/ jueves 11 de marzo de 2021

Reforma a Ley de la Industria Eléctrica no afecta a la Generación Distribuida

Desde el 2007, México optó por incluir la figura de fuente renovable en pequeña escala

La reciente reforma a la Ley de la Industria Eléctrica no muestra afectación o modificación a la producción de la Generación Distribuida, afirmó el Consejo de Cámaras Industriales de Jalisco (CCIJ), que se pronunció a favor del uso de la energía solar.

“A partir de la entrada en vigor de la Reforma a la Ley de la Industria Eléctrica, entendemos que para los usuarios residenciales se prevé que continúen siendo subsidiados en los pagos de su recibo de luz; señalando que el consumo en este sector seguirá en aumento por la nueva normalidad y aumento es los puestos de trabajo del “home office”.

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Datos del CCIJ indican que son más de 10 mil establecimientos de comercio al por menor, cerca de 160 mil hogares mexicanos y poco más de 3 mil 300 fábricas en todo el territorio nacional las que actualmente utilizan la radiación solar y operan con la energía eléctrica más barata y limpia del país, la energía solar fotovoltaica.

Según cifras oficiales, hasta junio del año pasado eran 165 mil 528 usuarios en México los que utilizaban el sistema productor de energía bajo la modalidad de Generación Distribuida (GD).

Refieren que en México desde el año 2007 se optó por incluir la figura de fuente renovable en pequeña escala, haciendo de la GD un fenómeno sólido en crecimiento y expansión en países como Alemania, China, Estados Unidos, Brazil e India.

“Es hasta el 2014, que en nuestro país la Ley de la Industria Eléctrica (LIE) establece a la GD, como la Generación de energía eléctrica que cumple con las siguientes características: Se realiza por un generador exento (hasta 500 kWp); se genera en una Central Eléctrica interconectada a un circuito de distribución de centros de carga, en los términos de Reglas del Mercado”, afirmaron mediante un comunicado que firma Carlos Eduardo Ortíz Díaz, titular de la Comisión de Energía Sustentable del CCIJ.

Agregan que en el sitio oficial del Gobierno de México, la Comisión Reguladora de Energía pone a disposición la información relacionada a la instrumentación y el marco regulatorio de Generación Distribuida, que incluyen, modelos de contrato, metodología de cálculo de contraprestación y especificaciones técnicas generales y “en el marco legal, las disposiciones, manuales, reglamentos y acuerdos que hoy existen para la GD son firmes y sólidos”.

“Por estas razones vislumbramos que el uso de la generación solar seguirá creciendo, planteándonos como industriales, consumidores, y usuarios finales el reto de educarnos mejor, para generar nuestra propia energía, con el fin de elegir la opción y proveedor que mejor cubra nuestras necesidades, profesionalizando a las empresas proveedoras de bienes y servicios”.



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Según cifras oficiales, hasta junio del año pasado eran 165 mil 528 usuarios en México los que utilizaban el sistema productor de energía bajo la modalidad de Generación Distribuida (GD).

Refieren que en México desde el año 2007 se optó por incluir la figura de fuente renovable en pequeña escala, haciendo de la GD un fenómeno sólido en crecimiento y expansión en países como Alemania, China, Estados Unidos, Brazil e India.

“Es hasta el 2014, que en nuestro país la Ley de la Industria Eléctrica (LIE) establece a la GD, como la Generación de energía eléctrica que cumple con las siguientes características: Se realiza por un generador exento (hasta 500 kWp); se genera en una Central Eléctrica interconectada a un circuito de distribución de centros de carga, en los términos de Reglas del Mercado”, afirmaron mediante un comunicado que firma Carlos Eduardo Ortíz Díaz, titular de la Comisión de Energía Sustentable del CCIJ.

Agregan que en el sitio oficial del Gobierno de México, la Comisión Reguladora de Energía pone a disposición la información relacionada a la instrumentación y el marco regulatorio de Generación Distribuida, que incluyen, modelos de contrato, metodología de cálculo de contraprestación y especificaciones técnicas generales y “en el marco legal, las disposiciones, manuales, reglamentos y acuerdos que hoy existen para la GD son firmes y sólidos”.

“Por estas razones vislumbramos que el uso de la generación solar seguirá creciendo, planteándonos como industriales, consumidores, y usuarios finales el reto de educarnos mejor, para generar nuestra propia energía, con el fin de elegir la opción y proveedor que mejor cubra nuestras necesidades, profesionalizando a las empresas proveedoras de bienes y servicios”.



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