Dan luz verde a Ley de Amnistía para mujeres víctimas de violencia de género

Con esto se extinguen las acciones penales y las sanciones impuestas por el delito cometido, dejando subsistente la responsabilidad civil y a salvo los derechos de quienes puedan exigirla

Rosario Bareño | El Occidental

  · miércoles 16 de octubre de 2019

Diputados de la Comisión de Seguridad y Justicia del Congreso del Estado dieron luz verde a la Ley de Amnistía para las Mujeres Víctimas de Violencia de Género, que aplicará a mujeres procesadas y sentenciadas antes de junio del 2016 y que en este contexto estarían entre 8 y 14 mujeres que pudieran beneficiarse y que hoy se encuentran presas por haber cometido delitos de homicidio, parricidio y lesiones tras vivir violencia extrema.

El presidente de la Comisión de Seguridad y Justicia, diputado Enrique Velásquez, informó que las mujeres podrán acogerse a la amnistía ante el juez de ejecución de sanciones donde se tiene su expediente, esto deberá hacerlo una vez que el Pleno del Legislativo apruebe dicha Ley y el Ejecutivo Estatal la publique y entre en vigor al día siguiente de su publicación.


Te recomendamos:

En la sesión de la Comisión, la diputada Mariana Fernández propuso que también se acogieran a ello mujeres, no sólo las procesadas y sentenciadas con el antiguo sistema penal, sino con el actual. También que se unificara por el delito de parricidio e todos los artículos, porque en unos viene y otros no.

El juez de Ejecución de sanciones, resolverá en audiencia única si reúnen los requisitos de procedencia, de cumplir con los mismos, decretará la libertad de manera inmediata y destacó que una vez que se hace la solicitud, el juez entra al estudio del caso y al dictaminar procedente se ordenará la eliminación del antecedente criminal.

La propuesta es del diputado de Movimiento Ciudadano, Salvador Caro Cabrera, que establece que con la amnistía se extinguen las acciones penales y las sanciones impuestas por el delito cometido, dejando subsistente la responsabilidad civil y a salvo los derechos de quienes puedan exigirla.

Velásquez, expuso que la solicitante no debe tener antecedentes penales por delitos dolosos, ni sentencias firmes por diverso delito ni estar sujeta a otro proceso penal del fuero común o federal por delito doloso, ni que exista evidencia que pruebe que fueron provocadoras y/o generadoras de violencia de género o violencia familiar. Así como haber cubierto o garantizado el pago de la reparación del daño integral; que el delito haya sido cometido con anterioridad a la fecha de la conclusión de la transición al Sistema de Justicia Penal Acusatorio y Oral en el Estado de Jalisco, hasta antes del 16 de Junio de 2016.

Caro Cabrera en su iniciativa, manifestó que con esta ley se busca:”reparar las violaciones de que han sido víctimas.Se propone extinguir la responsabilidad penal, a todas aquellas mujeres que mediante alguna conducta de acción u omisión, hubieren causado lesiones o la muerte a su esposo, cónyuge, concubino o pareja sentimental, con motivo de la defensa de su dignidad humana como mujer”.

Aplica a las mujeres que acrediten antecedentes de sufrir violencia sistemática, ya sea física o sexual, por parte del sujeto pasivo, y que éste haya sido su esposo, cónyuge o pareja sentimental, padres o hermanos; que exista evidencia suficiente que compruebe que la sentenciada o procesada, por motivos de la violencia a la que se hace referencia, fue lo que motivó a la ejecución del hecho.

TEMAS