/ miércoles 25 de noviembre de 2020

¿Culpa sin juicio?

En las últimas semanas ha corrido demasiada tinta y ha fluido mucho verbo sobre el desistimiento de cargos que en Estados Unidos pesan contra Salvador Cienfuegos Zepeda, al que diversas voces consideran un criminal, soslayando el hecho de que el general de División retirado no fue juzgado en el vecino país del norte.

¿Cómo afirmar que Cienfuegos es culpable de narcotráfico y lavado de dinero si no hubo juicio? Además, regresó a México “como ciudadano repatriado de EU, y se pone a disposición de la Fiscalía General de la República (FGR) mexicana en libertad, no en calidad de detenido, escribió el canciller Marcelo Ebrard Casaubón a través de su cuenta de Twitter.

Los que lo califican de criminal o de delincuente de carácter internacional pasan por alto la presunción de inocencia, un principio jurídico que implica que cualquier persona acusada de un delito debe considerarse inocente hasta que se compruebe que ha violado la norma establecida y se dé una sentencia condenatoria o absolutoria por parte de un juez.

Este principio, que se deriva del debido proceso y establece los derechos de toda persona imputada, no permite que exista culpa sin juicio.

De acuerdo con la presunción de inocencia, ningún hombre puede ser llamado culpable antes de la sentencia del juez. Lo dice así el artículo 11 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos, el artículo 8 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos, y el artículo 14 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos de la ONU. Establecen este principio diversas constituciones de varios países democráticos, entre ellas la Carta Magna de nuestro país, que establece “entre los derechos de toda persona imputada” el de “que se presuma su inocencia mientras no se declare su responsabilidad mediante sentencia emitida por el juez de la causa” (Artículo 20). En Estados Unidos, la presunción de inocencia está implícita en la garantía del debido proceso de las Enmiendas quinta y decimocuarta”.

Pero hay otra cuestión a considerar: en su columna de opinión del pasado 20 de noviembre en el diario El Universal, el periodista Raúl Rodríguez Cortés se refiere a las “pruebas” de la Administración para el Control de Drogas (DEA, por sus siglas en inglés), a las que el título de la columna califica como “débiles”. Aquí las palabras del columnista:

“Las evidencias contra el general Salvador Cienfuegos entregadas al gobierno de México por el de Estados Unidos el pasado miércoles 11 de noviembre, no incluyen grabaciones telefónicas, ni videos, ni ninguna otra prueba que lo implique contundentemente, asegura a esta columna una fuente del más alto nivel en la secretaría de Relaciones Exteriores”.

Por su parte, el abogado Everardo Rojas Contreras declaró al diario El Occidental de la ciudad de Guadalajara lo siguiente: “yo considero que el gobierno de Estados Unidos nunca tuvo pruebas suficientes en contra del general Cienfuegos, que ha sido vituperado y denostado en forma terrible con argumentos infantiles y hasta pueriles”.

Por eso, me sorprendieron mucho las expresiones de los fiscales estadounidenses que pidieron a un juez que encarcelara a quien fue titular de la Secretaría de la Defensa Nacional en el sexenio del expresidente Enrique Peña Nieto, y que le negara el derecho a fianza, pues –dijeron- existía el riesgo de que escapara a México donde el militar contaba con redes de protección que podrían dificultar su extradición.

Mi percepción del Ejército Mexicano, encargado de la protección militar del territorio nacional, no ha cambiado en nada. Sigo considerándolo una institución sólida, honorable y solidaria con el pueblo de México, respetuosa de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, de la autoridad civil y del jefe supremo de las Fuerzas Armadas, en este caso el presidente de la República, Andrés Manuel López Obrador.

Lo digo consciente de casos como Ayotzinapa y Tlatlaya, este último considerado por algunos como el capítulo más oscuro desde que las Fuerzas Armadas fueron asignadas a labores de seguridad pública durante el sexenio de Felipe Calderón Hinojosa. Sin embargo, el que algunos militares hayan cometido errores tan lamentables como los antes mencionados, no le resta trascendencia y honorabilidad a la institución castrense.

Twitter: @armayacastro

En las últimas semanas ha corrido demasiada tinta y ha fluido mucho verbo sobre el desistimiento de cargos que en Estados Unidos pesan contra Salvador Cienfuegos Zepeda, al que diversas voces consideran un criminal, soslayando el hecho de que el general de División retirado no fue juzgado en el vecino país del norte.

¿Cómo afirmar que Cienfuegos es culpable de narcotráfico y lavado de dinero si no hubo juicio? Además, regresó a México “como ciudadano repatriado de EU, y se pone a disposición de la Fiscalía General de la República (FGR) mexicana en libertad, no en calidad de detenido, escribió el canciller Marcelo Ebrard Casaubón a través de su cuenta de Twitter.

Los que lo califican de criminal o de delincuente de carácter internacional pasan por alto la presunción de inocencia, un principio jurídico que implica que cualquier persona acusada de un delito debe considerarse inocente hasta que se compruebe que ha violado la norma establecida y se dé una sentencia condenatoria o absolutoria por parte de un juez.

Este principio, que se deriva del debido proceso y establece los derechos de toda persona imputada, no permite que exista culpa sin juicio.

De acuerdo con la presunción de inocencia, ningún hombre puede ser llamado culpable antes de la sentencia del juez. Lo dice así el artículo 11 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos, el artículo 8 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos, y el artículo 14 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos de la ONU. Establecen este principio diversas constituciones de varios países democráticos, entre ellas la Carta Magna de nuestro país, que establece “entre los derechos de toda persona imputada” el de “que se presuma su inocencia mientras no se declare su responsabilidad mediante sentencia emitida por el juez de la causa” (Artículo 20). En Estados Unidos, la presunción de inocencia está implícita en la garantía del debido proceso de las Enmiendas quinta y decimocuarta”.

Pero hay otra cuestión a considerar: en su columna de opinión del pasado 20 de noviembre en el diario El Universal, el periodista Raúl Rodríguez Cortés se refiere a las “pruebas” de la Administración para el Control de Drogas (DEA, por sus siglas en inglés), a las que el título de la columna califica como “débiles”. Aquí las palabras del columnista:

“Las evidencias contra el general Salvador Cienfuegos entregadas al gobierno de México por el de Estados Unidos el pasado miércoles 11 de noviembre, no incluyen grabaciones telefónicas, ni videos, ni ninguna otra prueba que lo implique contundentemente, asegura a esta columna una fuente del más alto nivel en la secretaría de Relaciones Exteriores”.

Por su parte, el abogado Everardo Rojas Contreras declaró al diario El Occidental de la ciudad de Guadalajara lo siguiente: “yo considero que el gobierno de Estados Unidos nunca tuvo pruebas suficientes en contra del general Cienfuegos, que ha sido vituperado y denostado en forma terrible con argumentos infantiles y hasta pueriles”.

Por eso, me sorprendieron mucho las expresiones de los fiscales estadounidenses que pidieron a un juez que encarcelara a quien fue titular de la Secretaría de la Defensa Nacional en el sexenio del expresidente Enrique Peña Nieto, y que le negara el derecho a fianza, pues –dijeron- existía el riesgo de que escapara a México donde el militar contaba con redes de protección que podrían dificultar su extradición.

Mi percepción del Ejército Mexicano, encargado de la protección militar del territorio nacional, no ha cambiado en nada. Sigo considerándolo una institución sólida, honorable y solidaria con el pueblo de México, respetuosa de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, de la autoridad civil y del jefe supremo de las Fuerzas Armadas, en este caso el presidente de la República, Andrés Manuel López Obrador.

Lo digo consciente de casos como Ayotzinapa y Tlatlaya, este último considerado por algunos como el capítulo más oscuro desde que las Fuerzas Armadas fueron asignadas a labores de seguridad pública durante el sexenio de Felipe Calderón Hinojosa. Sin embargo, el que algunos militares hayan cometido errores tan lamentables como los antes mencionados, no le resta trascendencia y honorabilidad a la institución castrense.

Twitter: @armayacastro