Ante la Sala Regional Guadalajara del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, el Partido Acción Nacional (PAN) recuperó momentáneamente dos diputaciones locales, lo que repercute en una nueva conformación de la legislatura local que inicia funciones el 1 de noviembre de manera oficial.
Los diputados panistas que se agregarían a la lista son Hernán Cortés y Verónica González. El primero sería el coordinador de la bancada del PAN que pretende sea una de esas diputaciones para Manuel Alfaro, actual secretario particular del Gobernador, seguramente impugnará y será ante la última instancia en la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, con sede en la Ciudad de México. Lo mismo el caso de Óscar Nicolás García Lomelí, anotado como diputado de Morena e incluso proyectado como coordinador, pero que ahora podría quedar fuera.
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Se trata del expediente del 4076 donde se acumularon todos los juicios subsecuentes, promovidos por Bernardo Macklis Petrini, Karla Azucena Díaz López, José Hernán Cortés Berumen, José Tomás Figueroa Padilla e Irma Verónica González Orozco, respectivamente,así como de los juicios de revisión constitucional electoral del 171 al 174 del año en curso, interpuestos por los partidos políticos Verde Ecologista de México, Revolucionario Institucional, Acción Nacional y Morena, respectivamente, todos a fin de impugnar la resolución del Tribunal Electoral del Estado de Jalisco, que entre otras cosas realizó una nueva asignación de diputaciones de representación proporcional.
Revocan resolución
Al resolver, la magistrada y los magistrados de la Sala Regional Guadalajara determinaron revocar dicha resolución, debido a que el Tribunal local al desarrollar la fórmula de asignación omitió deducir los votos utilizados al otorgar de manera directa una diputación a cada uno de los partidos que, teniendo derecho a participar en la asignación, superaron el 3% de la votación válida emitida; asimismo, porque los ajustes para corregir el rebase de los límites a la sobre y subrepresentación no cumplieron con lo ordenado por la Constitución federal.
Los magistrados estimaron, por otro lado, que no asiste la razón a los actores cuando aducen una falta de exhaustividad y de congruencia en la resolución impugnada.
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Por otra parte, se consideró que la fórmula prevista en la legislación jalisciense para la mencionada asignación no resulta inconstitucional o inconvencional, dado que es válido que no exista correspondencia entre la votación y las curules, siempre y cuando la diferencia no exceda de los ocho puntos porcentuales, sin que ello implique vulneración al principio de igualdad del sufragio, puesto que las reglas aplican de la misma forma para cada voto.
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En consecuencia, se desarrolló de nueva cuenta la fórmula de asignación determinándose que debían revocarse las constancias de mayoría otorgadas a las fórmulas de candidatos encabezadas por Manuel Alfaro Lozano y Óscar Nicolás García Lomelí, de los partidos Revolucionario Institucional (PRI) y Morena, a fin de ser otorgadas a José Hernán Cortés Berumen e Irma Verónica González Orozco del Partido Acción Nacional (PAN).