/ viernes 17 de enero de 2020

Accidentes viales: la piedra en el zapato

Ni todos los programas juntos, por más acertados, han logrado disminuir la vulnerabilidad de movilizarse en el Área Metropolitana de Guadalajara, convertida hoy en una de las ciudades con el mayor número de accidentes fatales para el peatón y, probablemente, la de mayor crecimiento relativo del parque vehicular en el país. Eso explica el fenómeno del caos vial generado por choques simultáneos en diversas partes de la ciudad en un mismo día, y tal como lo presencié esta semana con accidentes viales de menor cuantía en el tunel de L. Mateos a la altura de Plaza del Sol y cuyo efecto, por no mover los autos, fue una fila de vehículos moviéndose lentamente desde el punto del siniestro hasta el paraje La Tijera en la Av. López Mateos Sur, y así es en las decenas de los casos por choques.

La inconclusa Línea 3 del Tren Eléctrico; el extraordinario proyecto del Peribus; la contención reglamentada del ingreso a la ciudad de los trailers entre las 6:00 y las 9:00 a.m.; las diversas y complicadas ciclovías, anexas a la promoción del innovador programa “Mi Bici”; la constante renovación y señalización vial e incluso el reordenamiento del uso de las motocicletas y otras acciones gubernamentales, no han logrado contener la pérdida de millones de pesos en el caos vial y contaminación ambiental generada por los accidentes o siniestros viales menores, los cuales a pesar de estar normados, se han convertido en una actividad comercial de alta rentabilidad para las aseguradoras de vehículos automotores.

De hecho, la autoridad gubernamental debería aplicar el reglamento e interpretar, a favor de los ciudadanos víctimas del uso de una ciudad peligrosa y contaminada, al aplicar el precepto jurídico establecido en el artículo 153 del Reglamento de la Ley General de Movilidad y Transporte del Estado de Jalisco que en su inciso a) señala …“Si todos los vehículos están en condiciones de circular y ninguno de los conductores presenta síntomas de estar bajo el influjo de alcohol, drogas, estupefacientes o psicotrópicos y no hubiera daños al Municipio, Estado, Federación o terceros, las partes los moverán a una zona segura … con el objeto de que no represente un mayor riesgo para ellos u otros sujetos de la movilidad…”

Al mismo tiempo, el citado artículo del Reglamento, señala la posibilidad alternativa de no requerir de la presencia de autoridad alguna, al agregar más adelante “… las partes podrán solicitar la presencia de la Policía Vial Estatal …, o en su caso la Policía de Tránsito Municipal, la cual mediaría entre las partes a efecto de deslindar responsabilidad y conminarlos a llegar a un acuerdo que garantice la reparación del daño”, lo anterior aún sin mencionar el bagaje representado por la Ley de justicia alternativa.

De lo anterior se deduce la prioridad de resguardar la vida humana; y su consecuencia inevitable sería la agilización del tráfico en circunstancias de siniestralidad menor, sin cumplir la peligrosa y complicada función de trabajar gratis para las aseguradoras, cuya principal obligación, establecida por la Ley, es subsanar económicamente el daño causado a su asegurado, sin más.

Es decir que la decisión de esperar al ajustador o representante de la aseguradora, tiene el obvio interés de encontrar a un responsable antes que asumir los costos del siniestro a favor del asegurado. Con el único propósito de garantizar la utilidad económica de las aseguradoras y este absurdo sistema, que bien podríamos identificar con un título siniestro: La calle en manos de la aseguranza.

Ni todos los programas juntos, por más acertados, han logrado disminuir la vulnerabilidad de movilizarse en el Área Metropolitana de Guadalajara, convertida hoy en una de las ciudades con el mayor número de accidentes fatales para el peatón y, probablemente, la de mayor crecimiento relativo del parque vehicular en el país. Eso explica el fenómeno del caos vial generado por choques simultáneos en diversas partes de la ciudad en un mismo día, y tal como lo presencié esta semana con accidentes viales de menor cuantía en el tunel de L. Mateos a la altura de Plaza del Sol y cuyo efecto, por no mover los autos, fue una fila de vehículos moviéndose lentamente desde el punto del siniestro hasta el paraje La Tijera en la Av. López Mateos Sur, y así es en las decenas de los casos por choques.

La inconclusa Línea 3 del Tren Eléctrico; el extraordinario proyecto del Peribus; la contención reglamentada del ingreso a la ciudad de los trailers entre las 6:00 y las 9:00 a.m.; las diversas y complicadas ciclovías, anexas a la promoción del innovador programa “Mi Bici”; la constante renovación y señalización vial e incluso el reordenamiento del uso de las motocicletas y otras acciones gubernamentales, no han logrado contener la pérdida de millones de pesos en el caos vial y contaminación ambiental generada por los accidentes o siniestros viales menores, los cuales a pesar de estar normados, se han convertido en una actividad comercial de alta rentabilidad para las aseguradoras de vehículos automotores.

De hecho, la autoridad gubernamental debería aplicar el reglamento e interpretar, a favor de los ciudadanos víctimas del uso de una ciudad peligrosa y contaminada, al aplicar el precepto jurídico establecido en el artículo 153 del Reglamento de la Ley General de Movilidad y Transporte del Estado de Jalisco que en su inciso a) señala …“Si todos los vehículos están en condiciones de circular y ninguno de los conductores presenta síntomas de estar bajo el influjo de alcohol, drogas, estupefacientes o psicotrópicos y no hubiera daños al Municipio, Estado, Federación o terceros, las partes los moverán a una zona segura … con el objeto de que no represente un mayor riesgo para ellos u otros sujetos de la movilidad…”

Al mismo tiempo, el citado artículo del Reglamento, señala la posibilidad alternativa de no requerir de la presencia de autoridad alguna, al agregar más adelante “… las partes podrán solicitar la presencia de la Policía Vial Estatal …, o en su caso la Policía de Tránsito Municipal, la cual mediaría entre las partes a efecto de deslindar responsabilidad y conminarlos a llegar a un acuerdo que garantice la reparación del daño”, lo anterior aún sin mencionar el bagaje representado por la Ley de justicia alternativa.

De lo anterior se deduce la prioridad de resguardar la vida humana; y su consecuencia inevitable sería la agilización del tráfico en circunstancias de siniestralidad menor, sin cumplir la peligrosa y complicada función de trabajar gratis para las aseguradoras, cuya principal obligación, establecida por la Ley, es subsanar económicamente el daño causado a su asegurado, sin más.

Es decir que la decisión de esperar al ajustador o representante de la aseguradora, tiene el obvio interés de encontrar a un responsable antes que asumir los costos del siniestro a favor del asegurado. Con el único propósito de garantizar la utilidad económica de las aseguradoras y este absurdo sistema, que bien podríamos identificar con un título siniestro: La calle en manos de la aseguranza.