/ lunes 8 de julio de 2019

Pelearán en el Congreso para que la "muerte civil a corruptos" sea una realidad

A pesar de que la CNDH interpuso ante la Suprema Corte un recurso de inconstitucionalidad porque "es una pena desproporcionada al delito y aisla al condenado de la sociedad"

Combatirá el Congreso del Estado la acción de inconstitucionalidad que interpuso la Comision Nacional de Derechos Humanos ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación para echar abajo la reforma que realizó el Legislativo denominada "Muerte civil a corruptos".

El Legislativo tiene 15 días responder a la Corte, plazo que se vence el 22 de julio. Acudirán diputados a la Corte a llevar la respuesta en físico.

El presidente de la bancada del PRD, diputado Quirino Velázquez, dijo que propondrá a la Junta de Coordinación Politica instalar una mesa de trabajo de asesores para dar respuesta ante la SCJN. Indicó que el pasado 1 de julio llegó un requerimiento de informacion al Congreso para que responda.

Requirieron al Congreso, agregó, un informe que contenga las razones y fundamentos tendientes a sostener la validez de la norma general impugnada o la improcedencia de la acción de inconstitucionalidad.

Los preceptos constitucionales y convencionales que se estiman violados: 1°, 14, 16 y 22 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, 9, 24 y 26 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos, 2 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos.

El legislador del PRD, indicó que la CNDH argumenta ,"que es una pena inusitada. Es decir es abolida por ser cruel, inhumana y excesiva. Es una pena desproporcionada al delito. Aisla al condenado de la sociedad".

El promotor de la regorma de la "Muerte civil a corruptos" dijo que no se comparte el argumento de la CNDH ya que esa porción normativa "hasta la inhabilitación perpetua” (Artículo 144 V inciso b) de ninguna manera resulta una pena inusitada a la que hace referencia el Artículo 22 de la Constitución Federal".

Relacionado:

Manifestó Velázquez que la SCJN ha establecido en Jurisprudencia que la prisión vitalicia o cadena perpetua no es una pena inusitada. En efecto, así lo dice la Jurisprudencia cuyos datos, rubro y texto se trascribe enseguida. (Registro: 175844). "No se acepta el hecho de que sea desproporcionada en virtud de que se plantean penas mínimas y máximas. Cuando exceda las 200 veces el valor de la UMA la pena será de 30 años hasta la inhabilitación perpetua. En el caso de los particulares se aplica en los mismos términos".

No se considera que se aísle al individuo puesto que tanto los servidores públicos, empresas o particulares, si bien es cierto ya no podrían trabajar con el Gobierno del Estado y sus municipios, si podrían hacerlo en la iniciativa privada, refirió.

Combatirá el Congreso del Estado la acción de inconstitucionalidad que interpuso la Comision Nacional de Derechos Humanos ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación para echar abajo la reforma que realizó el Legislativo denominada "Muerte civil a corruptos".

El Legislativo tiene 15 días responder a la Corte, plazo que se vence el 22 de julio. Acudirán diputados a la Corte a llevar la respuesta en físico.

El presidente de la bancada del PRD, diputado Quirino Velázquez, dijo que propondrá a la Junta de Coordinación Politica instalar una mesa de trabajo de asesores para dar respuesta ante la SCJN. Indicó que el pasado 1 de julio llegó un requerimiento de informacion al Congreso para que responda.

Requirieron al Congreso, agregó, un informe que contenga las razones y fundamentos tendientes a sostener la validez de la norma general impugnada o la improcedencia de la acción de inconstitucionalidad.

Los preceptos constitucionales y convencionales que se estiman violados: 1°, 14, 16 y 22 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, 9, 24 y 26 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos, 2 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos.

El legislador del PRD, indicó que la CNDH argumenta ,"que es una pena inusitada. Es decir es abolida por ser cruel, inhumana y excesiva. Es una pena desproporcionada al delito. Aisla al condenado de la sociedad".

El promotor de la regorma de la "Muerte civil a corruptos" dijo que no se comparte el argumento de la CNDH ya que esa porción normativa "hasta la inhabilitación perpetua” (Artículo 144 V inciso b) de ninguna manera resulta una pena inusitada a la que hace referencia el Artículo 22 de la Constitución Federal".

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Manifestó Velázquez que la SCJN ha establecido en Jurisprudencia que la prisión vitalicia o cadena perpetua no es una pena inusitada. En efecto, así lo dice la Jurisprudencia cuyos datos, rubro y texto se trascribe enseguida. (Registro: 175844). "No se acepta el hecho de que sea desproporcionada en virtud de que se plantean penas mínimas y máximas. Cuando exceda las 200 veces el valor de la UMA la pena será de 30 años hasta la inhabilitación perpetua. En el caso de los particulares se aplica en los mismos términos".

No se considera que se aísle al individuo puesto que tanto los servidores públicos, empresas o particulares, si bien es cierto ya no podrían trabajar con el Gobierno del Estado y sus municipios, si podrían hacerlo en la iniciativa privada, refirió.

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