/ viernes 1 de noviembre de 2019

Gobierno de Jalisco publica reglas para uso responsable de popotes y bolsas de plástico

Apareció en el Periódico Oficial del Estado la Norma Ambiental Estatal (NAE) por lo que las empresas tendrán un año para adaptar sus productos u ceñirse a estas normas

El Gobierno de Jalisco publicó la norma para regulación de bolsas de agarre y popotes de un solo uso que establece las especificaciones técnicas requeridas para la producción, distribución, comercialización y uso de bolsas de plástico para acarreo y popotes de un solo uso en el Estado de Jalisco.


Chécalo:


Apareció en el Periódico Oficial del Estado de Jalisco la Norma Ambiental Estatal (NAE) por lo que las empresas tendrán un año para adaptar sus productos u ceñirse a estas normas.

Ahí se definen las propiedades físicas y químicas, así como sus correspondientes métodos de prueba, que deben presentar estos dos productos; esto, con el objetivo de reducir su impacto medioambiental considerando el contexto industrial estatal actual y el estado del arte nacional e internacional de las diferentes innovaciones tecnológicas en materia de plásticos.

Para las bolsas de plástico para acarreo los requisitos son:

Deberán contener en su composición un porcentaje mínimo de material reciclado posconsumo o de material biodegradable.

En el caso del material reciclado posconsumo, este será exigido de manera gradual, definido por el cronograma contenido en la Norma, con el objetivo de realizar una transición asequible para los productores de bolsas de plástico de película.

Adicional al material reciclado posconsumo, el cual es el de mayor relevancia en términos ambientales, las bolsas de plástico para acarreo deberán incluir una cantidad igual o superior de material reciclado posindustrial, lo cual se traduce en que las bolsas presentarán un contenido de material reciclado del 20 por ciento (10% posconsumo y 10% posindustrial) en el primer año y 40 por ciento (20% posconsumo y 20% posindustrial) al final del quinto.

Debido a que el material biodegradable no puede ser reintegrado a las cadenas de reciclaje porque demerita sustancialmente la calidad del nuevo plástico producido, aquellos productores que declinen el uso de este material deberán fabricar bolsas que permitan asegurar que ésta será biodegradable al ser sometida a un proceso de compostaje, mismo que será demostrado al cumplir con el estándar ASTM D6400-19.

Los popotes

Por lo que respecta a los popotes de un solo uso:

Debido a cuestiones de inocuidad estos no podrán contener material reciclado de ningún tipo y deberán, al igual que las bolsas de plástico para acarreo, demostrar ser biodegradables al ser sometidos a un proceso de compostaje conforme al estándar ASTM D6400-19.

Se concede un periodo de 365 días naturales, posterior a la fecha de la entrada en vigor de la NAE para que los productores adecuen sus procesos a los requerimientos establecidos.

Dentro de vigilancia de la NAE, se establece en los transitorios la emisión de un reglamento de certificación por parte de la Secretaría de Medio Ambiente y Desarrollo Territorial (Semadet) para verificar el cumplimiento de los requisitos establecidos. Los ayuntamientos tendrán que hacer las modificaciones reglamentarias necesarias durante los meses de noviembre y diciembre.

La Semadet, en coordinación con las Secretarías de Innovación, Ciencia y Tecnología (SICyT), y Desarrollo Económico (Sedeco) han trabajado de manera coordinada desde el mes de febrero para el desarrollo de la NAE. Para su elaboración, durante los meses de marzo y abril se realizaron mesas de trabajo con la comunidad académica, cámaras de industriales y de comercio, asociaciones civiles y organismos representativos.


Podría interesarte:


A la par, la SICyT llevó a cabo un programa de asesoramiento para el sector productivo para el conocimiento y desarrollo de materiales permitidos en la NAE. Por su parte, la Sedeco inició los trabajos para implementar un programa de apoyos, a efecto de que las empresas que actualmente producen plásticos de un solo uso, puedan adecuar las tecnologías para atender lo que se establece en la NAE.

La NAE fue evaluada por miembros de la Semadet, la SICyT y la Sedeco, en conjunto con académicos y académicas con amplia trayectoria en tecnologías para el reciclados y materiales biobasados y biodegradables, de diversas instituciones como la Universidad Autónoma Metropolitana, Universidad de Guadalajara, ITESM, CIATEJ, UNIVA, ITESO, entre otras. La NAE en materia de bolsas de agarre y popotes de un solo uso se puede consultar en el Periódico Oficial

Conoce más…

Usted podrá encontrar más datos al respecto en esta dirección:

https://periodicooficial.jalisco.gob.mx/sites/periodicooficial.jalisco.gob.mx/files/10-31-19-iii.pdf

El Gobierno de Jalisco publicó la norma para regulación de bolsas de agarre y popotes de un solo uso que establece las especificaciones técnicas requeridas para la producción, distribución, comercialización y uso de bolsas de plástico para acarreo y popotes de un solo uso en el Estado de Jalisco.


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Apareció en el Periódico Oficial del Estado de Jalisco la Norma Ambiental Estatal (NAE) por lo que las empresas tendrán un año para adaptar sus productos u ceñirse a estas normas.

Ahí se definen las propiedades físicas y químicas, así como sus correspondientes métodos de prueba, que deben presentar estos dos productos; esto, con el objetivo de reducir su impacto medioambiental considerando el contexto industrial estatal actual y el estado del arte nacional e internacional de las diferentes innovaciones tecnológicas en materia de plásticos.

Para las bolsas de plástico para acarreo los requisitos son:

Deberán contener en su composición un porcentaje mínimo de material reciclado posconsumo o de material biodegradable.

En el caso del material reciclado posconsumo, este será exigido de manera gradual, definido por el cronograma contenido en la Norma, con el objetivo de realizar una transición asequible para los productores de bolsas de plástico de película.

Adicional al material reciclado posconsumo, el cual es el de mayor relevancia en términos ambientales, las bolsas de plástico para acarreo deberán incluir una cantidad igual o superior de material reciclado posindustrial, lo cual se traduce en que las bolsas presentarán un contenido de material reciclado del 20 por ciento (10% posconsumo y 10% posindustrial) en el primer año y 40 por ciento (20% posconsumo y 20% posindustrial) al final del quinto.

Debido a que el material biodegradable no puede ser reintegrado a las cadenas de reciclaje porque demerita sustancialmente la calidad del nuevo plástico producido, aquellos productores que declinen el uso de este material deberán fabricar bolsas que permitan asegurar que ésta será biodegradable al ser sometida a un proceso de compostaje, mismo que será demostrado al cumplir con el estándar ASTM D6400-19.

Los popotes

Por lo que respecta a los popotes de un solo uso:

Debido a cuestiones de inocuidad estos no podrán contener material reciclado de ningún tipo y deberán, al igual que las bolsas de plástico para acarreo, demostrar ser biodegradables al ser sometidos a un proceso de compostaje conforme al estándar ASTM D6400-19.

Se concede un periodo de 365 días naturales, posterior a la fecha de la entrada en vigor de la NAE para que los productores adecuen sus procesos a los requerimientos establecidos.

Dentro de vigilancia de la NAE, se establece en los transitorios la emisión de un reglamento de certificación por parte de la Secretaría de Medio Ambiente y Desarrollo Territorial (Semadet) para verificar el cumplimiento de los requisitos establecidos. Los ayuntamientos tendrán que hacer las modificaciones reglamentarias necesarias durante los meses de noviembre y diciembre.

La Semadet, en coordinación con las Secretarías de Innovación, Ciencia y Tecnología (SICyT), y Desarrollo Económico (Sedeco) han trabajado de manera coordinada desde el mes de febrero para el desarrollo de la NAE. Para su elaboración, durante los meses de marzo y abril se realizaron mesas de trabajo con la comunidad académica, cámaras de industriales y de comercio, asociaciones civiles y organismos representativos.


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A la par, la SICyT llevó a cabo un programa de asesoramiento para el sector productivo para el conocimiento y desarrollo de materiales permitidos en la NAE. Por su parte, la Sedeco inició los trabajos para implementar un programa de apoyos, a efecto de que las empresas que actualmente producen plásticos de un solo uso, puedan adecuar las tecnologías para atender lo que se establece en la NAE.

La NAE fue evaluada por miembros de la Semadet, la SICyT y la Sedeco, en conjunto con académicos y académicas con amplia trayectoria en tecnologías para el reciclados y materiales biobasados y biodegradables, de diversas instituciones como la Universidad Autónoma Metropolitana, Universidad de Guadalajara, ITESM, CIATEJ, UNIVA, ITESO, entre otras. La NAE en materia de bolsas de agarre y popotes de un solo uso se puede consultar en el Periódico Oficial

Conoce más…

Usted podrá encontrar más datos al respecto en esta dirección:

https://periodicooficial.jalisco.gob.mx/sites/periodicooficial.jalisco.gob.mx/files/10-31-19-iii.pdf

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