/ domingo 7 de marzo de 2021

Proponen en Nayarit reforma para elegir que apellido tendrá primero el menor

En caso de desacuerdo, el Oficial del Registro Civil acordará el orden de los apellidos

TEPIC, Nayarit (OEM-Informex).- Con la finalidad de que ahora en Nayarit los progenitores puedan elegir si el apellido del padre o la madre va primero, la diputada, Marisol Sánchez Navarro presentó ante el Congreso local la iniciativa, para reformar los artículos 58 y 79 del Código Civil, así como adicionar un párrafo al artículo 20 de la Ley de los Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes


La legisladora explicó que el derecho humano a la identidad, implica que todos tenemos derecho a un tener un nombre, una nacionalidad, y por supuesto a ser registrados desde nuestro nacimiento, dado que la forma de materializar jurídicamente ese derecho humano, es a través de nuestra acta de nacimiento, la cual constituye la puerta de acceso a una multitud de otros derechos y servicios, y por el contrario la falta de registro del nacimiento, nos deja en la inexistencia jurídica y sin acceso a servicios.

Establecer que el primer apellido sea siempre el del padre, aclaró que deja a la mujer en segundo lugar, como si la mujer ocupara un lugar secundario dentro de la familia, pues tradicionalmente se ha tenido una predilección por el sexo masculino.


Foto: Cuartoscuro


Esta situación le parece que es una clara tendencia patriarcal que se puede observar en los diversos códigos civiles de los estados y el federal, particularmente en los formatos de las actas de nacimiento que para la composición del nombre de una persona se concibe en primer término el apellido paterno y en segundo lugar el apellido materno.

Es por ello, que, de aprobarse la reforma, se establecerá que el acta de nacimiento contendrá la hora, día, mes, año, y lugar de nacimiento, sexo del registrado, el nombre propio que se le imponga y los apellidos de los progenitores, de acuerdo al orden de prelación que libremente convengan.

En caso de desacuerdo, o imposibilidad de los progenitores, comentó que el Oficial del Registro Civil acordará el orden de los apellidos atendiendo al interés superior de las niñas y niños.


Para concluir, Marisol Sánchez Navarro, añadió que el orden de los apellidos establecido para la primera inscripción de nacimiento, determinará el orden para la inscripción de los posteriores nacimientos del mismo vínculo.

TEPIC, Nayarit (OEM-Informex).- Con la finalidad de que ahora en Nayarit los progenitores puedan elegir si el apellido del padre o la madre va primero, la diputada, Marisol Sánchez Navarro presentó ante el Congreso local la iniciativa, para reformar los artículos 58 y 79 del Código Civil, así como adicionar un párrafo al artículo 20 de la Ley de los Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes


La legisladora explicó que el derecho humano a la identidad, implica que todos tenemos derecho a un tener un nombre, una nacionalidad, y por supuesto a ser registrados desde nuestro nacimiento, dado que la forma de materializar jurídicamente ese derecho humano, es a través de nuestra acta de nacimiento, la cual constituye la puerta de acceso a una multitud de otros derechos y servicios, y por el contrario la falta de registro del nacimiento, nos deja en la inexistencia jurídica y sin acceso a servicios.

Establecer que el primer apellido sea siempre el del padre, aclaró que deja a la mujer en segundo lugar, como si la mujer ocupara un lugar secundario dentro de la familia, pues tradicionalmente se ha tenido una predilección por el sexo masculino.


Foto: Cuartoscuro


Esta situación le parece que es una clara tendencia patriarcal que se puede observar en los diversos códigos civiles de los estados y el federal, particularmente en los formatos de las actas de nacimiento que para la composición del nombre de una persona se concibe en primer término el apellido paterno y en segundo lugar el apellido materno.

Es por ello, que, de aprobarse la reforma, se establecerá que el acta de nacimiento contendrá la hora, día, mes, año, y lugar de nacimiento, sexo del registrado, el nombre propio que se le imponga y los apellidos de los progenitores, de acuerdo al orden de prelación que libremente convengan.

En caso de desacuerdo, o imposibilidad de los progenitores, comentó que el Oficial del Registro Civil acordará el orden de los apellidos atendiendo al interés superior de las niñas y niños.


Para concluir, Marisol Sánchez Navarro, añadió que el orden de los apellidos establecido para la primera inscripción de nacimiento, determinará el orden para la inscripción de los posteriores nacimientos del mismo vínculo.

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