/ domingo 13 de septiembre de 2020

Piden difundir información y promoción de derechos en poblaciones indígenas

Difundir los derechos humanos de niñas, niños y adolescentes y las formas de protección que tienen para ejercerlos

Para dejar establecido en la ley que, en poblaciones predominantemente indígenas, las autoridades tienen la obligación de difundir la información institucional y la promoción de los derechos en la Iengua indígena local, el diputado Hernán Cortés Berumen presentó iniciativa para reformar la Ley de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes de Jalisco en los artículos 42 y 50.

Se reforman los artículos 42 y 50 de la Ley de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes en el Estado de Jalisco, para quedar el Artículo 42:

Por si te interesa:

"Contribuir a garantizar la permanencia y conclusión de la educación básica y media superior de niñas, niños y adolescentes, así como para abatir el ausentismo, abandono y deserción escolar".

Difundir los derechos humanos de niñas, niños y adolescentes y las formas de protección que tienen para ejercerlos. Lo demás contenido en la Ley General y en las leyes de la materia en poblaciones predominantemente indígenas, las autoridades tienen la obligación de difundir la información institucional y la promoción de los derechos en la Iengua indígena local.

Cortés Berúmen indicó que Jalisco no se puede quedar atrás, por lo que se hace necesario reformar la Ley de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, con la finalidad de establecer de manera expresa la obligación de hacer del conocimiento de sus derechos y, en el caso de poblaciones predominantemente indígenas, difundirlos en su lengua indígena local.

Para dejar establecido en la ley que, en poblaciones predominantemente indígenas, las autoridades tienen la obligación de difundir la información institucional y la promoción de los derechos en la Iengua indígena local, el diputado Hernán Cortés Berumen presentó iniciativa para reformar la Ley de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes de Jalisco en los artículos 42 y 50.

Se reforman los artículos 42 y 50 de la Ley de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes en el Estado de Jalisco, para quedar el Artículo 42:

Por si te interesa:

"Contribuir a garantizar la permanencia y conclusión de la educación básica y media superior de niñas, niños y adolescentes, así como para abatir el ausentismo, abandono y deserción escolar".

Difundir los derechos humanos de niñas, niños y adolescentes y las formas de protección que tienen para ejercerlos. Lo demás contenido en la Ley General y en las leyes de la materia en poblaciones predominantemente indígenas, las autoridades tienen la obligación de difundir la información institucional y la promoción de los derechos en la Iengua indígena local.

Cortés Berúmen indicó que Jalisco no se puede quedar atrás, por lo que se hace necesario reformar la Ley de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, con la finalidad de establecer de manera expresa la obligación de hacer del conocimiento de sus derechos y, en el caso de poblaciones predominantemente indígenas, difundirlos en su lengua indígena local.

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