciento a la labor de la extinción de dominio y el combate a la corrupción.


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Ley textual

La extinción de dominio es la pérdida de los derechos sobre los bienes mencionados en los artículos 2 y 8 de la presente Ley, sin contraprestación ni compensación alguna para su dueño ni para quien se ostente o comporte como tal. La sentencia en la que se declare tendrá por efecto que los bienes se apliquen a favor del Estado.

La ley de Extinción de Dominio creada en 2008 y reformada once años después, sí representa un grave riesgo de abuso para las personas, por parte del agente del Ministerio Público o el Gobierno Federal, concluye investigadora de la Universidad de Guadalajara que advierte que a nivel estatal se puede aplicar con alta discrecionalidad. Sobre el dinero producto de la venta de la casa del chino Zhenli Ye Gon dijo que, conforme a la ley, debió haberse ido a temas de seguridad y resarcimiento del daño a las víctimas, no a la promoción del deporte.

Recordó la especialista que la mencionada ley se creó y se incorporó a la legislación mexicana la figura de Extinción de Dominio para quitarle al crimen organizado los recursos adquiridos de manera ilícita. “Durante casi una década no logró funcionar de manera óptima, y por eso el 25 de julio de 2019 el Congreso de la Unión aprobó el dictamen que creó la nueva Ley de Extinción de Dominio, en la que se han puesto muchas expectativas”, explicó la maestra Claudia Torres Rodríguez, abogada litigante, con especialización en Derecho Penal, y profesora del Centro Universitario de los Altos (CUAltos), de la Universidad de Guadalajara.

Lo ideal, expresa la especialista, es que conforme a esta ley, todos esos bienes que las personas han obtenido como fruto del trabajo ilícito puedan ser retenidos y destinados -idealmente- a obras públicas, reparación del daño y aquellos actos que consideren un beneficio para la sociedad afectada por los actos delictivos.

Sin embargo, agregó que siempre será el Gobierno Federal quien tenga la última palabra sobre el destino de los mismos.





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La maestra Claudia Torres de igual manera dio a conocer que en el gremio de la impartición de justicia en el país no vio con buenos ojos el que los recursos, fruto de la subasta de la casa incautada vía Extinción de Dominio al empresario chino Zhenli Ye Gon, fueran a dar a la promoción del deporte y no a resarcir el daño a las víctimas del crimen organizado.

La especialista señala que la Ley tiene bien especificadas las rutas que se deben de seguir para realizar una investigación concerniente a la extinción de dominio y cómo la habilidad de los ministerios públicos será determinante. Agregó que organismos como el Instituto para Devolverle al Pueblo lo Robado estará abocado cien por ciento a la labor de la extinción de dominio y el combate a la corrupción.


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La extinción de dominio es la pérdida de los derechos sobre los bienes mencionados en los artículos 2 y 8 de la presente Ley, sin contraprestación ni compensación alguna para su dueño ni para quien se ostente o comporte como tal. La sentencia en la que se declare tendrá por efecto que los bienes se apliquen a favor del Estado.

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