/ domingo 14 de junio de 2020

Derechos Humanos detecta actuaciones "desmesuradas" en torno al Covid-19

La presunta agresión verbal de la ciudadanía se expuso como el motivo para desencadenar los arrestos

La Comisión Estatal de Derechos Humanos (CEDH) emitió un Informe especial sobre detenciones arbitrarias en el contexto de las medidas sanitarias durante la pandemia por el Covid-19.

Recomienda que se enmiende el acuerdo del Gobernador de Jalisco, Enrique Alfaro Ramírez del 19 de abril del 2020 sobre las medidas preventivas como el uso de cubrebocas que ocasionó detenciones arbitrarias y la muerte la de Giovanni López.

El acuerdo establecía que se sancionaría a quien no cumpliera y que la fuerza pública tenía la encomienda de hacerlo valer.

En el monitoreo de información pública mediatizada, realizado por la Unidad de Análisis y Contexto de esta Comisión, se registró que en el 13 por ciento de los registros se detectaron actuaciones "probablemente desmesuradas por la no adopción de medidas de prevención de contagio por parte de la ciudadanía, entre los que se encuentran las detenciones de personas en vía pública".

San Pedro Tlaquepaque destacó por la concentración de personas detenidas relacionadas al no acatamiento de las medidas sanitarias, con un total de 68 durante la primera semana (20 al 26 de abril).

La presunta agresión verbal de la ciudadanía se expuso como el motivo para desencadenar los arrestos. San Martín de las Flores fue la colonia con mayor cantidad de detenciones, según reconoció públicamente la corporación del municipio.

Se evidenció que algunos municipios de Jalisco realizaron detenciones arbitrarias que han concluido en arrestos, multas, amonestaciones y el fallecimiento de una persona.

La CEDH recomendó en base a la normatividad que sólo procederá el arresto cuando previamente se han dictado otras sanciones como la amonestación con apercibimiento, la multa o la clausura, ponderando el grado de incumplimiento.

"El arresto o la detención de personas debe ser el último recurso que se utilice para la aplicación y cumplimiento de las medidas anunciadas. En su caso se apunta que la restricción de la libertad debe hacerse en condiciones de seguridad tanto para el personal de seguridad pública como para las personas presuntas infractoras".

El Organismo recomienda al Poder Ejecutivo, Legislativo y Judicial y a los 125 municipios:

-Capacitación constante a sus servidores públicos, especialmente policías.

-Las medidas sanitarias deben aplicarse respetando la dignidad humana, garantizando el respeto y protección de los derechos humanos de todas las personas.

-Que se enmiende y aclare el acuerdo emitido el 19 de abril de 2020, por el gobernador.

-Diseñar una estrategia de información, capacitación y un llamado especial para el personal de todas las instituciones, en especial, al encargado de aplicar las medidas preventivas para atender la pandemia, con el objetivo de modificar los patrones de conducta y prácticas administrativas que vienen resultando ofensivos o en actos de molestia ilegales para la población, y para que se evite todo tipo de confrontaciones entre autoridades y habitantes.

- En casos de exceso o abuso de autoridad, los titulares de seguridad pública municipales ordenen de inmediato el inicio de un procedimiento de investigación, tanto en la vía administrativa como penal.

-Establecer medidas preventivas y de atención, antes de recurrir a medidas restrictivas.

-Diseñar políticas y prácticas administrativas inmediatas, no restrictivas.

-Que las decisiones y medidas que se tomen no sean unilaterales o por decisión gubernamental, sino basarse en estudios serios y científicos, bajo el principio de precaución..

-Profesionalizar al personal de la administración pública, no sólo en las funciones operativas, sino al perfil del servidor público y su disposición para brindar un servicio y respetar derechos.

-Realizar campañas de difusión por parte de las autoridades municipales y estatales con mensajes claros, oportunos, sustentados, a fin de propiciar un ambiente de unidad y Gobernanza. Que lleguen a hogares, lugares públicos, escuelas y universidades.

Sobre todo, la CEDH señala que se evite mantener personas en las cárceles y separos municipales para prevenir contagios.

Algunas autoridades municipales realizaron una aplicación inadecuada del acuerdo dictado por el gobierno estatal, e hicieron caso omiso de los planteamientos de esta defensoría.

Justificaron su actuar por salvaguardar la salud pública de sus pobladores en el contexto de la pandemia.

"Con su aplicación arbitraria y discrecional han dejado de lado el marco jurídico constitucional, lo que ha provocado excesos por parte de los encargados de vigilar su aplicación".

Policías se excedieron en sus métodos para hacer cumplir medidas sanitarias, tales como exigir el uso de cubrebocas, la utilización de espacios públicos, el frecuentar espacios concurridos, el deambular o circular por la vía pública, so pena de ser arrestados; detenciones que se originan ante la resistencia de la población, aplicando medidas como la implementación de filtros sanitarios en los que verifican que las personas vivan en el lugar, de lo contrario, se les impide su acceso, privándoles el ejercicio del derecho al libre tránsito.

Lo que ha provocado distanciamiento entre la autoridad y la población, que en tiempos de crisis pudiera agravar el ambiente de malestar social, "propiciando la violación probablemente involuntaria, pero sistemática, de derechos humanos".

CASOS EMBLEMÁTICOS

-En abril de 2020 policías del Ayuntamiento de Tala, detuvieron con exceso de fuerza a una persona cuando acudía a comprar comida sin usar cubrebocas.

-El 1 de mayo de 2020, policías del municipio de Chapala que participaban en un filtro sanitario impidieron el paso a una persona con el argumento de que en su credencial de elector no se advertía domicilio perteneciente a dicha municipalidad, aunado a que lo esposaron y trasladaron a los separos.

-El 4 de mayo a las 22:00 horas, policías del municipio de Ixtlahuacán de los Membrillos realizaron con excesivo uso de la fuerza, la detención de Giovanni López, con el argumento de que cometía una falta administrativa y agredir a los policías; a la mañana siguiente, a los familiares de Giovanni se les informó que había fallecido.

-El 12 de mayo de 2020, arrestaron a 412 personas en la zona metropolitana de Guadalajara por incumplir medidas de aislamiento social, y en la mayoría de los casos, se realizaron las detenciones porque los implicados respondieron de forma violenta y con agresiones hacia los elementos policiales.

-Del 11 de marzo al 31 de mayo se presentaron 246 quejas (considerando una colectiva que integra 214) por hechos relacionados con actuaciones derivadas de la contención de Covid-19 en la entidad; el 89 por ciento de éstas, por el probable ejercicio indebido de la función pública.

-De las quejas individuales, el 12.5 por ciento se relacionó con las restricciones derivadas de la aplicación de medidas.

-Se registró una queja en contra del Ayuntamiento de Tapalpa por presunta violación al derecho a la legalidad y seguridad jurídica, a favor de una persona a quien le impidieron el paso por la contingencia por Covid-19, debido a que no llevaba consigo un comprobante de domicilio.

-Se documentaron 237 arrestos en los distintos municipios de Jalisco, Cañadas de Obregón es el que presenta mayor incidencia con 44 personas detenidas, seguido del municipio de Ameca con 30. -En Mezquitic se realizaron cinco arrestos por desacato, mientras que en Tototlán se realizaron 3 arrestos por falta administrativa.

EL DATO

El documento completo se puede consultar en: http://cedhj.org.mx/recomendaciones/inf.%20especiales/2020/Informe%20detenciones.pdf

La Comisión Estatal de Derechos Humanos (CEDH) emitió un Informe especial sobre detenciones arbitrarias en el contexto de las medidas sanitarias durante la pandemia por el Covid-19.

Recomienda que se enmiende el acuerdo del Gobernador de Jalisco, Enrique Alfaro Ramírez del 19 de abril del 2020 sobre las medidas preventivas como el uso de cubrebocas que ocasionó detenciones arbitrarias y la muerte la de Giovanni López.

El acuerdo establecía que se sancionaría a quien no cumpliera y que la fuerza pública tenía la encomienda de hacerlo valer.

En el monitoreo de información pública mediatizada, realizado por la Unidad de Análisis y Contexto de esta Comisión, se registró que en el 13 por ciento de los registros se detectaron actuaciones "probablemente desmesuradas por la no adopción de medidas de prevención de contagio por parte de la ciudadanía, entre los que se encuentran las detenciones de personas en vía pública".

San Pedro Tlaquepaque destacó por la concentración de personas detenidas relacionadas al no acatamiento de las medidas sanitarias, con un total de 68 durante la primera semana (20 al 26 de abril).

La presunta agresión verbal de la ciudadanía se expuso como el motivo para desencadenar los arrestos. San Martín de las Flores fue la colonia con mayor cantidad de detenciones, según reconoció públicamente la corporación del municipio.

Se evidenció que algunos municipios de Jalisco realizaron detenciones arbitrarias que han concluido en arrestos, multas, amonestaciones y el fallecimiento de una persona.

La CEDH recomendó en base a la normatividad que sólo procederá el arresto cuando previamente se han dictado otras sanciones como la amonestación con apercibimiento, la multa o la clausura, ponderando el grado de incumplimiento.

"El arresto o la detención de personas debe ser el último recurso que se utilice para la aplicación y cumplimiento de las medidas anunciadas. En su caso se apunta que la restricción de la libertad debe hacerse en condiciones de seguridad tanto para el personal de seguridad pública como para las personas presuntas infractoras".

El Organismo recomienda al Poder Ejecutivo, Legislativo y Judicial y a los 125 municipios:

-Capacitación constante a sus servidores públicos, especialmente policías.

-Las medidas sanitarias deben aplicarse respetando la dignidad humana, garantizando el respeto y protección de los derechos humanos de todas las personas.

-Que se enmiende y aclare el acuerdo emitido el 19 de abril de 2020, por el gobernador.

-Diseñar una estrategia de información, capacitación y un llamado especial para el personal de todas las instituciones, en especial, al encargado de aplicar las medidas preventivas para atender la pandemia, con el objetivo de modificar los patrones de conducta y prácticas administrativas que vienen resultando ofensivos o en actos de molestia ilegales para la población, y para que se evite todo tipo de confrontaciones entre autoridades y habitantes.

- En casos de exceso o abuso de autoridad, los titulares de seguridad pública municipales ordenen de inmediato el inicio de un procedimiento de investigación, tanto en la vía administrativa como penal.

-Establecer medidas preventivas y de atención, antes de recurrir a medidas restrictivas.

-Diseñar políticas y prácticas administrativas inmediatas, no restrictivas.

-Que las decisiones y medidas que se tomen no sean unilaterales o por decisión gubernamental, sino basarse en estudios serios y científicos, bajo el principio de precaución..

-Profesionalizar al personal de la administración pública, no sólo en las funciones operativas, sino al perfil del servidor público y su disposición para brindar un servicio y respetar derechos.

-Realizar campañas de difusión por parte de las autoridades municipales y estatales con mensajes claros, oportunos, sustentados, a fin de propiciar un ambiente de unidad y Gobernanza. Que lleguen a hogares, lugares públicos, escuelas y universidades.

Sobre todo, la CEDH señala que se evite mantener personas en las cárceles y separos municipales para prevenir contagios.

Algunas autoridades municipales realizaron una aplicación inadecuada del acuerdo dictado por el gobierno estatal, e hicieron caso omiso de los planteamientos de esta defensoría.

Justificaron su actuar por salvaguardar la salud pública de sus pobladores en el contexto de la pandemia.

"Con su aplicación arbitraria y discrecional han dejado de lado el marco jurídico constitucional, lo que ha provocado excesos por parte de los encargados de vigilar su aplicación".

Policías se excedieron en sus métodos para hacer cumplir medidas sanitarias, tales como exigir el uso de cubrebocas, la utilización de espacios públicos, el frecuentar espacios concurridos, el deambular o circular por la vía pública, so pena de ser arrestados; detenciones que se originan ante la resistencia de la población, aplicando medidas como la implementación de filtros sanitarios en los que verifican que las personas vivan en el lugar, de lo contrario, se les impide su acceso, privándoles el ejercicio del derecho al libre tránsito.

Lo que ha provocado distanciamiento entre la autoridad y la población, que en tiempos de crisis pudiera agravar el ambiente de malestar social, "propiciando la violación probablemente involuntaria, pero sistemática, de derechos humanos".

CASOS EMBLEMÁTICOS

-En abril de 2020 policías del Ayuntamiento de Tala, detuvieron con exceso de fuerza a una persona cuando acudía a comprar comida sin usar cubrebocas.

-El 1 de mayo de 2020, policías del municipio de Chapala que participaban en un filtro sanitario impidieron el paso a una persona con el argumento de que en su credencial de elector no se advertía domicilio perteneciente a dicha municipalidad, aunado a que lo esposaron y trasladaron a los separos.

-El 4 de mayo a las 22:00 horas, policías del municipio de Ixtlahuacán de los Membrillos realizaron con excesivo uso de la fuerza, la detención de Giovanni López, con el argumento de que cometía una falta administrativa y agredir a los policías; a la mañana siguiente, a los familiares de Giovanni se les informó que había fallecido.

-El 12 de mayo de 2020, arrestaron a 412 personas en la zona metropolitana de Guadalajara por incumplir medidas de aislamiento social, y en la mayoría de los casos, se realizaron las detenciones porque los implicados respondieron de forma violenta y con agresiones hacia los elementos policiales.

-Del 11 de marzo al 31 de mayo se presentaron 246 quejas (considerando una colectiva que integra 214) por hechos relacionados con actuaciones derivadas de la contención de Covid-19 en la entidad; el 89 por ciento de éstas, por el probable ejercicio indebido de la función pública.

-De las quejas individuales, el 12.5 por ciento se relacionó con las restricciones derivadas de la aplicación de medidas.

-Se registró una queja en contra del Ayuntamiento de Tapalpa por presunta violación al derecho a la legalidad y seguridad jurídica, a favor de una persona a quien le impidieron el paso por la contingencia por Covid-19, debido a que no llevaba consigo un comprobante de domicilio.

-Se documentaron 237 arrestos en los distintos municipios de Jalisco, Cañadas de Obregón es el que presenta mayor incidencia con 44 personas detenidas, seguido del municipio de Ameca con 30. -En Mezquitic se realizaron cinco arrestos por desacato, mientras que en Tototlán se realizaron 3 arrestos por falta administrativa.

EL DATO

El documento completo se puede consultar en: http://cedhj.org.mx/recomendaciones/inf.%20especiales/2020/Informe%20detenciones.pdf

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