/ domingo 3 de mayo de 2020

La mentira, delito grave

Bueno sería, que en vez de proponer una iniciativa que solo busca un modo de ejercer el poder de una forma absoluta, como resulta esa que acaba de recibir el Congreso de la Unión de parte del Presidente, en la que maliciosamente ambiciona poseer más de un poder, pues eso va intrínseco, -ya que lo que plantea, se trata de una medida arbitraria, que no responde a una verdad ni a la justo, sino únicamente a su interés personal-, intentando manipular un entorno por demás tergiversado, -como es el que vivimos-, de una forma por demás dolosa, lo cual es absolutamente inconstitucional, que si se aprobara la misma, es evidente una traición a la patria, tanto por parte de quien la formula, como de quienes la llegaron aprobar, esperando que esto nunca suceda.

Sería mucho mejor que el Presidente de la República, enviará una iniciativa de ley, para que se estableciera en el Código Penal Federal, -como delito grave- la mentira emitida por cualquier funcionario público, en el ejercicio de sus funciones, a la sociedad, sin importar el ámbito de sus funciones, es decir, desde el Presidente de la República, hasta el más modesto servidor municipal, ya que, el mentirnos es una práctica muy habitual y sin ninguna consecuencia legal para quienes lo hacen, desafortunadamente para todos nosotros, las invenciones van desde lo que se ofrece en campaña electoral, luego, en el ejercicio de su función pública, -lo que se desea sea punible y de consecuencias legales de gran vigor y trascendencia-, según sea el caso, ya que en la actualidad, al funcionario público se le hace muy fácil expresar información falsa, sobre todo en tratándose desde proyectos simples hasta los faraónicos, adulterando desde los costos, calidades en las obras, los materiales, los implementos, los productos y desde luego en los resultados y beneficios, asimismo de cuanto se hace o se deja de hacer. La propuesta que se plantea, es contra aquel funcionario público que mienta sin una justificación razonable, bastante, desde luego, verosímil, cierta, real, oportuna y legal, conducta que se considerara como delito grave y con pena de uno a treinta años de prisión. Por razones de espacio, en otra columna trataré de hacer la ponderación bastante convincente de lo que es la mentira.

Es igualmente urgente que en el fuero común, en todas las entidades de la República, lo que se establece como delito, “dar información falsa a la autoridad en el ejercicio de sus funciones”, es decir, el dar información falsa o faltare dolosamente a la verdad, que no es otra cosa más que mentir y que se define literalmente, como el faltar a la verdad con relación a los hechos o circunstancias que motivan la intervención de la autoridad, lo que actualmente se castiga con una pena de uno a cinco años de prisión y que con los beneficios establecidos en la misma legislación penal, esta sanción se vuelve nugatoria y hace posible que cualquier persona falte a la verdad, causando severos perjuicios, tanto morales, familiares, materiales y hasta económicos, que pueden destruir, desde la honra, la dignidad, la vida e inclusive el patrimonio, en algunos casos, sin mayores consecuencias para enmendar, lo que hace necesario y urgente, tanto para evitar semejantes perjuicios a las personas, como a los entes públicos y privados, se hace necesario que se establezcan en los Códigos Penales Estatales, disposiciones relativas a la definición de delito; la descripción de las conductas u omisiones que constituyen delitos; las penas o medidas de seguridad para sancionar a quienes incurren en la comisión de este delito, atendiendo a la gravedad y las agravantes con que se cometa, donde se impondrá una pena de un mes a quince años de prisión; igualmente haremos en mejor ocasión un análisis socio jurídico más cuidadoso, pero que no obsta para que los diputados federales y locales, les venga del cielo la idea de atender esta conducta tan dolorosa y grave que resulta frecuentemente y queda en total impunidad, lo cual, no hace distingos de géneros, lo que es urgente se atienda para procurarnos, a mi juicio, un mejor ambiente y desarrollo social entre unos y otros y, desde luego espero que no se sientan ofendidos, por esta modesta propuesto que con todo respeto les formuló, pero ya es necesario la creación de una legislación, sin intereses políticos, ni de grupo ni de personas.

Director del Observatorio Académico de Justicia y Seguridad Pública de la División de Estudios Jurídicos de la UdeG.

locb15@hotmail.com

Bueno sería, que en vez de proponer una iniciativa que solo busca un modo de ejercer el poder de una forma absoluta, como resulta esa que acaba de recibir el Congreso de la Unión de parte del Presidente, en la que maliciosamente ambiciona poseer más de un poder, pues eso va intrínseco, -ya que lo que plantea, se trata de una medida arbitraria, que no responde a una verdad ni a la justo, sino únicamente a su interés personal-, intentando manipular un entorno por demás tergiversado, -como es el que vivimos-, de una forma por demás dolosa, lo cual es absolutamente inconstitucional, que si se aprobara la misma, es evidente una traición a la patria, tanto por parte de quien la formula, como de quienes la llegaron aprobar, esperando que esto nunca suceda.

Sería mucho mejor que el Presidente de la República, enviará una iniciativa de ley, para que se estableciera en el Código Penal Federal, -como delito grave- la mentira emitida por cualquier funcionario público, en el ejercicio de sus funciones, a la sociedad, sin importar el ámbito de sus funciones, es decir, desde el Presidente de la República, hasta el más modesto servidor municipal, ya que, el mentirnos es una práctica muy habitual y sin ninguna consecuencia legal para quienes lo hacen, desafortunadamente para todos nosotros, las invenciones van desde lo que se ofrece en campaña electoral, luego, en el ejercicio de su función pública, -lo que se desea sea punible y de consecuencias legales de gran vigor y trascendencia-, según sea el caso, ya que en la actualidad, al funcionario público se le hace muy fácil expresar información falsa, sobre todo en tratándose desde proyectos simples hasta los faraónicos, adulterando desde los costos, calidades en las obras, los materiales, los implementos, los productos y desde luego en los resultados y beneficios, asimismo de cuanto se hace o se deja de hacer. La propuesta que se plantea, es contra aquel funcionario público que mienta sin una justificación razonable, bastante, desde luego, verosímil, cierta, real, oportuna y legal, conducta que se considerara como delito grave y con pena de uno a treinta años de prisión. Por razones de espacio, en otra columna trataré de hacer la ponderación bastante convincente de lo que es la mentira.

Es igualmente urgente que en el fuero común, en todas las entidades de la República, lo que se establece como delito, “dar información falsa a la autoridad en el ejercicio de sus funciones”, es decir, el dar información falsa o faltare dolosamente a la verdad, que no es otra cosa más que mentir y que se define literalmente, como el faltar a la verdad con relación a los hechos o circunstancias que motivan la intervención de la autoridad, lo que actualmente se castiga con una pena de uno a cinco años de prisión y que con los beneficios establecidos en la misma legislación penal, esta sanción se vuelve nugatoria y hace posible que cualquier persona falte a la verdad, causando severos perjuicios, tanto morales, familiares, materiales y hasta económicos, que pueden destruir, desde la honra, la dignidad, la vida e inclusive el patrimonio, en algunos casos, sin mayores consecuencias para enmendar, lo que hace necesario y urgente, tanto para evitar semejantes perjuicios a las personas, como a los entes públicos y privados, se hace necesario que se establezcan en los Códigos Penales Estatales, disposiciones relativas a la definición de delito; la descripción de las conductas u omisiones que constituyen delitos; las penas o medidas de seguridad para sancionar a quienes incurren en la comisión de este delito, atendiendo a la gravedad y las agravantes con que se cometa, donde se impondrá una pena de un mes a quince años de prisión; igualmente haremos en mejor ocasión un análisis socio jurídico más cuidadoso, pero que no obsta para que los diputados federales y locales, les venga del cielo la idea de atender esta conducta tan dolorosa y grave que resulta frecuentemente y queda en total impunidad, lo cual, no hace distingos de géneros, lo que es urgente se atienda para procurarnos, a mi juicio, un mejor ambiente y desarrollo social entre unos y otros y, desde luego espero que no se sientan ofendidos, por esta modesta propuesto que con todo respeto les formuló, pero ya es necesario la creación de una legislación, sin intereses políticos, ni de grupo ni de personas.

Director del Observatorio Académico de Justicia y Seguridad Pública de la División de Estudios Jurídicos de la UdeG.

locb15@hotmail.com