/ miércoles 28 de agosto de 2019

Duplica Congreso sanción por maltrato animal en Nayarit

Cuando las lesiones o la muerte del animal sean por evitar un mal tanto al animal como a las personas, no se aplicará tales sanciones, siempre y cuando se justifique el hecho

Con la finalidad de detener en Nayarit el maltrato animal, el Congreso local aprobó sancionar con seis meses a seis años de prisión y multar con 10 mil 186 hasta por 61 mil 120 pesos a los dueños que traten mal a su mascota.

La reforma al Código Penal prevé privar al sentenciado de todo derecho sobre dichos animales o los que aún tenga bajo su resguardo. La misma pena y sanción será aplicable para el médico veterinario, la persona que cuide animales y para aquel servidor público que cometa este delito con motivo de sus funciones.


La nota más vista sobre maltrato animal:

Cuando las lesiones o la muerte del animal sean por evitar un mal tanto al animal como a las personas, no se aplicará tales sanciones, siempre y cuando se justifique el hecho.

De acuerdo con el Artículo 422 del Código Penal se considera maltrato o crueldad animal a la causa de muerte empleando métodos que prolonguen la agonía, causando sufrimientos como la tortura, el sadismo, la zoofilia, la mutilación, privación de aire, luz, alimento, bebida, espacio suficiente para su esparcimiento o de abrigo contra la intemperie.

En las mismas reformas aprobadas se incorporan dos nuevos supuestos al delito de maltrato animal: por el suministro o aplicación de substancias u objetos tóxicos e incitar a los animales para que se ataquen entre ellos.

Las reformas a la Ley de Protección de la Fauna tienen que ver con la exhibición y venta de animales, lugares que deben contar con instalaciones adecuadas y personal capacitado; obliga a las autoridades estatales y municipales supervisar que no se cometa maltrato y que los establecimientos cuenten con asesoría de un médico veterinario.

Con la finalidad de detener en Nayarit el maltrato animal, el Congreso local aprobó sancionar con seis meses a seis años de prisión y multar con 10 mil 186 hasta por 61 mil 120 pesos a los dueños que traten mal a su mascota.

La reforma al Código Penal prevé privar al sentenciado de todo derecho sobre dichos animales o los que aún tenga bajo su resguardo. La misma pena y sanción será aplicable para el médico veterinario, la persona que cuide animales y para aquel servidor público que cometa este delito con motivo de sus funciones.


La nota más vista sobre maltrato animal:

Cuando las lesiones o la muerte del animal sean por evitar un mal tanto al animal como a las personas, no se aplicará tales sanciones, siempre y cuando se justifique el hecho.

De acuerdo con el Artículo 422 del Código Penal se considera maltrato o crueldad animal a la causa de muerte empleando métodos que prolonguen la agonía, causando sufrimientos como la tortura, el sadismo, la zoofilia, la mutilación, privación de aire, luz, alimento, bebida, espacio suficiente para su esparcimiento o de abrigo contra la intemperie.

En las mismas reformas aprobadas se incorporan dos nuevos supuestos al delito de maltrato animal: por el suministro o aplicación de substancias u objetos tóxicos e incitar a los animales para que se ataquen entre ellos.

Las reformas a la Ley de Protección de la Fauna tienen que ver con la exhibición y venta de animales, lugares que deben contar con instalaciones adecuadas y personal capacitado; obliga a las autoridades estatales y municipales supervisar que no se cometa maltrato y que los establecimientos cuenten con asesoría de un médico veterinario.

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