/ domingo 24 de enero de 2021

El Teletrabajo (Home office) II

Las y los invito a informarse al detalle de la reforma del artículo 311 de la ley federal del trabajo, es el momento oportuno para que tanto empleadores como empleados reconozcan sus derechos y obligaciones en ésta modalidad laboral ante la nueva normalidad que nos plantea la pandemia del COVID-19.

Capítulo XII Bis en la materia. El artículo 330-A define teletrabajo como una forma de organización laboral subordinada que consiste en el desempeño de actividades remuneradas en lugares distintos al establecimiento o establecimientos del patrón…

Artículo 330-D Los patrones que no cuenten con un contrato colectivo de trabajo deberán incluir el teletrabajo en su reglamento interior de trabajo, y establecer mecanismos que garanticen la vinculación y contacto entre las personas trabajadoras que desempeñen sus labores bajo esta modalidad”.

Las obligaciones de los patrones se detallan en el artículo 330-E mediante ocho puntos específicos, entre otros: I. Proporcionar, instalar y encargarse del mantenimiento de los equipos necesarios para el teletrabajo… de cómputo, sillas ergonómicas, impresoras, entre otros; III. Asumir los costos derivados del trabajo… incluyendo, en su caso, el pago de servicios de telecomunicación y la parte proporcional de electricidad; Inscribir a las personas trabajadoras en la modalidad de teletrabajo al régimen obligatorio de la seguridad social; VIII Establecer los mecanismos de capacitación y asesoría necesarios para garantizar la adaptación, aprendizaje y el uso adecuado de las tecnologías de la información de las personas trabajadoras en la modalidad de teletrabajo, con especial énfasis en aquellas que cambien de modalidad presencial a teletrabajo.

Por su parte las personas trabajadoras tienen que cumplir con lo señalado en el artículo 330-F, I…tener cuidado en la conservación del equipo; II…Informar con oportunidad sobre los costos pactados en servicios de telecomunicaciones y del consumo de electricidad; III. Obedecer y conducirse con apego a las disposiciones en materia de seguridad y salud en el trabajo…; IV atender los mecanismos y sistemas operativos para supervisión de sus actividades, y V atender las políticas y mecanismos de protección de datos…

Artículo 330-H…el patrón deberá observar una perspectiva de género que permita conciliar la vida personal y la disponibilidad de los trabajadores bajo en la jornada laboral.

ARTICULO 330-I Los mecanismos de supervisión del teletrabajo deberán garantizar el derecho a la intimidad y solo se podrán utilizar cámaras de vídeo y micrófonos de manera extraordinaria o cuando las funciones lo justifiquen.

Como dato importante para empresario y trabajador la clarificación que se contempla en el artículo 330-G, “el cambio de modalidad de presencial a teletrabajo, deberá ser voluntario y establecido por escrito”… En todo caso cuando se dé un cambio de modalidad…”las partes tendrán derecho a la reversibilidad a la modalidad presencial”…; para ello se requerirá estipular los lineamiento de tiempo y forma para el retorno.

Decreto: http://dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5609683&fecha=11/01/2021

En la Secretaría del Trabajo (STyPS) tiene ustedes un aliado; el número telefónico: 33 30301000 extensión 0 (cero); correo electrónico: atencionciudadana.stps@jalisco.gob.mx estamos ubicados en Calzada de las Palmas #96 Colonia La Aurora, Guadalajara Jalisco. Horario de 8:00 a 16:00 horas.

En la STyPS protegemos a nuestros grupos vulnerables, mujeres embarazadas, niños y adultos mayores, acudan con cubrebocas, apliquen gel antibacterial y mantengan la sana distancia.

¡En Jalisco la paz laboral y la unidad son una realidad!

* Secretario del Trabajo y Previsión Social

Las y los invito a informarse al detalle de la reforma del artículo 311 de la ley federal del trabajo, es el momento oportuno para que tanto empleadores como empleados reconozcan sus derechos y obligaciones en ésta modalidad laboral ante la nueva normalidad que nos plantea la pandemia del COVID-19.

Capítulo XII Bis en la materia. El artículo 330-A define teletrabajo como una forma de organización laboral subordinada que consiste en el desempeño de actividades remuneradas en lugares distintos al establecimiento o establecimientos del patrón…

Artículo 330-D Los patrones que no cuenten con un contrato colectivo de trabajo deberán incluir el teletrabajo en su reglamento interior de trabajo, y establecer mecanismos que garanticen la vinculación y contacto entre las personas trabajadoras que desempeñen sus labores bajo esta modalidad”.

Las obligaciones de los patrones se detallan en el artículo 330-E mediante ocho puntos específicos, entre otros: I. Proporcionar, instalar y encargarse del mantenimiento de los equipos necesarios para el teletrabajo… de cómputo, sillas ergonómicas, impresoras, entre otros; III. Asumir los costos derivados del trabajo… incluyendo, en su caso, el pago de servicios de telecomunicación y la parte proporcional de electricidad; Inscribir a las personas trabajadoras en la modalidad de teletrabajo al régimen obligatorio de la seguridad social; VIII Establecer los mecanismos de capacitación y asesoría necesarios para garantizar la adaptación, aprendizaje y el uso adecuado de las tecnologías de la información de las personas trabajadoras en la modalidad de teletrabajo, con especial énfasis en aquellas que cambien de modalidad presencial a teletrabajo.

Por su parte las personas trabajadoras tienen que cumplir con lo señalado en el artículo 330-F, I…tener cuidado en la conservación del equipo; II…Informar con oportunidad sobre los costos pactados en servicios de telecomunicaciones y del consumo de electricidad; III. Obedecer y conducirse con apego a las disposiciones en materia de seguridad y salud en el trabajo…; IV atender los mecanismos y sistemas operativos para supervisión de sus actividades, y V atender las políticas y mecanismos de protección de datos…

Artículo 330-H…el patrón deberá observar una perspectiva de género que permita conciliar la vida personal y la disponibilidad de los trabajadores bajo en la jornada laboral.

ARTICULO 330-I Los mecanismos de supervisión del teletrabajo deberán garantizar el derecho a la intimidad y solo se podrán utilizar cámaras de vídeo y micrófonos de manera extraordinaria o cuando las funciones lo justifiquen.

Como dato importante para empresario y trabajador la clarificación que se contempla en el artículo 330-G, “el cambio de modalidad de presencial a teletrabajo, deberá ser voluntario y establecido por escrito”… En todo caso cuando se dé un cambio de modalidad…”las partes tendrán derecho a la reversibilidad a la modalidad presencial”…; para ello se requerirá estipular los lineamiento de tiempo y forma para el retorno.

Decreto: http://dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5609683&fecha=11/01/2021

En la Secretaría del Trabajo (STyPS) tiene ustedes un aliado; el número telefónico: 33 30301000 extensión 0 (cero); correo electrónico: atencionciudadana.stps@jalisco.gob.mx estamos ubicados en Calzada de las Palmas #96 Colonia La Aurora, Guadalajara Jalisco. Horario de 8:00 a 16:00 horas.

En la STyPS protegemos a nuestros grupos vulnerables, mujeres embarazadas, niños y adultos mayores, acudan con cubrebocas, apliquen gel antibacterial y mantengan la sana distancia.

¡En Jalisco la paz laboral y la unidad son una realidad!

* Secretario del Trabajo y Previsión Social