/ domingo 8 de septiembre de 2019

Ipejal operaría recursos para compensación completa a deudos propuesta por el Gobernador

La iniciativa busca otorgar pensión al 100% a familiares de policías y elementos de Protección Civil y Bomberos caídos en cumplimiento de su deber de los últimos tres años

Podría desembocar en un fondo presupuestal con recursos adicionales y administrados por el Instituto de Pensiones del Estado (Ipejal) el otorgar pensión al 100% a familiares de policías y elementos de Protección Civil y Bomberos caídos en cumplimiento de su deber de los últimos tres años, declaró el diputado Salvador Caro Cabrera, presidente de la Junta de Coordinación Política.

En puerta está la aprobación de dicha iniciativa del Gobernador Enrique Alfaro que junto la iniciativa del Congreso Constituyente, son las que urgen y requieren de aprobarlas.

Caro Cabrera señaló que solicitar al Ipejal los estudios actuariales y de impacto financiero, asì como la constitucionalidad, efectos secundarios, financieros y legales de otorgar el 100% de pensión a familiares de policías y elementos de protección civil y de bomberos caídos en los últimos tres años.

La propuesta la presentó el Ejecutivo estatal al Congreso del Estado el 12 de abril pasado y está en la Comisión de Competitividad, Innovación, Desarrollo Económico y Trabajo.

La iniciativa de decreto es para modificar la ley del IPEJAL, en materia de otorgamiento de pensión al 100% a los familiares de los policías y elementos de protección civil y bomberos, caídos en cumplimiento de su deber.

Actualmente el monto de las pensiones es de 30% a quien tenga 10 años de cotización o menos, hasta 50% cuando se tenga 30 años o más, de acuerdo con el artículo 92 de la Ley del Ipejal, el cual establece los porcentajes de las pensiones por viudez y orfandad a los que tendrán derecho los beneficiarios de los afiliados fallecidos, las cuales serán cuantificados sobre el tiempo de cotización que hubiere tenido el difunto.

Chécalo:


En esta iniciativa se adiciona un segundo párrafo al Artículo 92 para establecer que la antigüedad de cotización del afiliado fallecido no será aplicable en los casos de elementos operativos de las corporaciones policiales, protección civil y bomberos, cuando fallezcan en el cumplimiento de su deber. Por lo tanto los beneficiarios del afiliado fallecido tendrán derecho a una pensión por viudez u orfandad del 100%, sin importar el tiempo de cotización ante el Instituto.

Conoce más

  • La propuesta sobre este beneficio aplicaría únicamente para familiares de elementos caídos en los últimos tres años y lo dejan en el transitorio que establece que será aplicable a los beneficiarios de los elementos fallecidos durante los tres años previos al inicio de la vigencia.

Podría desembocar en un fondo presupuestal con recursos adicionales y administrados por el Instituto de Pensiones del Estado (Ipejal) el otorgar pensión al 100% a familiares de policías y elementos de Protección Civil y Bomberos caídos en cumplimiento de su deber de los últimos tres años, declaró el diputado Salvador Caro Cabrera, presidente de la Junta de Coordinación Política.

En puerta está la aprobación de dicha iniciativa del Gobernador Enrique Alfaro que junto la iniciativa del Congreso Constituyente, son las que urgen y requieren de aprobarlas.

Caro Cabrera señaló que solicitar al Ipejal los estudios actuariales y de impacto financiero, asì como la constitucionalidad, efectos secundarios, financieros y legales de otorgar el 100% de pensión a familiares de policías y elementos de protección civil y de bomberos caídos en los últimos tres años.

La propuesta la presentó el Ejecutivo estatal al Congreso del Estado el 12 de abril pasado y está en la Comisión de Competitividad, Innovación, Desarrollo Económico y Trabajo.

La iniciativa de decreto es para modificar la ley del IPEJAL, en materia de otorgamiento de pensión al 100% a los familiares de los policías y elementos de protección civil y bomberos, caídos en cumplimiento de su deber.

Actualmente el monto de las pensiones es de 30% a quien tenga 10 años de cotización o menos, hasta 50% cuando se tenga 30 años o más, de acuerdo con el artículo 92 de la Ley del Ipejal, el cual establece los porcentajes de las pensiones por viudez y orfandad a los que tendrán derecho los beneficiarios de los afiliados fallecidos, las cuales serán cuantificados sobre el tiempo de cotización que hubiere tenido el difunto.

Chécalo:


En esta iniciativa se adiciona un segundo párrafo al Artículo 92 para establecer que la antigüedad de cotización del afiliado fallecido no será aplicable en los casos de elementos operativos de las corporaciones policiales, protección civil y bomberos, cuando fallezcan en el cumplimiento de su deber. Por lo tanto los beneficiarios del afiliado fallecido tendrán derecho a una pensión por viudez u orfandad del 100%, sin importar el tiempo de cotización ante el Instituto.

Conoce más

  • La propuesta sobre este beneficio aplicaría únicamente para familiares de elementos caídos en los últimos tres años y lo dejan en el transitorio que establece que será aplicable a los beneficiarios de los elementos fallecidos durante los tres años previos al inicio de la vigencia.

Policiaca

Ya son tres los estudiantes de la Universidad de Guadalajara desaparecidos en menos de 15 días

En menos de 15 días han desaparecido tres estudiantes de la Universidad de Guadalajara

Policiaca

Detectan dos cocodrilos en Ocotlán; ya instalaron trampas para capturarlos

Al tratarse de dos reptiles, la corporación exhortó a la población a evitar esa zona

Local

CRT reconoce a productores y personalidades que han impulsado al Tequila

Este jueves y viernes se realizará un Seminario Internacional, una Expo y Catas de productos con Denominación de Origen

Elecciones 2024

Claudia Delgadillo se compromete a brindar mayor seguridad

Delgadillo habló con los presentes sobre las estrategias que efectuará en sus 6 años de gobierno