/ jueves 19 de noviembre de 2020

Publican lineamientos para certificadores de bolsas de plástico y popotes de un sólo uso

Esta acción se lleva a cabo conforme a lo establecido en el Plan de Reactivación Económica debido a la pandemia de Covid-19


El Gobierno del Estado publicó los lineamientos de certificación y acreditación para dar cumplimiento a la Norma Ambiental Estatal (NAE) en materia de bolsas de plástico para acarreo y popotes de un solo uso en la Entidad y para lo cual la Secretaría de Medio Ambiente integrará un Padrón de Entidades de Certificación para asegurar la producción sustentable de estos productos.


Esta acción se lleva a cabo conforme a lo establecido en el Plan de Reactivación Económica debido a la pandemia de Covid-19 y también se estipula una extensión de 12 meses para que los productores adecuen sus procesos de acuerdo con la Norma Ambiental Estatal.

Esta norma estatal es considerada como un instrumento vanguardista que establece las especificaciones técnicas requeridas para la producción, distribución, comercialización y uso de bolsas de plástico para acarreo y popotes de un solo uso, con el objetivo de reducir el impacto medioambiental de estos productos y promover la innovación tecnológica y sustentabilidad del sector.

“La Secretaría de Medio Ambiente y Desarrollo Territorial y la Secretaría de Desarrollo Económico, recibirán, evaluarán y acreditarán las propuestas de todos los interesados en fungir como Entes de Certificación, para así propiciar el inicio de labores de certificación a la brevedad posible. Los entes de certificación serán los responsables de acreditar que tanto las bolsas de plástico como popotes de un solo uso que se produzcan para ser comercializadas en Jalisco, estén en conformidad con lo establecido en la Norma”, señaló Sebastián Gradilla Hernández, director ejecutivo de Protección y Gestión Ambiental de la Semadet.


Foto: Cuartoscuro


En los lineamientos se establecen los requisitos organizacionales, técnicos, de infraestructura, y de personal que requieren las instituciones, organismos o unidades de verificación interesadas para ser acreditadas como Entidades de Certificación, también detalla la documentación requerida.

En la publicación se establece el proceso a seguir por quienes quieran ser productores de bolsas de plástico para acarreo y popotes de un solo uso y para acreditar sus productos con el “Certificado del Cumplimiento de las Normas Ambientales Estatales”, con una validez de dos años y podrá renovarse a través de un proceso de validación bianual.


Finalmente, la norma define las propiedades físicas y químicas para bolsas de plástico para acarreo y popotes de un solo uso, así como sus correspondientes métodos de prueba; esto, con el objetivo de reducir su impacto medioambiental considerando el contexto industrial estatal actual.

Conoce más…

Las bolsas de plástico para acarreo, deberán contener en su composición un porcentaje mínimo de material reciclado postconsumo o de material biodegradable. En el caso del material reciclado postconsumo, será exigido de manera gradual, definido por el cronograma contenido en la Norma, con el objetivo de realizar una transición asequible para los productores de bolsas de plástico de película.

Deberán incluir una cantidad igual o superior de material reciclado posindustrial, lo cual se traduce en que las bolsas presentarán un contenido de material reciclado del 20% (10% postconsumo y 10% posindustrial) en el primer año y 40% al final del quinto.

Para los popotes de un solo uso no podrán contener material reciclado de ningún tipo y deberán demostrar ser biodegradables.


El Gobierno del Estado publicó los lineamientos de certificación y acreditación para dar cumplimiento a la Norma Ambiental Estatal (NAE) en materia de bolsas de plástico para acarreo y popotes de un solo uso en la Entidad y para lo cual la Secretaría de Medio Ambiente integrará un Padrón de Entidades de Certificación para asegurar la producción sustentable de estos productos.


Esta acción se lleva a cabo conforme a lo establecido en el Plan de Reactivación Económica debido a la pandemia de Covid-19 y también se estipula una extensión de 12 meses para que los productores adecuen sus procesos de acuerdo con la Norma Ambiental Estatal.

Esta norma estatal es considerada como un instrumento vanguardista que establece las especificaciones técnicas requeridas para la producción, distribución, comercialización y uso de bolsas de plástico para acarreo y popotes de un solo uso, con el objetivo de reducir el impacto medioambiental de estos productos y promover la innovación tecnológica y sustentabilidad del sector.

“La Secretaría de Medio Ambiente y Desarrollo Territorial y la Secretaría de Desarrollo Económico, recibirán, evaluarán y acreditarán las propuestas de todos los interesados en fungir como Entes de Certificación, para así propiciar el inicio de labores de certificación a la brevedad posible. Los entes de certificación serán los responsables de acreditar que tanto las bolsas de plástico como popotes de un solo uso que se produzcan para ser comercializadas en Jalisco, estén en conformidad con lo establecido en la Norma”, señaló Sebastián Gradilla Hernández, director ejecutivo de Protección y Gestión Ambiental de la Semadet.


Foto: Cuartoscuro


En los lineamientos se establecen los requisitos organizacionales, técnicos, de infraestructura, y de personal que requieren las instituciones, organismos o unidades de verificación interesadas para ser acreditadas como Entidades de Certificación, también detalla la documentación requerida.

En la publicación se establece el proceso a seguir por quienes quieran ser productores de bolsas de plástico para acarreo y popotes de un solo uso y para acreditar sus productos con el “Certificado del Cumplimiento de las Normas Ambientales Estatales”, con una validez de dos años y podrá renovarse a través de un proceso de validación bianual.


Finalmente, la norma define las propiedades físicas y químicas para bolsas de plástico para acarreo y popotes de un solo uso, así como sus correspondientes métodos de prueba; esto, con el objetivo de reducir su impacto medioambiental considerando el contexto industrial estatal actual.

Conoce más…

Las bolsas de plástico para acarreo, deberán contener en su composición un porcentaje mínimo de material reciclado postconsumo o de material biodegradable. En el caso del material reciclado postconsumo, será exigido de manera gradual, definido por el cronograma contenido en la Norma, con el objetivo de realizar una transición asequible para los productores de bolsas de plástico de película.

Deberán incluir una cantidad igual o superior de material reciclado posindustrial, lo cual se traduce en que las bolsas presentarán un contenido de material reciclado del 20% (10% postconsumo y 10% posindustrial) en el primer año y 40% al final del quinto.

Para los popotes de un solo uso no podrán contener material reciclado de ningún tipo y deberán demostrar ser biodegradables.

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