/ sábado 18 de agosto de 2018

Omitir afiliación a Fonacot puede costar hasta 400 mil pesos de multa

Con la reforma a la ley laboral en el 2012 se volvió obligatoria y es considerada como una prestación de ley

Sanciones hasta de 400 mil pesos o más podrían ser impuestas a todas las empresas que no realicen el trámite de afiliación del centro de trabajo ante el Instituto del Fondo Nacional para el Consumo de los Trabajadores (Fonacot) ya que con la reforma a la ley laboral en el 2012 se volvió obligatoria y es considerada como una prestación de ley, señaló Rodolfo Ochoa del Toro, director Jurídico de la Delegación en Jalisco de la Secretaría del Trabajo Federal.

Esta situación se complica porque los dueños de las empresas o los representantes no conocen esta obligación, ya que no les implica tener que realizar un pago constante a alguna institución tal como se hace con el Infonavit, o dejan pasar el tiempo y se les olvida.


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Es decir, antes de la reforma del 2012 el tener la afiliación a Fonacot era opcional, pero después de ese año ya es una obligación contenida en la Ley Federal del Trabajo y es considerada como una prestación social para los trabajadores.

Por eso a “partir de esa fecha dentro de nuestra responsabilidad es vigilar el cumplimiento de que los patrones se afilien, nosotros hacemos inspecciones a los centros de trabajo vigilamos precisamente que el patrón esté afiliado, si no está afiliado se dan las multas que van de los 50 a cinco mil veces la Unidad de Medida de Actualización (UMA), que equivalen en este momento entre cuatro mil y 405 mil pesos por centro. Dijo que regularmente no aplican la sanción más baja, sino que buscan que siempre sea lo más alta posible porque es “mucho el perjuicio que le causa al trabajador” al no hacerla, además de que no tiene ningún costo y mucho menos una carga económica para el patrón, quien sólo se encarga de retener las mensualidades de los créditos contraídos por los empleados.

Dijo que esta situación se debe porque “desafortunadamente muchos no lo saben, como era antes opcional y hoy es una obligación”, pero no están al día en estos temas y no acuden formalmente como con el Infonavit o el IMSS. De ahí el exhorto para que lo hagan y se eviten problemas adicionales.

Sanciones hasta de 400 mil pesos o más podrían ser impuestas a todas las empresas que no realicen el trámite de afiliación del centro de trabajo ante el Instituto del Fondo Nacional para el Consumo de los Trabajadores (Fonacot) ya que con la reforma a la ley laboral en el 2012 se volvió obligatoria y es considerada como una prestación de ley, señaló Rodolfo Ochoa del Toro, director Jurídico de la Delegación en Jalisco de la Secretaría del Trabajo Federal.

Esta situación se complica porque los dueños de las empresas o los representantes no conocen esta obligación, ya que no les implica tener que realizar un pago constante a alguna institución tal como se hace con el Infonavit, o dejan pasar el tiempo y se les olvida.


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Por eso a “partir de esa fecha dentro de nuestra responsabilidad es vigilar el cumplimiento de que los patrones se afilien, nosotros hacemos inspecciones a los centros de trabajo vigilamos precisamente que el patrón esté afiliado, si no está afiliado se dan las multas que van de los 50 a cinco mil veces la Unidad de Medida de Actualización (UMA), que equivalen en este momento entre cuatro mil y 405 mil pesos por centro. Dijo que regularmente no aplican la sanción más baja, sino que buscan que siempre sea lo más alta posible porque es “mucho el perjuicio que le causa al trabajador” al no hacerla, además de que no tiene ningún costo y mucho menos una carga económica para el patrón, quien sólo se encarga de retener las mensualidades de los créditos contraídos por los empleados.

Dijo que esta situación se debe porque “desafortunadamente muchos no lo saben, como era antes opcional y hoy es una obligación”, pero no están al día en estos temas y no acuden formalmente como con el Infonavit o el IMSS. De ahí el exhorto para que lo hagan y se eviten problemas adicionales.

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